RESOLUCIÓN 9 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

NORMA DEROGADA - ESTABLECE TRÁMITES DISPONIBLES PARA SER GESTIONADOS A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TRATA MGOB0201A - SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN - TRATA MGOB0203A - SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN FETAL - TAD - SADE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

Publicación:

24/10/2014

Sanción:

23/10/2014

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes Nros. 3.304 y N° 4.013, los Decretos Nros. 589/09, 765/10, 196/11y 429/13

y el Expediente N° 2014-15294162-SSGPM, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la

Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de

canales efectivos de participación y control ciudadano", y "Promover e introducir el uso

de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de manera de responder

con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.", respectivamente;

Que en ese marco, la mencionada Ley propone entre las actividades a desarrollar:

"Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de

solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros

medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y

actuaciones";

Que a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a

adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar y racionalizar

considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor

transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios

informáticos;

Que en ese sentido, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema

de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema de caratulación,

numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y

expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por otra parte, por Decreto N° 765/10 se instruyó a todos los organismos del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el

módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- como medio de

creación, registro y archivo de informes y providencias;

Que asimismo por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del Expediente

Electrónico que constituye el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a

un procedimiento administrativo, cualquiera sea el tipo de información que contenga;

Que, en una segunda etapa, dando ejecución a aquellas prescripciones de la Ley N°

3.304 que refieren a la relación directa de la administración con los ciudadanos, se

dictó el Decreto N° 429/13, por el que se creó la Plataforma de Tramitación a Distancia

-TAD- como medio de interacción remota del ciudadano con la administración,

constituyéndose como un medio de recepción y remisión de presentaciones,

solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros, procurando

incrementar la calidad de la interacción entre el Estado y los administrados;

Que la Ley de Ministerios N° 4.013, en su artículo 26, designa al Ministerio de

Modernización como la autoridad de aplicación del Plan de Modernización de la

Administración Pública antes mencionado, quedando además facultado a diseñar e

implementar las políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos,

tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, de acuerdo a la referida Ley, le corresponde a la Jefatura de Gabinete de

Ministros en forma conjunta con el Ministerio de Modernización diseñar, coordinar y

verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la

información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que, asimismo, por el artículo 5° del Decreto N° 429/13 se facultó al señor Ministro de

Modernización, al Jefe de Gabinete de Ministros y al Secretario Legal Técnico, en

forma conjunta, a aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a la

Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD-.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 23 de octubre del corriente los siguientes

trámites estarán disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma

de Tramitación a Distancia:

a. MGOB0201A. Solicitud de Inscripción de Defunción.

b. MGOB0203A. Solicitud de Inscripción de Defunción Fetal.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder

Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Sindicatura General de la Ciudad de

Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 8-MMGC-MJGGC-SECLYT-15, deroga la Resolución 9-MMGC-MJGGC-SECLYT-14.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Res. 9-SECLYT-MMGC-MJGGC-14, establece trámites que estarán disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia creada por Decreto 429-13 (a. MGOB0201A. Solicitud de Inscripción de Defunción y b. MGOB0203A. Solicitud de Inscripción de Defunción Fetal).</p>