RESOLUCIÓN 130 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS - ALCANCE GENERAL Y DEFINICIONES - SOPORTE PAPEL - EXPEDIENTE PAPEL - DOCUMENTO PAPEL - SOPORTE ELECTRÓNICO - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - FIRMA DIGITAL - PRESENTACIÓN A AGREGAR - LEGAJO - ARCHIVO - SADE TRACK - GIRO DOCUMENTAL - FOLIATURA - FOLIOS - COMPAGINACIÓN DE EXPEDIENTES - DESGLOSE - FORMULARIO - RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES - GESTIÓN DE ACTUACIONES EN SADE - ALTAS BAJAS Y MODIFICACIÓN DE USUARIOS EN SADE - PROCEDIMIENTO PARA LA GENERACION DE DOCUMENTOS Y TRATAS CON CARÁCTER DE RESERVADO - PROCESO DE DIGITALIZACION DE DOCUMENTOS EN SOPORTE PAPEL - PROCEDIMIENTO DE GUARDA TEMPORAL ARCHIVO Y RECUPERACION DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS - COMUNICACIONES OFICIALES - GENERADOR DE DOCUMENTOS OFICIALES - GEDO - LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - LOYS - LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO - LUE - PLANES SOCIALES Y SUBSIDIOS - PSOC - REGISTRO IDENTIFICACIÓN DE BENEFICIARIOS - RIB - TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TAD - REGISTRO CIVIL - RCE - GESTOR ÚNICO DE PROVEEDORES - GUP - USUARIO SADE - CARATULACIÓN DE EXPEDIENTE - NOMENCLADOR DE TRATAS

Publicación:

04/04/2014

Sanción:

31/03/2014

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de actualización: 30 de enero del 2019.

VISTO:

La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 2008/03, 935/08 y 589/09 y la Resolución N°

138/SECLYT/10, y el Expediente N° 2014-3.985.645-MGEYA/DGTAD y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión

de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y

trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,

emanados tanto de la administración como de los administrados;

Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea

como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los

fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la

reducción de los plazos en las tramitaciones;

Que el Decreto N° 2008/03 sancionó el Reglamento para el inicio, ordenamiento,

registro y circulación de expedientes y de actuaciones administrativas;

Que por Decreto N° 935/08 se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a actualizar y

modificar el Reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de

expedientes;

Que posteriormente, por Decreto N° 589/09, se aprobó la implementación del Sistema

de Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto mencionado precedentemente designó a la Secretaría Legal y Técnica

como administradora del SADE con competencia para administrar en forma integral el

Sistema; habilitar a los administradores locales; actualizar el nomeclador de

actuaciones y de tratas; actualizar las tablas referenciales; asignar usuarios y

permisos; auditar y controlar el funcionamiento, los usuarios y el ingreso de datos al

sistema; capacitar y prestar asistencia a los administradores locales del sistemas;

Que en este sentido y a los fines de la implementación y el funcionamiento del SADE,

se facultó a la mencionada Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias;

Que en ese marco, por Resolución N° 138/SECLYT/10 se modificó el "Reglamento

para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones

Administrativas";

Que desde el dictado de aquel Reglamento y en el marco de la política de

modernización de la Administración Pública, se han ido incorporando nuevas

herramientas tecnológicas a la generación de documentos y en la tramitación de los

expedientes;

Que en este nuevo contexto, se torna necesario modificar el procedimiento aplicable

para la gestión de actuaciones administrativas que incluye el inicio, ordenamiento,

registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas, previendo entre

otras medidas, la incorporación de nuevos conceptos en los módulos de la tramitación

electrónica;

Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "Reglamento para la Gestión de Actuaciones

Administrativas" que como Anexo I forma parte integrante de la presente, identificado

como IF N° 2014-03986565-DGCL.

Artículo 2°.- Deróganse las Resoluciones Nros. 138/SECLYT/10, 169/SECLYT/10;

1/SECLYT/11; 164/SECLYT/11; 223/SECLYT/11; y los artículos Nros. 2, 3 y 4 de la

Resolución N° 13/SECLYT/12.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, Entes Descentralizados y a los

Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a

la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás

efectos remítase a las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y

Archivo, y Gestión Documental. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4371

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 16-SECLYT-16, dispone que el plazo de guarda temporal para las tratas que se aprueban a través del artículo 1, será de 24 meses, de conformidad con lo establecido en la Resolución 130-SECLYT-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art.2 Resolucion 35-SECLYT-17 establece que las dependencias a cargo de los registros indicados en el artículo 1° de la presente deberán digitalizar progresivamente los archivos papel correspondientes a los mencionados registros, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Resolución  130-SECLyT/14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 7 de la Resolución 118-SECLYT-16 establece que el procedimiento de digitalización de Expedientes en soporte papel a los fines de su archivo electrónico, se regirá por lo establecido en el Anexo III de la Resolución 130-SECLYT-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 1-DGGDOC-15, aprueba el Procedimiento de archivo electrónico de expedientes digitalizados, en el marco de las Resoluciones 130-SECLYT-14 y 191-SECLYT-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Res 191-SECLYT-14 aprueba el Procedimiento de Depuración de Expedientes en Soporte papel, complementando el procedimiento aplicable a la gestión de actuaciones administrativas, aprobado por Resolución 130-SECLYT-14.</p>
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 138-SECLYT-10.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 169-SECLYT-10.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 1-SECLYT-11.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 164-SECLYT-11.
DEROGA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga la Res. N° 223-SECLYT-11.
MODIFICA
Art. 2 de la Res. 130-SECLYT-14, deroga los artículos Nros. 2, 3 y 4 de la Resolución N° 13-SECLYT-12.
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la DIsposición 22-SGTALGOB-20 aprueba el Manual de Procedimiento DGTALGOB - Ingreso y<br />Caratulación de Presentaciones Externas, en el marco de la Resolución 130-SECLYT-14. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 Resolución 16-SECLYT-19 sustituye Anexo I Resolución 130-SECLYT-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 296-AGIP-18 establece con carácter de reservado el uso de la trata AGIP 0121A- AGIP Otros Recursos-Cargos de Inspección para la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, en el marco del Procedimiento para la Generación de Documentos y Tratas con carácter reservado, aprobado por Resolución 130-SECLYT-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 40-DGTALGOB-19 aprueba Manual de Procedimiento para el Alta, Migración, Baja y Blanqueo de Usuarios SADE, en marco de lo establecido por Resolución 130-SECLYT-14.</p>