RESOLUCIÓN 18 2023 OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA

Síntesis:

APRUEBA CREACIÓN - TRATA RESERVADA INFRACCIÓN RÉGIMEN DE INTEGRIDAD PÚBLICA - TRAMITACIÓN DEL BENEFICIO ESTABLECIDO EN EL RÉGIMEN DE LA LEY N° 6357 - OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA

Publicación:

02/11/2023

Sanción:

31/08/2023

Organismo:

OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA


VISTO: La Ley N° 6357, el Decreto N° 589/09, la Resolución N° 130- SECLYT/14, el

Expediente Electrónico N°32283417/GCABA-OFIP/2023 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Resolución N° 130-SECLYT/14 se aprobó el "Reglamento para la Gestión

de Actuaciones Administrativas" el que en su Anexo II regula el procedimiento para la

generación de documentos y tratas con carácter reservado;

Que el Sistema SADE permite a todo usuario acceder a cualquier documento que se

genere, inclusive tratándose de información producida en otros Organismos y

dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, motivo por el cual

corresponde arbitrar los medios necesarios para contar con documentación reservada

a fin de dar cumplimiento a diversas previsiones legales en la Ley N° 6357 de

Régimen de Integridad Pública;

Que, por su parte, corresponde guardar confidencialidad en los casos donde la

Administración inicia actuaciones tendientes a determinar si se ha cometido una

infracción al Régimen de Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses

establecido en la Ley N° 6357, y que eventualmente puedan dar lugar a la aplicación

de sanciones;

Que, asimismo, el contenido que aportará eventualmente el requerido podría contener

información sensible o reservada la cual tiene carácter confidencial y es por ello que

resulta necesario garantizar dicha confidencialidad y evitar que la misma se divulgue;

Que por el artículo 12 de la Ley N° 6357 "Régimen de Integridad Pública" se establece

la protección y confidencialidad de la información sensible en el ámbito de la

presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses;

Que por ello resulta necesario garantizar los principios que rigen este tipo de

procedimientos sancionatorios como así tambien la seguridad de cierta información

que se pueda requerir en dichos procesos, a fin de preservar la integridad de la

información presentada por el/la requerido/a y preservar los procedimientos llevados a

cabo por la Oficina de Integridad Pública.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la normativa vigente,

EL TITULAR

DE LA OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA

RESUELVE:

Artículo 1 ° .-Apruébase la creación de trata reservada "Infracción Régimen de

integridad Pública" para la tramitación del beneficio establecido en el régimen de la

Ley N° 6357, con los datos consignados en el Anexo I (IF-2023-32494180-GCABA-

OFIP) que forma parte de la presente Resolución;

Artículo 2 ° .- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Eficiencia Administrativa. Cumplido, archívese.

Moro


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la resolucion N° 18-OFIPP-23 aprueba la creación de trata reservada Infracción Régimen de Integridad Pública para la tramitación del beneficio establecido en el régimen de la Ley N° 6357 en el marco del Procedimiento para la Generación de Documentos y Tratas con carácter reservado, en el marco de la Resolución N° 16/SECLYT/16.</p>