DISPOSICIÓN 397 2019 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA
Síntesis:
SE CREAN - TRATAS - CERTIFICADO URBANÍSTICO - SOLICITUD DE CONVENIO URBANÍSTICO - SISTEMA TRAMITE A DISTANCIA - TAD - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - TRAMITACIÓN - TRÁMITE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA - SADE
Publicación:
11/04/2019
Sanción:
08/04/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA
VISTO: el Código Urbanístico (Ley 6.099/2018) y su Decreto Reglamentario N°
99/2019, la ley N° 3304/09, los Decretos 1510/97, 429/AJG/2013, 363/GCABA/2015 y
sus modificatorios;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3304/09 estableció el Plan de Modernización de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso
de modernización administrativa;
Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la
Administración al servicio de los ciudadanos a través de una gestión transparente y de
canales efectivos de participación y control ciudadano" y "promover e introducir el uso
de las nuevas tecnologías de información y comunicación de manera de responder
con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad";
Que en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha ley plantea
como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la
normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los
fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la
reducción de los plazos en las tramitaciones";
Que mediante Decreto N° 429/AJG/2013 entró en vigencia el Sistema Tramite a
Distancia (TAD), el cual permite la presentación y gestión de trámites vía informática y
a distancia ante esta Dirección General;
Que la referida plataforma permite una comunicación directa con el iniciador del
trámite, facilitando la notificación de observaciones, su cumplimiento mediante el
agregado a distancia, todo lo cual contribuye a la celeridad, eficacia, sencillez y
economía de las tramitaciones, principios consagrados por el artículo 22 inc "b" del
Decreto 1510/97 "Ley de Procedimiento Administrativo";
Que con fecha 27 de diciembre de 2018 entró en vigencia el Código Urbanístico de la
Ciudad de Buenos Aires, aprobado mediante la ley 6.099, estableciendo los nuevos
trámites administrativos Certificado Urbanístico (Art. 2.1) y Convenio Urbanístico (Art.
10.9), que deben ser implementados a través de la creación de nuevas tratas de
caratulación, posibilitando la identificación de cada trámite desde la herramienta de
trabajo SADE (Sistema Administrativo de Documentos Electrónicos);
Por ello, y en el uso de facultades conferidas,
Artículo 1°.- Créanse las tratas Certificado Urbanístico y Solicitud de Convenio
Urbanístico, las cuales tramitarán ante ésta Dirección General.-
Artículo 2°.- Dese intervención a la Secretaria Legal y Técnica a los efectos del artículo
primero de la presente.-
Artículo 3.°- Dese conocimiento a las Gerencias Operativas de Morfología Urbana, de
Usos del Suelo, y de Patrimonio Arquitectónico y Urbano dependientes de ésta
Dirección General.-
Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Copola