DISPOSICIÓN 397 2019 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

Síntesis:

SE CREAN - TRATAS - CERTIFICADO URBANÍSTICO - SOLICITUD DE CONVENIO URBANÍSTICO - SISTEMA TRAMITE A DISTANCIA - TAD - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - TRAMITACIÓN - TRÁMITE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA - SADE

Publicación:

11/04/2019

Sanción:

08/04/2019

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA


VISTO: el Código Urbanístico (Ley 6.099/2018) y su Decreto Reglamentario N°

99/2019, la ley N° 3304/09, los Decretos 1510/97, 429/AJG/2013, 363/GCABA/2015 y

sus modificatorios;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3304/09 estableció el Plan de Modernización de la Administración

Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso

de modernización administrativa;

Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la

Administración al servicio de los ciudadanos a través de una gestión transparente y de

canales efectivos de participación y control ciudadano" y "promover e introducir el uso

de las nuevas tecnologías de información y comunicación de manera de responder

con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad";

Que en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha ley plantea

como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los

fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la

reducción de los plazos en las tramitaciones";

Que mediante Decreto N° 429/AJG/2013 entró en vigencia el Sistema Tramite a

Distancia (TAD), el cual permite la presentación y gestión de trámites vía informática y

a distancia ante esta Dirección General;

Que la referida plataforma permite una comunicación directa con el iniciador del

trámite, facilitando la notificación de observaciones, su cumplimiento mediante el

agregado a distancia, todo lo cual contribuye a la celeridad, eficacia, sencillez y

economía de las tramitaciones, principios consagrados por el artículo 22 inc "b" del

Decreto 1510/97 "Ley de Procedimiento Administrativo";

Que con fecha 27 de diciembre de 2018 entró en vigencia el Código Urbanístico de la

Ciudad de Buenos Aires, aprobado mediante la ley 6.099, estableciendo los nuevos

trámites administrativos Certificado Urbanístico (Art. 2.1) y Convenio Urbanístico (Art.

10.9), que deben ser implementados a través de la creación de nuevas tratas de

caratulación, posibilitando la identificación de cada trámite desde la herramienta de

trabajo SADE (Sistema Administrativo de Documentos Electrónicos);

Por ello, y en el uso de facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

DISPONE:

Artículo 1°.- Créanse las tratas Certificado Urbanístico y Solicitud de Convenio

Urbanístico, las cuales tramitarán ante ésta Dirección General.-

Artículo 2°.- Dese intervención a la Secretaria Legal y Técnica a los efectos del artículo

primero de la presente.-

Artículo 3.°- Dese conocimiento a las Gerencias Operativas de Morfología Urbana, de

Usos del Suelo, y de Patrimonio Arquitectónico y Urbano dependientes de ésta

Dirección General.-

Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Copola

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 397-DGIUR-19 crea las tratas Certificado Urbanístico y Solicitud de Convenio Urbanístico, las cuales tramitarán ante la Dirección General de Interpretación Urbanística, en el marco de los nuevos trámites administrativos aprobados por Art. 2.1 y 10.9 del Código Urbanístico, Ley 6.099.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 397-DGIUR-19 crea las tratas Certificado Urbanístico y Solicitud de Convenio Urbanístico, Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución 16-SECLYT-16.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 397-DGIUR-19 crea las tratas Certificado Urbanístico y Solicitud de Convenio Urbanístico, a implementarse mediante el Sistema Tramite a Distancia (TAD), creado por Decreto 429-13.</p>