RESOLUCIÓN 191 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

APROBACIÓN - PROCEDIMIENTO DE DEPURACIÓN DE EXPEDIENTES - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - NOMENCLADOR DE TRATAS - PLAZOS DE GUARDA- PLAZO VENCIDO - GUARDA DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS - SISTEMAS INFORMÁTICOS - MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - SADE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS ELECTRÓNICOS - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO - ACCIÓN DE DEPURACIÓN DEBE SER AUTORIZADA POR FUNCIONARIO CON RANGO NO INFERIOR A GERENTE OPERATIVO - FACULTAD DE AUTORIZACIÓN DE DEPURACIÓN DE EXPEDIENTE ARCHIVADO - ARCHIVO DE EXPEDIENTES - MÓDULO TRACK - DEPURACIÓN ADMINISTRATIVA - DIGITALIZACIÓN DE EXPEDIENTES - EXPEDIENTES MICROFILMADOS Y-O DIGITALIZADOS - REMISIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO E INSTITUTO HISTÓRICO - MÓDULO GEDO - ACTA DE TRANSFERENCIA - NOTAS - MEMORANDOS - CARPETAS - SOPORTE PAPEL - REMITOS - FICHAS DE TRÁMITES - INFORME DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - ARCHIVO HISTÓRICO - AUDITORÍA ESPECÍFICA PARA EXPEDIENTES EN PAPEL QUE SE ENCUENTREN EN ESTADO DE DETERIORO O SEA ILEGIBLES - 

Publicación:

05/05/2014

Sanción:

24/04/2014

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 2008/03, 935/08 y 589/09 y la Resoluciones Nros.

138/SECLYT/10 y 130/SECLYT/14, y el Expediente N° 2014-04696130-

MGEYA/DGTAD y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión

de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y

trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,

emanados tanto de la administración como de los administrados;

Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea

como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los

fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la

reducción de los plazos en las tramitaciones;

Que el Decreto N° 2008/03 sancionó el Reglamento para el inicio, ordenamiento,

registro y circulación de expedientes y de actuaciones administrativas;

Que por Decreto N° 935/08 se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a actualizar y

modificar el Reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de

expedientes;

Que posteriormente, por Decreto N° 589/09, se aprobó la implementación del Sistema

de Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto mencionado precedentemente designó a la Secretaría Legal y Técnica

como administradora del SADE con competencia para administrar en forma integral el

Sistema; habilitar a los administradores locales; actualizar el nomeclador de

actuaciones y de tratas; actualizar las tablas referenciales; asignar usuarios y

permisos; auditar y controlar el funcionamiento, los usuarios y el ingreso de datos al

sistema; capacitar y prestar asistencia a los administradores locales del sistemas;

Que en este sentido y a los fines de la implementación y el funcionamiento del SADE,

se facultó a la mencionada Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias;

Que en ese marco, por Resolución N° 138/SECLYT/10 se modificó el "Reglamento

para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones

Administrativas";

Que desde el dictado de aquel Reglamento y en el marco de la política de

modernización de la Administración Pública, se han ido incorporando nuevas

herramientas tecnológicas a la generación de documentos y en la tramitación de los

expedientes;

Que en este nuevo contexto, se tornó necesario modificar el procedimiento aplicable

para la gestión de actuaciones administrativas que incluye el inicio, ordenamiento,

registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas, previendo entre

otras medidas, la incorporación de nuevos conceptos en los módulos de la tramitación

electrónica, dictándose la Resolución N° 130/SECLYT/14;

Que de conformidad con las modificaciones planteadas y continuando con el

procedimiento de agilización de trámites en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, es menester contar con un procedimiento de depuración de

expedientes;

Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el "Procedimiento de Depuración de Expedientes", conforme lo

previsto en el Anexo (IF N° 2014-04803940-DGCL), que forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, Entes Descentralizados y a los

Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a

la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás

efectos remítase a las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y

Archivo, y Gestión Documental. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4388

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 3°.de la resolucion N° 228-SECLYT-22 deroga la Resolucion N° 191-SECLYT-14</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Res 191-SECLYT-14 aprueba el Procedimiento de Depuración de Expedientes en Soporte papel, complementando el procedimiento aplicable a la gestión de actuaciones administrativas, aprobado por Resolución 130-SECLYT-14.</p>
INTEGRA
Art. 1 de la Res 191-SECLYT-14 aprueba el Procedimiento de Depuración de Expedientes en Soporte Papel, tramitados según el Reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes y de actuaciones administrativas, aprobado por Decreto 2008-03.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 1-DGGDOC-15, aprueba el Procedimiento de archivo electrónico de expedientes digitalizados, en el marco de las Resoluciones 130-SECLYT-14 y 191-SECLYT-14.</p>