RESOLUCIÓN 1 2017 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECE TRÁMITES - DISPONIBLES PARA SER INICIADOS Y GESTIONADOS - PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA -TAD - CÓDIGO DE TRATA - TRÁMITES - IMPLEMENTACIÓN - SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - PROTEATRO - BAMÚSICA - LÍNEAS - LETERATURA - AUDIOVISUALES - CREADORES - MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Publicación:
03/07/2017
Sanción:
28/06/2017
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y N° 5.460 (texto consolidado conforme Ley N° 5.666), los
Decretos Nros. 589/09, 765/10, 196/11y 429/13 y el Expediente Electrónico N°
14897392-MGEYA-DGTALMC/17 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la
Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de
canales efectivos de participación y control ciudadano", y "Promover e introducir el uso
de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de manera de responder
con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.", respectivamente;
Que en ese marco, la mencionada Ley propone entre las actividades a desarrollar:
"Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros
medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a
adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar y racionalizar
considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor
transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios
informáticos;
Que en ese sentido, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema de caratulación,
numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y
expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por otra parte, por Decreto N° 765/10 se instruyó a todos los organismos del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el
módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- como medio de
creación, registro y archivo de informes y providencias;
Que asimismo por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del Expediente
Electrónico que constituye el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a
un procedimiento administrativo, cualquiera sea el tipo de información que contenga;
Que, en una segunda etapa, dando ejecución a aquellas prescripciones de la Ley N°
3.304 que refieren a la relación directa de la administración con los ciudadanos, se
dictó el Decreto N° 429/13, por el que se creó la Plataforma de Tramitación a Distancia
-TAD- como medio de interacción remota del ciudadano con la administración,
constituyéndose como un medio de recepción y remisión de presentaciones,
solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros, procurando
incrementar la calidad de la interacción entre el Estado y los administrados;
Que la Ley de Ministerios N° 5.460, en su artículo 16 inciso 20, designa a la Jefatura
de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación del Plan de Modernización de
la Administración Pública antes mencionado, quedando además facultada para definir
e implementar el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, de acuerdo a la normativa, le corresponde a la Jefatura de Gabinete de Ministros
en forma conjunta con la Secretaría Legal y Técnica, coordinar y verificar la
implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información
para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que, asimismo, por el artículo 5° del Decreto N° 429/13 se facultó al entonces señor
Ministro de Modernización, al Jefe de Gabinete de Ministros y al Secretario Legal y
Técnico, en forma conjunta, a aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a
la Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD-;
Que en atención a la modificación de la estructura organizativa dependiente del Poder
Ejecutiva, aprobada por Decreto 363/15 y modificatorios, deberá entenderse que
resultan facultados conforme el artículo 5° del Decreto 429/13, el señor Jefe de
Gabinete de Ministros y el Secretario Legal y Técnico.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Establécese que se encuentran disponibles para ser iniciados y
gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) los trámites y
en las fechas que se detallan en el Anexo I (IF 2017-14910453-MJGGC), que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las
reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Miguel - Montiel
ANEXOS