DECRETO 429 2013

Síntesis:

CREA PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA-TAD - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS-SADE - RECEPCIÓN Y REMISIÓN- PRESENTACIONES- SOLICITUDES- ESCRITOS-NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES - DESIGNA A LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA ADMINISTRADORA - Y A LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESPONSABLE DEL MANTENIMIENTO

Publicación:

24/10/2013

Sanción:

22/10/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 3.304 y N° 4.013, los Decretos Nros. 589/09, 765/10 y 196/11, el

Expediente N° 2013-04120682-SSGPM, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 3.304 y con el fin de encarar un proceso de modernización

administrativa, se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuyas previsiones se encuentran aprobadas y

detalladas en su Anexo I, que forma parte integrante de la misma;

Que en el Anexo I de la referida Ley se prevén las especificaciones del Plan de

Modernización, estableciendo como objetivo general alcanzar una gestión pública de

calidad que posibilite la provisión de bienes y servicios públicos a los ciudadanos de la

Ciudad de Buenos Aires, de manera equitativa, transparente y efectiva;

Que los puntos 2.2 y 2.3 del Anexo I enuncian entre los objetivos específicos del

referido Plan el "Orientar la Administración al servicio de los ciudadanos, a través de

una gestión transparente y de canales efectivos de participación y control ciudadano",

y el "Promover e introducir el uso de las nuevas Tecnologías de Información y

Comunicación de manera de responder con mayor celeridad y efectividad a las

demandas de la sociedad.", respectivamente;

Que las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) están transformando las

relaciones entre las personas y las organizaciones públicas y privadas;

Que la utilización de las mismas por la administración trae aparejada una nueva

relación entre esta y el ciudadano, más accesible, transparente, y equitativa;

Que ello redundará en una mejora del ejercicio administrativo propio de la función

pública, facilitando la comunicación y el acceso a los servicios del Estado.

Que para lograr estos fines de cara a la ciudadanía se requiere, en una primera etapa,

de la participación necesaria del componente interno de la administración;

Que a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a

adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar y racionalizar

considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor

transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios

informáticos;

Que en ese sentido, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema

de Administración de Documentos Electrónicos -SADE como sistema de caratulación,

numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y

expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por otra parte, por Decreto N° 765/10 se instruyó a todos los organismos del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el

módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales GEDO- como medio de

creación, registro y archivo de informes y providencias;

Que asimismo por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del Expediente

Electrónico que constituye el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a

un procedimiento administrativo, cualquiera sea el tipo de información que contenga;

Que en esta instancia del proceso de modernización de la administración pública,

resulta preciso dar ejecución a aquellas prescripciones de la Ley N° 3.304 que refieren

a la relación directa de la administración con los ciudadanos, procurando incrementar

la calidad de la interacción entre el Estado y los administrados;

Que en ese sentido, el punto 6.1 "Sede Electrónica", del Anexo I de la referida Ley,

establece entre sus objetivos el "Posibilitar a los ciudadanos acceder a la información y

a los servicios administrativos más allá de las limitaciones cronológicas propias de las

oficinas tradicionales de la Administración Pública";

Que en ese marco, entre las actividades a llevar a cabo, el mismo punto dispone las

de "Establecer Sedes Electrónicas a través de redes de telecomunicaciones

procurando la calidad, veracidad y actualización de los servicios a los que se acceden

a través de la misma";

Que el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos" del referido Anexo,

establece entre las actividades a desarrollar la de "Registros electrónicos: establecer

mecanismos electrónicos de recepción y remisión de solicitudes, escritos y

comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios, de forma tal de

facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y actuaciones";

Que en concordancia con lo mencionado, este Gobierno propicia la creación de una

Plataforma de Tramitación a Distancia a través de la cual el ciudadano podrá

profundizar la interacción con la administración, mas allá de las limitaciones propias de

las oficinas tradicionales pudiendo ingresar al sistema remotamente durante las

veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año a

través de la sede electrónica;

Que dicha Plataforma permitirá al ciudadano iniciar trámites y presentar solicitudes, a

través de un registro electrónico que acreditará la fecha y hora exactas de dichos

actos;

Que asimismo dicha Plataforma contará con una funcionalidad que permitirá utilizar

Notificaciones Electrónicas para todas aquellas notificaciones que deban cursarse en

el marco de los trámites gestionados a través de la misma otorgando la misma fecha y

hora ciertas de notificación;

Que en este marco de acción y como parte integrante de la Plataforma mencionada,

se propicia la implementación del módulo TAD (Tramitación a Distancia), del SADE;

Que dicho módulo permitirá a la administración recepcionar y remitir aquellas

presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones entre otros,

necesarias para la normal prosecución de los trámites iniciados a través de la

Plataforma;

Que por otro lado, mediante la Ley N° 4.013 se estableció entre los objetivos de la

Secretaría Legal y Técnica el "Organizar y administrar la Mesa General de Entradas,

Salidas y Archivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los

Sistemas de Administración de Documentos Electrónicos";

Que por ello, resulta conveniente designar a la Secretaría Legal y Técnica como

administradora de la referida Plataforma, y en consecuencia facultar a la citada

Secretaría a dictar los términos y condiciones, y las funcionalidades que resulten

necesarias para el funcionamiento de la misma;

Que por su parte, la citada Ley designa en el artículo 26 al Ministerio de Modernización

como la autoridad de aplicación del referido Plan de Modernización de la

Administración Pública, quedando además facultado dicho Ministerio a "diseñar e

implementar las políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos,

tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que asimismo, la mencionada Ley de Ministerios expresa que corresponde a la

Jefatura de Gabinete de Ministros en forma conjunta con el Ministerio de

Modernización "diseñar, coordinar, y verificar la implementación de las políticas de

gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo";

Que por todo ello, y a los fines de avanzar en la utilización de la Plataforma así como

del módulo TAD, corresponde aprobar progresivamente los trámites que podrán ser

gestionados de manera remota por los administrados;

Que en este sentido, resulta conveniente facultar a los señores Ministros de

Modernización, al Jefe de Gabinete de Ministros y al Secretario Legal y Técnico, en

forma conjunta, a aprobar la incorporación de trámites para que los administrados

puedan gestionarlos a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Plataforma de Tramitación a Distancia TAD- como medio de

interacción del ciudadano con la administración.

Artículo 2°.- Impleméntase el módulo "Tramitación a Distancia" TAD-, del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos SADE-, como un medio de recepción y

remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones,

entre otros, propiciados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia.

Artículo 3°.- Desígnase a la Secretaría Legal y Técnica como administradora de la

Plataforma de Tramitación a Distancia, y en consecuencia facúltase a la referida

Secretaría a dictar los términos y condiciones de la citada plataforma y a aprobar las

funcionalidades que resulten necesarias para el funcionamiento de la misma.

Artículo 4°.- Desígnase a la Agencia de Sistemas de Información como responsable de

la operación, mantenimiento y soporte de la Plataforma de Tramitación a Distancia,

como así también de la infraestructura tecnológica, redes de datos y centros de

procesamiento, debiendo asegurar un estricto marco de seguridad.

Artículo 5°.- Facúltase a los señores Ministros de Modernización, al Jefe de Gabinete

de Ministros y al Secretario Legal y Técnico, en forma conjunta, a aprobar la

incorporación de trámites de gestión remota a la Plataforma de Tramitación a

Distancia.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización

y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y

reparticiones con rango equivalente, remítase a la Dirección General Mesa de

Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez

Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 3 de la Disposición 2137-DGPF/24 establece la utilización de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD), creada por Decreto 429/13, como único medio válido a efectos de la inscripción al Registro Público de Armadores de Ferias de la Ciudad.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Dispsicion N° 41MGEYA-23 aprueba el Procedimiento y requisitos del trámite TAD Presentaciones Ciudadanas al Poder Ejecutivo </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolución 63-SECITD/21 aprueba los términos y condiciones de uso de la Plataforma TAD, creada por Decreto N° 429/13.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 521-SECYT-15, aprueba los términos y condiciones de uso de la Plataforma TAD, creada por Decreto 429-13.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 10/SSDECO/22 establece al sistema de Tramitación a Distancia (TAD), plataforma creada por el Decreto  429/13, como herramienta de acceso para los interesados a participar en la convocatoria denominada Programa de Formación Exportadora para Mujeres de Buenos Aires - BA FEM.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 58-SG-18 implementa el RLM, respecto de las inscripciones en el Registro de Auditores y Consultores Externos , cuyas solicitudes tramitarán mediante la Plataforma Tramitación a Distancia TAD, creada por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 633-SSTIYC/21, aprueba el Procedimiento para la tramitación de las Autorizaciones de Trabajo Infantil Artístico, a través de la plataforma de tramitación a distancia a (TAD) creada por el Decreto  429/GCABA/13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición N° 3-DGRP/21 aprueba la implementación de la plataforma “Tramitación a Distancia” (TAD) para las solicitudes de redeterminaciones definitivas de precios.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 274-DGROC/20 aprueba el formulario de “Declaración jurada solicitud de copia de planos” en el marco del Decreto N° 429/13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Resolución 206-AGIP/20 establece que la repetición y/o compensación de tributos y la aplicación de sanciones por infracciones materiales y/o formales, podrá utilizarse la modalidad de tramitación a distancia del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) en su plataforma TAD, creada por Decreto 429/13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 397-DGIUR-19 crea las tratas Certificado Urbanístico y Solicitud de Convenio Urbanístico, a implementarse mediante el Sistema Tramite a Distancia (TAD), creado por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 5-SECLYT-MJGGC<strong>-</strong>18 incorpora a tramitación de los concursos de antecedentes y oposición del ingreso al Plantel de Abogados de la Procuración General a la Tramitación a Distancia -TAD- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -, creado por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3-SECLYT-MJGGC-18 establece que se encuentran disponibles trámites para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), creada por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 115-DGTALPG-18 gestiona la incorporación del trámite de concurso de antecedentes y oposición de ingreso al Plantel de Abogados de la Procuración General, a la Tramitación a Distancia - TAD-, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE, creado por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1-SECLYT-MJGGC-18 establece fecha para iniciar e implementar diversos trámites a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), creada por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposicion 161-DGTALPG-19 Gestiona la creación de la trata Inscripción Concursos PG en SADE con el objeto de dar trámite a las inscripciones a los concursos de la Procuración General mediante la plataforma Trámites a Distancia, la cual fuera creada mediante el Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 1424-DGDCIV-18 establece que la totalidad de los Sistemas de Autoprotección previstos y contemplados en la Ley  5.920, deberán ser presentados a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), creada por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 1 de la Disposición 8-DGRP-17 aprueba la implementación de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD) creada por Decreto 429-13, para las solicitudes de adecuaciones provisorias de precios.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 1-SECLYT-MJG-19 establece que se encuentran disponibles los trámites de presentación de solicitudes por parte de los titulares de Espacios Culturales Independientes (ECI) para su inscripción al Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI), para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD- , creado por Decreto 429-13</p>
INTEGRA
Art. 1 del Dto 429-13 crea la Plataforma de Tramitación a Distancia. Art. 2 implementa el módulo de Tramitación a Distancia-TAD- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE-.
INTEGRADA POR
Art. 1 de la Res. 4-MMGC-MJGGC-SECLYT-13, establece que a partir del 5 de mayo, diferentes trámites estarán disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia, creada por Dec. 429-13.
REFERENCIADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 402-14, aprueba el régimen de VENTANILLA ÚNICA, consistente en el<br />agrupamiento en instancias a determinar por la Autoridad de Aplicación del mismo, para la recepción de cualquier trámite que los ciudadanos propicien efectuar ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el caso que opten por efectuar sus gestiones de modo presencial, y no a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia TAD, creada por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Res. 9-SECLYT-MMGC-MJGGC-14, establece trámites que estarán disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia creada por Decreto 429-13 (a. MGOB0201A. Solicitud de Inscripción de Defunción y b. MGOB0203A. Solicitud de Inscripción de Defunción Fetal).</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Res.8-MMGC-MJGGC-SECLYT-15, establece que diferentes trámites estarán disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia, creada por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 360-SSJUS-16 aprueba el uso del módulo Tramitación a Distancia -TAD-, como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia, en el ámbito de la Dirección General de Administración de Infracciones, dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 5850-MC-17 establece que los subsidios previstos por la Ley 3022 se tramitarán en la Plataforma TAD de Sade, creada por Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Resolución 1 -MJGGC....-17 establece que se encuentran disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD en el marco del art. 2 Decreto 429-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 1894-SSTIYC-17 determina que el ingreso de los datos requeridos se realizará a través de la plataforma de tramitación a distancia (TAD) creada por el Decreto 429-GCBA-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art.1 de la Disposición 365-DGROC-17 , Determina el procedimiento y tramitación de las documentaciones que se presenten en la modalidad TAD,Trámite a Distancia , el cual entro en vigencia mediante Decreto 429-AJG-13.</p>