RESOLUCIÓN 35 2017 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

ESTABLECE A PARTIR DEL 7 DE FEBRERO 2017 - DIRECCIÓN GENERAL DE TRATAMIENTO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - UTILIZACION MÓDULO REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO -RLM-SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SADE- ADMINISTRACIÓN DEL REGISTRO DE TRANSPORTADORAS DE MATERIALES ÁRIDOS Y AFINES - DEPENDENCIAS  DIGITALIZACION DE ARCHIVOS PAPEL - LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN RESOLUCIÓN 130-SECLYT-14 - INCORPORACIÓN PROGRESIVA

Publicación:

08/02/2017

Sanción:

07/02/2017

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3.304 (texto consolidado conforme Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 589/09

y 350/14, la Resolución N°130-SECLyT/14 y el Expediente Electrónico N° 04076427-

MGEYA-DGCL/2017 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que la citada Ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno

Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación";

Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el

objetivo de la Ley es "Agilizar la gestión de la administración pública... garantizando la

autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la

administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la

firma digital";

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de

movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley antes mencionada también fijó como uno de los objetivos el de "Registro

electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de

solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros

medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y

actuaciones";

Que la Ley N° 3.304 también enuncia, entre las actividades a desarrollar: "Archivo

Electrónico: reemplazar el archivo en soporte papel por archivos electrónicos,

otorgándole valor jurídico y probatorio a la documentación existente y a la que se

incorpore a los archivos de la ciudad, mediante la utilización de tecnología que

garantice la estabilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad del soporte de

guarda físico de la mencionada documentación";

Que, en esa inteligencia, mediante Decreto N° 350/14 se implementó el módulo

"Registro Legajo Multipropósito" (RLM), del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos (SADE), como único medio de administración de los registros del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que permite cargar y actualizar

la información contenida en un registro, de manera electrónica logrando así una mejor

gestión de la información, haciéndola más accesible para su control;

Que en esta instancia del proceso de implementación del módulo indicado,

corresponde establecer fechas y organismos que deberán comenzar a utilizarlo;

Que, a fin de que los registros puedan continuar su tramitación en formato digital, los

organismos a cargo de los registros indicados deberán digitalizar los archivos papel a

fin de incorporarlos progresivamente al módulo RLM del SADE;

Que, el Decreto N° 350/14 antes citado instruyó a la Secretaría Legal y Técnica para

que determine los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM

del SADE;

Que la Resolución N° 130-SECLyT/14 aprobó el "Reglamento para la Gestión de

Actuaciones Administrativas", que, en su Anexo III, describe el procedimiento para la

digitalización de documentos;

Que la digitalización indicada debe llevarse adelante respetando los lineamientos

establecidos por la Secretaría Legal y Técnica en la Resolución indicada;

Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal que establezca las

fechas y los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM del

SADE.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 350/14,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que, a partir del 7 de febrero del corriente año, la Dirección

General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías dependiente de la Subsecretaría de

Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público deberá comenzar a

utilizar el módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM-del Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos -SADE-, para la administración del Registro de

Transportadoras de Materiales Áridos y Afines, aprobado por Disposición N° 1-

DGTNT/17.

Artículo 2°.- Establécese que las dependencias a cargo de los registros indicados en el

artículo 1° de la presente deberán digitalizar progresivamente los archivos papel

correspondientes a los mencionados registros, teniendo en cuenta los lineamientos

establecidos en la Resolución N° 130-SECLyT/14, a fin de incorporarlos

progresivamente al módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE-.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones

con rango equivalente, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la

Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de la Secretaría Legal y

Técnica. Cumplido, archívese. Montiel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.2 Resolucion 35-SECLYT-17 establece que las dependencias a cargo de los registros indicados en el artículo 1° de la presente deberán digitalizar progresivamente los archivos papel correspondientes a los mencionados registros, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Resolución  130-SECLyT/14.</p>
INTEGRA
<p>Art.1 Resolución 35-SECLYT -17 establece  a partir del 7 de febrero del corriente año, la Dirección<br />General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías deberá comenzar a utilizar el módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- para administración del Registro de Transportadoras de Materiales Áridos y Afines aprobado por Disposición N° 1- DGTNT/17.</p>