RESOLUCIÓN 228 2022 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
APRUEBA NOMENCLADOR DE TRATAS - PROCEDIMIENTO PARA LA DEPURACIÓN DE EXPEDIENTES Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS EN SOPORTE PAPEL - DEROGA LAS RESOLUCIONES NROS. 191-SECLYT-14 Y 187-SECLYT-15.- SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO
Publicación:
23/11/2022
Sanción:
17/11/2022
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: Las Leyes Nros. 3.304 y 4.736 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), los
Decretos Nros. 2007/03, 935/08 y 463/19 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros.
191-SECLyT/14 y 187- SECLYT/15, el Expediente Electrónico N° 41288693-GCABA-
MGEYA /22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que la Ley antes mencionada fijó como uno de sus objetivos el de "agilizar y dotar de
mayor eficiencia a los circuitos operativos, administrativos y de control para la
consecución de los objetivos fijados por los organismos del Gobierno de la Ciudad";
Que entre las actividades a desarrollar para alcanzar el fin propuesto, estableció la de:
"desarrollar tareas técnicas de relevamiento, análisis y diagnóstico de los circuitos
administrativos y de gestión de los organismos públicos";
Que mediante Decreto N° 935/08, por su parte, se confirió a la Secretaría Legal y
Técnica la facultad de actualizar y modificar el Reglamento para el Inicio,
Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas;
Que en ese marco y a tenor de la labor de estudio y análisis llevada a cabo por la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, dependiente de esta
Secretaría Legal y Técnica, se ha identificado la necesidad de modificar los plazos de
guarda de expedientes en soporte papel establecidos mediante Resolución N° 187-
SECLYT/15, así como también la de instaurar un nuevo Procedimiento de Depuración
de Expedientes y Actuaciones que reemplace a aquél aprobado mediante Resolución
N° 191- SECLYT/14;
Que las acciones mencionadas en el considerando anterior se impulsan tomando en
cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 4.736, en tanto dispone que: "...La
utilización de expedientes electrónicos, documentos electrónicos, firma electrónica,
firma digital, comunicaciones electrónicas, notificaciones electrónicas y domicilios
electrónicos constituidos, en procedimientos administrativos y procesos judiciales,
tienen para el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, idéntica eficacia
y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que
se utilice...";
Que el accionar descripto, por su parte, se enmarca en el ejercicio de las
competencias reconocidas a la citada Dirección General en el marco de los Decretos
Nros. 2007/03 y 463/19;
Que el Decreto N° 2007/03 enuncia las funciones del Archivo General del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las que establece las de analizar y
determinar plazos de guarda en caso de imprevisión, (cf. art. 2 inc. b), depurar los
expedientes, vencido el plazo de guarda (cf. art. 2 inc. d) y establecer y registrar los
plazos de guarda que se asignen a las nuevas tratas que se incorporen en el
nomenclador de Tratas..." (cf. art. 2 inc. g), entre otras;
Que el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, en su caso, reconocen entre las
responsabilidades primarias de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y
Archivo, las de organizar la recepción, giro y seguimiento de las actuaciones y
expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resguardar los
expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y administrar,
planificar y organizar el Archivo General, así como también entender en la
planificación, administración y ejecución de las actividades de digitalización y gestión a
nivel institucional en coordinación con las áreas competentes;
Que en función de lo expuesto, corresponde a la citada repartición arbitrar los medios
necesarios para la adecuada organización del Archivo General, así como también
impulsar la revisión y mejora de los procedimientos administrativos aplicables a la
gestión de expedientes y actuaciones;
Que bajo tales premisas y con el propósito de contribuir a la eficiencia y la eficacia en
la gestión pública, corresponde dictar el acto administrativo que aquí se propicia.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Nomenclador de Tratas que como Anexo I -identificado como
IF-2022-41738613-GCABA-MGEYA- forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Aprobar el "Procedimiento para la depuración de expedientes y
actuaciones administrativas en soporte papel" que como Anexo II -identificado como
IF-2022-41741095-GCABA-MGEYA- forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Derogar las Resoluciones Nros. 191-SECLYT/14 y 187-SECLYT/15.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las
reparticiones con rango o nivel equivalente, a los Entes Descentralizados y a los
Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a
la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás
efectos remítase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo
dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General Gestión
Documental dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido,
archívese. Montiel