DISPOSICIÓN 8 2017 DIRECCION GENERAL REDETERMINACION DE PRECIOS
Síntesis:
APRUEBA IMPLEMENTACIÓN DE PLATAFORMA TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TAD - SOLICITUD DE ADECUACIONES PROVISORIAS DE PRECIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE REDETERMINACION DE PRECIOS - SADE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE DOCUMENTOS - RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - TRÁMITE VIRTUAL - ON LINE - SOLICITUDES DE CIUDADANOS - PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO - COMPRAS Y CONTRATACIONES - TRÁMITES A DISTANCIA - PÁGINA WEB
Publicación:
03/01/2018
Sanción:
29/12/2017
Organismo:
DIRECCION GENERAL REDETERMINACION DE PRECIOS
VISTO:
las Leyes N° 2.809 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 3.304, los Decretos N°
127/14 y 423/13, las Resoluciones N° 601/MHGC/14, 730/MHGC/14, 4093/MHGC/16 y
521/SECLYT/15, y el Expediente Electrónico N° 30.211.671/MGEYA/DGRP/17, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.809 se estableció el régimen de redeterminación de precios
aplicable a los contratos de obra pública y a los contratos de servicios, de servicios
públicos y de suministros que expresamente lo establezcan;
Que mediante el artículo 9° del Decreto N° 127/14 se estableció que este Ministerio de
Hacienda dicta las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias a los
fines de la aplicación del Régimen de Redeterminación de Precios conforme lo
dispuesto por la Ley N° 2809 y su reglamentación;
Que mediante las Resoluciones N° 601/MHGC/14, 730/MHGC/14 y 4093/MHGC/16,
se estableció la metodología a la que deben ajustarse las adecuaciones provisorias y
las redeterminaciones definitivas de los precios de los contratos alcanzados por la Ley
N° 2.809;
Que por la Ley N° 3.304 este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a
adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que por el Decreto N° 423/13 se aprobó la creación de la Plataforma de Tramitación a
Distancia -TAD-como medio de interacción del ciudadano con la administración;
Que por Resolución N° 521/SECLYT/15 se aprueban los términos y condiciones de
uso de la Plataforma TAD.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 127/14,
Artículo 1°.- Apruébase la implementación de la plataforma "Tramitación a Distancia"
(TAD) para las solicitudes de adecuaciones provisorias de precios.
Artículo 2°.- El peticionante deberá realizar la solicitud de adecuación provisoria de
precios en forma virtual desde la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires (www.buenosaires.gob.ar/tramitesadistancia) ingresando con CUIT y Clave
Ciudad.
Artículo 3.- La presente Disposición entra en vigencia a partir de la fecha de su
publicación, siendo obligatoria su aplicación a partir del 1° de marzo de 2018.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de todos los
Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo. Cumplido, gírese a la Dirección General
de Redeterminación de Precios. Villamil