RESOLUCIÓN 1 2019 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SE ESTABLECE FECHA - TRAMITES - PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TAD - INSCRIPCIÓN - CATALOGO DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES - JUNIO 2019
Publicación:
25/06/2019
Sanción:
24/06/2019
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: Las Leyes Nros. 3.304 y 5.460 (textos consolidados conforme Ley N° 6.017) y
modificatoria 5.960, los Decretos Nros. 589/09, 765/10, 196/11 y 429/13, 363/15 y
modificatorios, el Expediente Electrónico N° 19331332-GCABA-DGTALMC/19 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que entre los objetivos específicos del referido plan, se enuncian los puntos 2.2 y 2.3:
"Orientar la Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión
transparente y de canales efectivos de participación y control ciudadano", y "Promover
e introducir el uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de
manera de responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la
sociedad", respectivamente;
Que en ese marco, la Ley N° 3.304 propone entre las actividades a desarrollar:
"Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros
medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a
adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar y racionalizar
considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor
transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios
informáticos;
Que en ese sentido, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema de caratulación,
numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y
expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por otra parte, por Decreto N° 765/10 se instruyó a todos los organismos del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el
módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- como medio de
creación, registro y archivo de informes y providencias;
Que asimismo por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del Expediente
Electrónico que constituye el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a
un procedimiento administrativo, cualquiera sea el tipo de información que contenga;
Que mediante el Decreto N° 429/13 se creó la Plataforma de Tramitación a Distancia -
TAD- como medio de interacción remota del ciudadano con la Administración, para la
recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros;
Que en este marco, se propicia incorporar a la Plataforma de Tramitación a Distancia
-TAD- el "Trámite Catálogo de Espacios Culturales Independientes" que permitirá la
presentación de solicitudes por parte de los titulares de Espacios Culturales
Independientes (ECI) para su inscripción al Catálogo de Espacios Culturales
Independientes (CECI) en los términos de lo establecido por la Ley N° 6.063, su
modificatoria Ley N° 6146, y normativa complementaria;
Que la Ley de Ministerios N° 5.460, en su artículo 16 inciso 20, designa a la Jefatura
de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación del Plan de Modernización de
la Administración Pública, quedando además facultada para definir e implementar el
Plan mencionado;
Que por el artículo 5° del Decreto N° 429/13 se facultó al entonces señor Ministro de
Modernización, al Jefe de Gabinete de Ministros y a la Secretaria Legal y Técnica, en
forma conjunta, a aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a la
Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD-;
Que en atención a las competencias establecidas en la Ley N° 5.460 y su modificatoria
5.960, así como en la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo
aprobada por Decreto N° 363/15 y modificatorios, resultan facultados conforme a lo
establecido en el artículo 5° del Decreto N° 429/13, el señor Jefe de Gabinete de
Ministros y la señora Secretaria Legal y Técnica;
Que en mérito a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Establécese que se encuentran disponibles para ser iniciados y
gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD- los trámites y
en las fechas que se detallan en el Anexo (IF- 2019-20029646-GCABA-MJGGC), que
a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder
Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de
Buenos Aires y a los organismos descentralizados del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires; y remítase a la Subsecretaría de Sistemas y Procesos dependiente de
la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel - Montiel