RESOLUCIÓN 123 2026 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 63-SECITD/21 Y SU ANEXO I Y APRUEBA NUEVOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD) -APROBACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO - PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA - DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 63/SECITD/21 - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - TRAMITACIÓN A DISTANCIA - PLATAFORMAS DIGITALES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Publicación:
30/07/2026
Sanción:
27/07/2026
Organismo:
SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO: Las Leyes 3.304 y 6.684, los Decretos 429/13 y 387/23, la Resolución
63/SECITD/21, y el Expediente EX-2026-30729896-GCABA-SECITD, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 3.304 creó el "Plan de Modernización de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", con el fin de encarar un proceso
de modernización administrativa;
Que el artículo 2° del Anexo "A" de la mencionada Ley establece, entre sus objetivos
específicos, el de orientar la Administración al servicio de los ciudadanos, a través de
una gestión transparente y de canales efectivos de participación y control ciudadano, y
el de promover e introducir el uso de las nuevas Tecnologías de Información y
Comunicación de manera de responder con mayor celeridad y efectividad a las
demandas de la sociedad, entre otros;
Que, asimismo, el artículo 6.1, del referido Anexo "A", denominado "Sede Electrónica",
establece entre sus objetivos posibilitar a los ciudadanos el acceso a la información y a
los servicios administrativos más allá de las limitaciones cronológicas propias de las
oficinas tradicionales de la Administración Pública;
Que, a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a
adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar los
trámites administrativos al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y
accesibilidad para su control;
Que la utilización de nuevas tecnologías genera una transformación de las relaciones
entre las personas y las organizaciones públicas y privadas, lo que conlleva un vínculo
más accesible, transparente, y equitativoa entre aquéllas y el ciudadano;
Que ello genera una mejora del ejercicio administrativo propio de la función pública,
facilitando la comunicación y el acceso a los servicios del Estado;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando la Secretaría de
Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que, conforme el Decreto referido ut supra, dentro de las responsabilidades primarias
de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital se encuentran las de:
"Fomentar el diseño ágil de procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas
de transformación de la gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, incentivando la incorporación de nuevas metodologías de
trabajo, el uso de herramientas y sistemas digitales, y la optimización de los
procesos.", entre otras;
Que, por el artículo 1° del Decreto 429/13, se creó la Plataforma de Tramitación a
Distancia (TAD) como medio de interacción del ciudadano con la Administración,
constituyendo el ámbito en el cual se integrarán los presentes Términos y Condiciones
de uso;
Que la Plataforma de Tramitación a Distancia constituye una herramienta estratégica
para la gestión electrónica de trámites, actuaciones y comunicaciones entre la
ciudadanía y la Administración Pública, contribuyendo a la simplificación administrativa
y a la ampliación del acceso a los servicios públicos digitales;
Que, asimismo, permite a las personas usuarias efectuar gestiones, presentar
solicitudes, tomar vista y notificarse mediante un registro electrónico que deja
constancia precisa de la fecha y la hora en que se concretan tales actuaciones;
Que por la Resolución 63/SECITD/21, se procedió a dictar los correspondientes
términos y condiciones de la Plataforma de Tramitación a Distancia;
Que, desde la aprobación de los términos y condiciones actualmente vigentes, la
Plataforma TAD ha incorporado nuevas funcionalidades tecnológicas y operativas que
no se encontraban previstas en sus términos de uso vigentes, tales como la
integración con la plataforma de acceso único oficial a todas las aplicaciones móviles
y/o portales web del GCABA, Login miBA, la validación automática de documentos
interoperables a través de CADI y del Sistema X-BA, nuevos niveles de autenticación,
la ampliación del régimen de apoderamiento, entre otros;
Que, en atención a dichas mejoras y a los efectos de asegurar una adecuada
delimitación de los derechos, obligaciones y responsabilidades de los usuarios y de la
Administración, corresponde aprobar los nuevos Términos y Condiciones de uso de la
Plataforma TAD, a fin de receptar las funcionalidades actualmente disponibles,
garantizando su actualización normativa y operativa conforme a los estándares de
gestión digital vigentes.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 387/23,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 63/SECITD/21 y su Anexo I (IF-2021-
14138561-GCABA-SECITD).
Artículo 2°.- Aprobar los Términos y Condiciones de Uso de la Plataforma de Trámites
a Distancia (TAD), que como Anexo I (IF-2026-33779365-GCABA-SECITD) forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Innovación Administrativa. Cumplido, archivar. Piola