RESOLUCIÓN 138 2007 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SUSPENDE PARCIALMENTE EL INGRESO DE EXPEDIENTES PARA LA GUARDA EN EL ARCHIVO GENERAL DEPENDIENTE DE LA DGMGEYA - SUSPENSIÓN DE INGRESO DE EXPEDIENTES CON PLAZO DE GUARDA 5 Y 10 AÑOS - DIRECCIÓN GENERAL MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - PERSONAL
Publicación:
06/11/2007
Sanción:
05/11/2007
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
Visto, el Decreto N° 2.007/03 (B.O.C.B.A. N° 1818); la Disposición N° 9-MGEyA/02 (B.O.C.B.A. N° 1516) y el Expediente N° 47.362/07, y
CONSIDERANDO:
Que el Archivo General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, recepciona y custodia la totalidad de los expedientes caratulados por las dependencias del Poder Ejecutivo y los correspondientes a las presentaciones que realizan los/as vecinos/as, una vez concluido su trámite y por los plazos de guarda que se establezcan de conformidad con lo estipulado en el Decreto N° 2.007/03;
Que la superficie asignada al Archivo General, subsede Central, ubicado en parte de los subsuelos de los edificios de Rivadavia 524 y Av. de Mayo 525, es de aproximadamente de 1.000 m2 con una altura promedio de 5 m. donde se ubica el área de guardado (estanterías y muebles archiveros), área administrativa (recepción y procesamiento de documentación y datos), área de expurgo (depuración) y área de servicio (baños y vestuario);
Que en la actualidad el universo de expedientes en custodia en el anexo referenciado asciende aproximadamente a un millón cien mil (1.100.000), ubicados en ochenta y cinco mil (85.000) unidades físicas de guarda, que implican que el espacio destinado específicamente a estanterías es de quince mil trescientos (15.300) metros lineales;
Que la capacidad actual de la sede central del Archivo General se encuentra colapsada, situación que se agrava por el continuo ingreso de expedientes para su custodia, cuyo promedio mensual es de entre tres mil doscientos (3.200) a tres mil quinientos (3.500);
Que el Informe N° 22 de la Unidad de Auditoría Interna del año 2006, avala esta descripción al manifestarse en el mismo sentido, sin perjuicio del reconocimiento al esfuerzo realizado para encarar con recursos propios mejoras edilicias que no están bajo la responsabilidad de la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo;
Que por otra parte, las instalaciones del Archivo General sufren constantemente filtraciones y/o roturas que conllevan a estados de inundación y en consecuencia ponen en riesgo la documentación bajo custodia, agravando aún más la situación descripta;
Que en tanto se resuelva la problemática archivística, y a fin de regularizar las condiciones operativas y de seguridad en la sede central, se han impulsado diversas acciones tendientes a aumentar la capacidad de guarda en las otras subsedes del Archivo General, posibilitando que un gran número de expedientes y libros alfabéticos y numéricos, que no contaban con espacio adecuado para su custodia y conservación fueran reubicados;
Que por las razones expuestas se evalúa como prudente y necesario, suspender el ingreso de expedientes al Archivo General, subsede central;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA
Artículo 1° - Suspéndese, a partir del 8 de noviembre de 2007, el ingreso de expedientes con plazo de guarda: vigencia administrativa (ex permanente), cinco (5) y diez (10) años, en el Archivo General dependiente de la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo.
Artículo 2° - Se excluyen de la presente suspensión los expedientes con plazo de guarda de dos (2) años, los que serán recepcionados conformes las pautas establecidas en el artículo 8° del Decreto N° 2.007/03.
Artículo 3° - Delégase en la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, disponer el levantamiento de la suspensión establecida en el artículo primero, al momento de encontrarse cumplidas las condiciones edilicias, operativas y de seguridad que permitan el normal desarrollo de las actividades archivísticas, sin perjuicio de autorizarla para que disponga con carácter excepcional ingresos específicos.
Artículo 4° - Facúltese a la Directora General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, a reasignar funciones al personal que presta servicios en el Archivo General.
Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios y Secretarías de Gobierno y equivalentes, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes deberán poner en conocimiento de las reparticiones que les dependen los términos de la presente y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.