RESOLUCIÓN 16 2023 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

DEROGAN - RESOLUCIONES N° 138-SECLYT/07 - N° 82-SECLYT/09 - N° 335-SECLYT/14 - Y N° 490-SECLYT/14 - SUSPENCION PARCIAL - INGRESO DE EXPEDIENTES PARA LA GUARDA - ARCHIVO GENERAL - DGMGEYA - SUSPENSIÓN DE INGRESO DE EXPEDIENTES CON PLAZO DE GUARDA 5 Y 10 AÑOS - DIRECCIÓN GENERAL MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA  - NOMENCLADOR DE TRATAS - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO

Publicación:

27/01/2023

Sanción:

24/01/2023

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO: La Ley N° 3.304 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

2007/03, 823/10, 463/19 y modificatorios, las Resoluciones Nros. 138-SECLYT/07, 82-

SECLYT/09, 335-SECLYT/14, 490- SECLYT/14, 118-SECLYT/16 y 228-SECLYT/22,

el Expediente Electrónico N° 02894574-GCABA- MGEYA/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que dicha Ley, en el Capítulo III, Título II del Anexo A, refiere al "...Gobierno

Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación";

Que en ese marco, al regularse la "Digitalización de los Procesos Administrativos", se

previó lo atinente al Archivo Electrónico en los siguientes términos: "reemplazar el

archivo en soporte papel por archivos electrónicos, otorgándole valor jurídico y

probatorio a la documentación existente y a la que se incorpore a los archivos de la

ciudad, mediante la utilización de tecnología que garantice la estabilidad,

perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad del soporte de guarda físico de la

mencionada documentación" (cf. art. 6.3.5);

Que mediante Decreto N° 823/10 se reglamentó el referido "Archivo Electrónico";

Que la Resolución N° 118-SECLYT/16, por su parte, creó el "Sistema Único de Archivo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", e instruyó a la Dirección

General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo --en su calidad de Unidad de Aplicación

del Sistema-- a dictar las pautas y lineamientos de gestión y asistencia técnica en

materia de archivo de expedientes en soporte papel y electrónico; así como también a

convalidar y supervisar el sistema de guardado de expedientes y actuaciones

administrativas en soporte papel;

Que en consonancia con lo señalado, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios

reconocen entre las competencias de la citada Dirección General, dependiente de esta

Secretaría Legal y Técnica, la de "resguardar los expedientes del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y administrar, planificar y organizar el Archivo

General";

Que el Decreto N° 2007/03, en su caso, establece las competencias y funciones del

Archivo General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinando

que tiene a su cargo la custodia, conservación y depuración de los expedientes que le

sean remitidos por las distintas reparticiones;

Que en el marco antes reseñado se dictaron las Resoluciones Nros. 138-SECLYT/07 y

82-SECLYT/09, con el objeto de suspender el ingreso de ciertos expedientes en

soporte papel a las instalaciones del Archivo General y de levantar parcialmente la

suspensión, respectivamente;

Que en el año 2018, el Archivo General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

inauguró su nueva sede, sita en calle Los Patos N° 2.151, contando con modernas y

amplias instalaciones que permitieron instrumentar mejoras en materia de gestión

documental y prácticas archivísticas;

Que, en razón de ello, la situación de hecho que dio lugar al dictado de las

Resoluciones antes citadas ha cambiado, por lo que corresponde dejarlas sin efecto;

Que actualmente, los plazos y organismos de guarda de los expedientes en soporte

papel, junto con el procedimiento de depuración de expedientes y actuaciones

administrativas, se encuentran regulados en los Anexos I y II de la Resolución N° 228-

SECLYT/22;

Que la Resolución citada, en efecto, forma parte de una serie de medidas impulsadas

por esta Secretaría Legal y Técnica para mejorar la gestión del Archivo del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y propender al uso eficiente y responsable de

los recursos públicos;

Que en función de ello y en línea con las buenas prácticas en materia de

ordenamiento normativo promovidas desde esta Secretaría, es preciso dejar también

sin efecto las Resoluciones Nros. 335-SECLYT/14 y 490-SECLYT/14, referidas a los

nomencladores de tratas y sus plazos de guarda;

Que a fin de favorecer la eficiencia y la eficacia en la gestión pública corresponde

dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derogar las Resoluciones Nros. 138-SECLYT/07, 82-SECLYT/09, 335-

SECLYT/14 y 490-SECLYT/14.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, a los Entes Descentralizados y a los

Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a

la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás

efectos remítase a las Direcciones Generales Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, y

Gestión Documental. Cumplido, archívese. Montiel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 16/SECLYT/23, deroga la  Resolución N° 490-SECLYT/14.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 16/SECLYT/23, deroga la  Resolución N° 335- SECLYT/14.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 16/SECLYT/23, deroga la  Resolución N° 82-SECLYT/09.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 16/SECLYT/23, deroga la  Resolución N° 138-SECLYT/07.</p>