RESOLUCIÓN 130 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS - ALCANCE GENERAL Y DEFINICIONES - SOPORTE PAPEL - EXPEDIENTE PAPEL - DOCUMENTO PAPEL - SOPORTE ELECTRÓNICO - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - FIRMA DIGITAL - PRESENTACIÓN A AGREGAR - LEGAJO - ARCHIVO - SADE TRACK - GIRO DOCUMENTAL - FOLIATURA - FOLIOS - COMPAGINACIÓN DE EXPEDIENTES - DESGLOSE - FORMULARIO - RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES - GESTIÓN DE ACTUACIONES EN SADE - ALTAS BAJAS Y MODIFICACIÓN DE USUARIOS EN SADE - PROCEDIMIENTO PARA LA GENERACION DE DOCUMENTOS Y TRATAS CON CARÁCTER DE RESERVADO - PROCESO DE DIGITALIZACION DE DOCUMENTOS EN SOPORTE PAPEL - PROCEDIMIENTO DE GUARDA TEMPORAL ARCHIVO Y RECUPERACION DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS - COMUNICACIONES OFICIALES - GENERADOR DE DOCUMENTOS OFICIALES - GEDO - LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - LOYS - LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO - LUE - PLANES SOCIALES Y SUBSIDIOS - PSOC - REGISTRO IDENTIFICACIÓN DE BENEFICIARIOS - RIB - TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TAD - REGISTRO CIVIL - RCE - GESTOR ÚNICO DE PROVEEDORES - GUP - USUARIO SADE - CARATULACIÓN DE EXPEDIENTE - NOMENCLADOR DE TRATAS

Publicación:

04/04/2014

Sanción:

31/03/2014

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VER TEXTO ACTUALIZADO

Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en: ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

VISTO:

La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 2008/03, 935/08 y 589/09 y la Resolución N°

138/SECLYT/10, y el Expediente N° 2014-3.985.645-MGEYA/DGTAD y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión

de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y

trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,

emanados tanto de la administración como de los administrados;

Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea

como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los

fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la

reducción de los plazos en las tramitaciones;

Que el Decreto N° 2008/03 sancionó el Reglamento para el inicio, ordenamiento,

registro y circulación de expedientes y de actuaciones administrativas;

Que por Decreto N° 935/08 se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a actualizar y

modificar el Reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de

expedientes;

Que posteriormente, por Decreto N° 589/09, se aprobó la implementación del Sistema

de Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto mencionado precedentemente designó a la Secretaría Legal y Técnica

como administradora del SADE con competencia para administrar en forma integral el

Sistema; habilitar a los administradores locales; actualizar el nomeclador de

actuaciones y de tratas; actualizar las tablas referenciales; asignar usuarios y

permisos; auditar y controlar el funcionamiento, los usuarios y el ingreso de datos al

sistema; capacitar y prestar asistencia a los administradores locales del sistemas;

Que en este sentido y a los fines de la implementación y el funcionamiento del SADE,

se facultó a la mencionada Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias;

Que en ese marco, por Resolución N° 138/SECLYT/10 se modificó el "Reglamento

para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones

Administrativas";

Que desde el dictado de aquel Reglamento y en el marco de la política de

modernización de la Administración Pública, se han ido incorporando nuevas

herramientas tecnológicas a la generación de documentos y en la tramitación de los

expedientes;

Que en este nuevo contexto, se torna necesario modificar el procedimiento aplicable

para la gestión de actuaciones administrativas que incluye el inicio, ordenamiento,

registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas, previendo entre

otras medidas, la incorporación de nuevos conceptos en los módulos de la tramitación

electrónica;

Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "Reglamento para la Gestión de Actuaciones

Administrativas" que como Anexo I forma parte integrante de la presente, identificado

como IF N° 2014-03986565-DGCL.

Artículo 2°.- Deróganse las Resoluciones Nros. 138/SECLYT/10, 169/SECLYT/10;

1/SECLYT/11; 164/SECLYT/11; 223/SECLYT/11; y los artículos Nros. 2, 3 y 4 de la

Resolución N° 13/SECLYT/12.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, Entes Descentralizados y a los

Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a

la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás

efectos remítase a las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y

Archivo, y Gestión Documental. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4371

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art.2 Resolucion 35-SECLYT-17 establece que las dependencias a cargo de los registros indicados en el artículo 1° de la presente deberán digitalizar progresivamente los archivos papel correspondientes a los mencionados registros, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Resolución  130-SECLyT/14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 16-SECLYT-16, dispone que el plazo de guarda temporal para las tratas que se aprueban a través del artículo 1, será de 24 meses, de conformidad con lo establecido en la Resolución 130-SECLYT-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 7 de la Resolución 118-SECLYT-16 establece que el procedimiento de digitalización de Expedientes en soporte papel a los fines de su archivo electrónico, se regirá por lo establecido en el Anexo III de la Resolución 130-SECLYT-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 1-DGGDOC-15, aprueba el Procedimiento de archivo electrónico de expedientes digitalizados, en el marco de las Resoluciones 130-SECLYT-14 y 191-SECLYT-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Res 191-SECLYT-14 aprueba el Procedimiento de Depuración de Expedientes en Soporte papel, complementando el procedimiento aplicable a la gestión de actuaciones administrativas, aprobado por Resolución 130-SECLYT-14.</p>
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 138-SECLYT-10.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 169-SECLYT-10.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 1-SECLYT-11.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 164-SECLYT-11.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 223-SECLYT-11.
MODIFICA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga los artículos Nros. 2, 3 y 4 de la Resolución N° 13-SECLYT-12.
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la DIsposición 22-SGTALGOB-20 aprueba el Manual de Procedimiento DGTALGOB - Ingreso y<br />Caratulación de Presentaciones Externas, en el marco de la Resolución 130-SECLYT-14. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 Resolución 16-SECLYT-19 sustituye Anexo I Resolución 130-SECLYT-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 296-AGIP-18 establece con carácter de reservado el uso de la trata AGIP 0121A- AGIP Otros Recursos-Cargos de Inspección para la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, en el marco del Procedimiento para la Generación de Documentos y Tratas con carácter reservado, aprobado por Resolución 130-SECLYT-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 40-DGTALGOB-19 aprueba Manual de Procedimiento para el Alta, Migración, Baja y Blanqueo de Usuarios SADE, en marco de lo establecido por Resolución 130-SECLYT-14.</p>