RESOLUCIÓN 521 2015 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
APRUEBA LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA TAD - TRAMITACIÓN A DISTANCIA - ACCESO Y UTILIZACIÓN - CUENTA DE USUARIO - RESPONSABILIDADES - APODERAMIENTO - TOMA DE VISTA - DOMICILIO CONSTITUIDO ELECTRÓNICO - SERVICIO DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS - SERVICIO DE AVISO - ALERTA POR CORREO ELECTRÓNICO - LEGISLACIÓN APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE
Publicación:
14/09/2015
Sanción:
11/09/2015
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 589/09 y 429/13, el Expediente Electrónico N°
22.100.205/MGEYA-DGTAD/15 y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que, dentro de las actividades detalladas en la citada Ley, se encuentra elaborar un
sistema de comunicación e información a partir del cual los organismos informen a los
usuarios sobre la naturaleza, contenido, características y formas de prestación de los
servicios que brindan y los requerimientos para acceder a aquéllos;
Que entre los objetivos específicos del referido Plan se detallan los de orientar la
Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de
canales efectivos de participación y control ciudadano, y el de promover e introducir el
uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de manera de
responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad;
Que, a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a
adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar los
trámites administrativos al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y
accesibilidad para su control;
Que la utilización de nuevas tecnologías genera una transformación de las relaciones
entre las personas y las organizaciones públicas y privadas, lo que conlleva un vínculo
más accesible, transparente, y equitativa entre aquéllas y el ciudadano;
Que ello genera en una mejora del ejercicio administrativo propio de la función pública,
facilitando la comunicación y el acceso a los servicios del Estado;
Que, en ese sentido, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como sistema de caratulación,
numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y
expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en esta instancia del proceso de modernización de la administración pública,
resulta preciso dar ejecución a aquellas prescripciones de la Ley N° 3.304 que refieren
a la relación directa de la administración con los ciudadanos, procurando incrementar
la calidad de la interacción entre el Estado y los administrados;
Que en ese sentido, el punto 6.1 "Sede Electrónica", del Anexo I de la referida Ley,
establece entre sus objetivos el de posibilitar a los ciudadanos acceder a la
información y a los servicios administrativos más allá de las limitaciones cronológicas
propias de las oficinas tradicionales de la Administración Pública;
Que por Decreto N° 429/13 se creó el módulo "Tramitación a Distancia" (TAD) del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como medio de
recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de Tramitación a
Distancia;
Que, por intermedio del TAD, el ciudadano puede profundizar la interacción con la
administración e ingresar al sistema remotamente sin restricciones horarias, durante
los trescientos sesenta y cinco (365) días del año;
Que dicha Plataforma permite al ciudadano iniciar trámites y presentar solicitudes, a
través de un registro electrónico que acreditará la fecha y hora exactas de dichos
actos;
Que, a través del artículo 3° del referido Decreto, se designó a la Secretaría Legal y
Técnica como administradora de la Plataforma de Tramitación a Distancia,
facultándola a dictar los términos y condiciones de la citada plataforma y a aprobar las
funcionalidades que resulten necesarias para el funcionamiento de la misma;
Que, por todo ello, resulta conveniente aprobar los términos y condiciones de uso de la
Plataforma TAD, a efectos de una correcta definición de los derechos y obligaciones
de los usuarios y de la administración.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 429/13,
Artículo 1°.- Apruébanse los términos y condiciones de uso de la Plataforma TAD, que
como Anexo I (IF-2015-23851243-DGCL) forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría Gestión de Proyectos de Modernización del Ministerio
de Modernización y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección
General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo de la Secretaría Legal y
Técnica. Cumplido, archívese. Clusellas