RESOLUCIÓN 63 2021 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA TAD - APROBADOS POR RESOLUCIÓN N° 521-SECLYT/15 - APRUEBAN LOS NUEVOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA TAD

Publicación:

18/04/2023

Sanción:

06/05/2021

Organismo:

SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL


VISTO: La Ley N° 3.304 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Decretos Nros.

429/13 y 463/19, el Expediente Electrónico N° 2021-14130433-GCABA-SECITD y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración

Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de encarar un

proceso de modernización administrativa;

Que entre los objetivos específicos del referido Plan se detallan los de orientar la

Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de

canales efectivos de participación y control ciudadano, y el de promover e introducir el

uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de manera de

responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad;

Que en ese sentido, el punto 6.1 "Sede Electrónica", del Anexo I de la referida Ley,

establece entre sus objetivos el de posibilitar a los ciudadanos acceder a la

información y a los servicios administrativos más allá de las limitaciones cronológicas

propias de las oficinas tradicionales de la Administración Pública;

Que por Decreto N° 429/13 se creó el módulo "Tramitación a Distancia" (TAD) del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como medio de

recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y

comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de Tramitación a

Distancia;

Que, por intermedio del TAD, el ciudadano puede profundizar la interacción con la

administración e ingresar al sistema remotamente sin restricciones horarias, durante

los trescientos sesenta y cinco (365) días del año;

Que dicha Plataforma permite al ciudadano además iniciar trámites, presentar

solicitudes y recibir notificaciones, a través de un registro electrónico que acredita la

fecha y hora exactas de dichos actos;

Que, a través del artículo 3° del mencionado Decreto, se designó a la Secretaría Legal

y Técnica como administradora de la Plataforma de Tramitación a Distancia,

facultándola a dictar los términos y condiciones de la citada plataforma y a aprobar las

funcionalidades que resulten necesarias para el funcionamiento de la misma;

Que por Resolución N° 521/SECLYT/15, la citada repartición procedió a dictar los

correspondientes términos y condiciones de la Plataforma de Tramitación a Distancia;

Que, por el Decreto 463/19 se produjo un cambio de competencias, quedando la

administración del sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-

bajo la órbita de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, quien además entre sus responsabilidades primarias tiene la de

"supervisar la implementación de las iniciativas de modernización, relativas a la

gestión y modernización administrativa y tecnológica, procesos y servicios al

ciudadano" y "fomentar (...) la digitalización y la coordinación de las políticas de

transformación de la gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires incentivando la incorporación de nuevas metodologías de

trabajo, el uso de herramientas y sistemas digitales, y la optimización de los procesos".

Que por tanto , y atento al cambio normativo relativo a las competencias de la

Secretaría de de Innovación y Transformación Digital , la misma es la autoridad

competente para para dictar los términos y condiciones de la Plataforma de

Tramitación a Distancia y a aprobar las funcionalidades que resulten necesarias para

el funcionamiento de la misma;

Que, a los efectos de continuar mejorando la calidad de los servicios brindados en

línea y posibilitar la digitalización de una mayor cantidad de transacciones, trámites,

servicios, notificaciones, e interacción general de los ciudadanos con el Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires, es necesario actualizar la Plataforma de Tramitación a

Distancia, incorporando nuevas funcionalidades;

Que, en este sentido, la Secretaría de Innovación y Transformación Digital,

disponibilizará una versión actualizada de la Plataforma de Tramitación a Distancia a

partir del mes de Mayo de 2021;

Que, por todo ello, resulta necesario aprobar nuevos términos y condiciones de uso de

la Plataforma TAD, a efectos de una correcta definición de los derechos y obligaciones

de los usuarios y de la administración.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 463/19,

EL SECRETARIO

DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase los nuevos términos y condiciones de uso de la Plataforma

TAD, que como Anexo I (IF-2021-14138561-GCABA-SECITD) forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Déjase sin efecto los términos y condiciones de uso de la Plataforma TAD,

que como Anexo I (IF-2015-23851243-DGCL) fueran aprobados por la Resolución

N°521/SECLYT/15.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal Técnica y Administrativa, de la

Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Benegas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6602

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Articulo 1° de la Resolución 63-SECITD/21 aprueba los términos y condiciones de uso de la Plataforma TAD, creada por Decreto N° 429/13.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2º de la Resolucion N° 63-SECITD/21 deja sin efecto los términos y condiciones de uso de la Plataforma TAD, aprobados por la Resolución N°521/SECLYT/15.</p>