DISPOSICIÓN 25 2025 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA TRAMITACIÓN DE PRESENTACIONES Y OFICIOS PROVENIENTES DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EN MATERIA DE ACTUACIONES EN DONDE SE ENCUENTREN INVOLUCRADAS MUJERES O PERSONAS LGTBIQ+ VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO QUE REQUIERAN LA INTERVENCIÓN DERIVACIÓN Y PEDIDOS DE INFORMACIÓN HACIA EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
04/06/2025
Sanción:
02/06/2025
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
VISTO: La Ley Nacional N° 26.485, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires; la Ley de Procedimientos Administrativos Autónoma de la Ciudad de Buenos
Aires, las Leyes Nros 31, 7, 4.203, 3.304 (Texto consolidado por Ley 6.764) y 6684, el
Convenio registrado como N° 15913266/2025, los Decretos Nros. 5133-MCBA/79,
429/13 y 387/23 y EX-2025-23010615- -GCABA-MGEYA y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34 de la "Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires" establece que, cuando se requieran datos o informes de
terceros u otros órganos administrativos para sustanciar actuaciones, estos deben ser
solicitados directamente o mediante oficio, dejándose constancia en el expediente
respectivo, y que las dependencias de la Administración, sin distinción jerárquica,
están obligadas a prestar colaboración permanente y recíproca;
Que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme
las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, puede requerir información y articular
acciones con el Poder Ejecutivo cuando resulte necesario para el análisis y tratamiento
de denuncias formuladas por la ciudadanía, particularmente en casos de violencia de
género;
Que el Consejo de la Magistratura actúa como auxiliar del Poder Judicial de la Ciudad
y puede intervenir a requerimiento de jueces/zas o del Ministerio Público en causas
que involucren o se presuman hechos de violencia de género y en donde se
encuentren involucradas mujeres o personas LGTBIQ+ víctimas de violencia de
género enmarcadas en la Ley N° 7;
Que por su parte el Centro de Justicia de la Mujer (en adelante CJM) es un organismo
del Poder Judicial de la Ciudad que ofrece orientación y acompañamiento a mujeres y
personas LGTBIQ+ que viven situaciones de violencia por motivos de género;
Que, el CJM centraliza la atención de las personas que requieran asesoramiento,
asistencia y/o intervención judicial por hechos vinculados a violencia de género en
cualquiera de sus manifestaciones, según lo establecido por la Resolución
Presidencial N° 384/2020;
Que, dicho organismo tiene competencia para intervenir en todos los tipos y
modalidades de violencias previstos por la Ley N° 26.485 de "Protección Integral para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que
desarrollen sus relaciones interpersonales", a la que la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires adhirió por Ley N° 4.203.
Que, por otro lado, la Ley N° 6.684, sancionó la "Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires", contemplando a la Secretaría Legal y Técnica;
Que, por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo
a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo bajo la dependencia de la
Secretaría Legal y Técnica;
Que la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo tiene entre sus
responsabilidades primarias "Organizar y supervisar la Mesa de Entradas, Salidas y
Archivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", y "organizar la
recepción, giro y seguimiento de las actuaciones y expedientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, caratular los expedientes e implementar
mecanismos para la descentralización administrativa", entre otras responsabilidades;
Que el Decreto N° 5.133-MCBA/79 establece las normas para la tramitación de oficios
judiciales y que, en el marco del "Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires," aprobado por la Ley N° 3.304,
se ha promovido la incorporación de herramientas tecnológicas orientadas a dotar de
mayor agilidad, transparencia y trazabilidad los trámites administrativos;
Que, en tal sentido, por el Decreto N° 429/13 se creó la "Plataforma de Tramitación a
Distancia TAD", del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE,
como medio de interacción del ciudadano con la Administración, posibilitando la
recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la mencionada plataforma;
Que el 29 de octubre de 2024 se celebró un Convenio de Colaboración entre la
Secretaría Legal y Técnica y el Consejo de la Magistratura, registrado bajo el N°
15913266-DGEGRAL/25, con el objeto de "aunar esfuerzos para agilizar y tramitar los
requerimientos presentados al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por
parte del Consejo de la Magistratura de CABA, a fin de garantizar los derechos de las
personas de violencia de género y en donde se encuentren involucradas mujeres o
personas LGTBIQ+ víctimas de violencia de género y/o doméstica";
Que, en la cláusula cuarta del Convenio de Colaboración se designó, como
representante institucional y de coordinación de la Secretaría Legal y Técnica, a la
Directora General de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo;
Que, en este orden de ideas, resulta necesario aprobar el procedimiento administrativo
para la tramitación de Presentaciones y Oficios Judiciales provenientes del Consejo de
la Magistratura, motivados en casos de violencia de género y en donde se encuentren
involucradas mujeres o personas LGTBIQ+ víctimas de violencia de género
enmarcadas en la Ley N° 7 y que demanden la asistencia y/o colaboración de las
reparticiones que integran el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Bueno Aires;
Que, en atención a lo expuesto, corresponde dictar la norma legal pertinente.
Por ello, de acuerdo con las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento administrativo para la tramitación de
Presentaciones y Oficios provenientes del Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en materia de actuaciones en donde se encuentren
involucradas mujeres o personas LGTBIQ+ víctimas de violencia de género que
requieran la intervención, derivación y pedidos de información hacia el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que como Anexo I (IF-2025-23011015-GCABA-
MGEYA) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías y a las Direcciones
Generales Técnicas, Administrativas y Legales y/u órgano equivalente de los
Ministerios y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires y al Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Davalos