RESOLUCIÓN 63 2021 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA TAD - APROBADOS POR RESOLUCIÓN N° 521-SECLYT/15 - APRUEBAN LOS NUEVOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA TAD
Publicación:
18/04/2023
Sanción:
06/05/2021
Organismo:
SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO: La Ley N° 3.304 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Decretos Nros.
429/13 y 463/19, el Expediente Electrónico N° 2021-14130433-GCABA-SECITD y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que entre los objetivos específicos del referido Plan se detallan los de orientar la
Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de
canales efectivos de participación y control ciudadano, y el de promover e introducir el
uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de manera de
responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad;
Que en ese sentido, el punto 6.1 "Sede Electrónica", del Anexo I de la referida Ley,
establece entre sus objetivos el de posibilitar a los ciudadanos acceder a la
información y a los servicios administrativos más allá de las limitaciones cronológicas
propias de las oficinas tradicionales de la Administración Pública;
Que por Decreto N° 429/13 se creó el módulo "Tramitación a Distancia" (TAD) del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como medio de
recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de Tramitación a
Distancia;
Que, por intermedio del TAD, el ciudadano puede profundizar la interacción con la
administración e ingresar al sistema remotamente sin restricciones horarias, durante
los trescientos sesenta y cinco (365) días del año;
Que dicha Plataforma permite al ciudadano además iniciar trámites, presentar
solicitudes y recibir notificaciones, a través de un registro electrónico que acredita la
fecha y hora exactas de dichos actos;
Que, a través del artículo 3° del mencionado Decreto, se designó a la Secretaría Legal
y Técnica como administradora de la Plataforma de Tramitación a Distancia,
facultándola a dictar los términos y condiciones de la citada plataforma y a aprobar las
funcionalidades que resulten necesarias para el funcionamiento de la misma;
Que por Resolución N° 521/SECLYT/15, la citada repartición procedió a dictar los
correspondientes términos y condiciones de la Plataforma de Tramitación a Distancia;
Que, por el Decreto 463/19 se produjo un cambio de competencias, quedando la
administración del sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-
bajo la órbita de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, quien además entre sus responsabilidades primarias tiene la de
"supervisar la implementación de las iniciativas de modernización, relativas a la
gestión y modernización administrativa y tecnológica, procesos y servicios al
ciudadano" y "fomentar (...) la digitalización y la coordinación de las políticas de
transformación de la gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires incentivando la incorporación de nuevas metodologías de
trabajo, el uso de herramientas y sistemas digitales, y la optimización de los procesos".
Que por tanto , y atento al cambio normativo relativo a las competencias de la
Secretaría de de Innovación y Transformación Digital , la misma es la autoridad
competente para para dictar los términos y condiciones de la Plataforma de
Tramitación a Distancia y a aprobar las funcionalidades que resulten necesarias para
el funcionamiento de la misma;
Que, a los efectos de continuar mejorando la calidad de los servicios brindados en
línea y posibilitar la digitalización de una mayor cantidad de transacciones, trámites,
servicios, notificaciones, e interacción general de los ciudadanos con el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, es necesario actualizar la Plataforma de Tramitación a
Distancia, incorporando nuevas funcionalidades;
Que, en este sentido, la Secretaría de Innovación y Transformación Digital,
disponibilizará una versión actualizada de la Plataforma de Tramitación a Distancia a
partir del mes de Mayo de 2021;
Que, por todo ello, resulta necesario aprobar nuevos términos y condiciones de uso de
la Plataforma TAD, a efectos de una correcta definición de los derechos y obligaciones
de los usuarios y de la administración.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 463/19,
Artículo 1°.- Apruébase los nuevos términos y condiciones de uso de la Plataforma
TAD, que como Anexo I (IF-2021-14138561-GCABA-SECITD) forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Déjase sin efecto los términos y condiciones de uso de la Plataforma TAD,
que como Anexo I (IF-2015-23851243-DGCL) fueran aprobados por la Resolución
N°521/SECLYT/15.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal Técnica y Administrativa, de la
Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Benegas