RESOLUCIÓN 9 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
NORMA DEROGADA - ESTABLECE TRÁMITES DISPONIBLES PARA SER GESTIONADOS A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TRATA MGOB0201A - SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN - TRATA MGOB0203A - SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN FETAL - TAD - SADE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS
Publicación:
24/10/2014
Sanción:
23/10/2014
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y N° 4.013, los Decretos Nros. 589/09, 765/10, 196/11y 429/13
y el Expediente N° 2014-15294162-SSGPM, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la
Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de
canales efectivos de participación y control ciudadano", y "Promover e introducir el uso
de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de manera de responder
con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.", respectivamente;
Que en ese marco, la mencionada Ley propone entre las actividades a desarrollar:
"Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros
medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a
adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar y racionalizar
considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor
transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios
informáticos;
Que en ese sentido, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema de caratulación,
numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y
expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por otra parte, por Decreto N° 765/10 se instruyó a todos los organismos del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el
módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- como medio de
creación, registro y archivo de informes y providencias;
Que asimismo por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del Expediente
Electrónico que constituye el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a
un procedimiento administrativo, cualquiera sea el tipo de información que contenga;
Que, en una segunda etapa, dando ejecución a aquellas prescripciones de la Ley N°
3.304 que refieren a la relación directa de la administración con los ciudadanos, se
dictó el Decreto N° 429/13, por el que se creó la Plataforma de Tramitación a Distancia
-TAD- como medio de interacción remota del ciudadano con la administración,
constituyéndose como un medio de recepción y remisión de presentaciones,
solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros, procurando
incrementar la calidad de la interacción entre el Estado y los administrados;
Que la Ley de Ministerios N° 4.013, en su artículo 26, designa al Ministerio de
Modernización como la autoridad de aplicación del Plan de Modernización de la
Administración Pública antes mencionado, quedando además facultado a diseñar e
implementar las políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos,
tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, de acuerdo a la referida Ley, le corresponde a la Jefatura de Gabinete de
Ministros en forma conjunta con el Ministerio de Modernización diseñar, coordinar y
verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la
información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que, asimismo, por el artículo 5° del Decreto N° 429/13 se facultó al señor Ministro de
Modernización, al Jefe de Gabinete de Ministros y al Secretario Legal Técnico, en
forma conjunta, a aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a la
Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD-.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Establécese que a partir del 23 de octubre del corriente los siguientes
trámites estarán disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma
de Tramitación a Distancia:
a. MGOB0201A. Solicitud de Inscripción de Defunción.
b. MGOB0203A. Solicitud de Inscripción de Defunción Fetal.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder
Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Sindicatura General de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas