RESOLUCIÓN 1894 2017 SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO

Síntesis:

SE ESTABLECE REEMPADRONAMIENTO - REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE - EMPLEADORES CON DOMICILIO LEGAL O ESTABLECIMIENTOS LOCALIZADOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EMPRESAS - EMPLEADOS -  INGRESO DE LOS DATOS - PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA  - TAD - ACTUALIZA GRILLAS DE CONTENIDO

Publicación:

21/09/2017

Sanción:

19/09/2017

Organismo:

SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO


VISTO:

Las Leyes N° 5.460 y N° 265, los Decretos N° 625/09, N° 429/13, N° 350/14 y N°

251/17, la Resolución N° 5255/SSTIYC/15, y el Expediente N° 2017-21350508-

MGEYA-DGEMP, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que mediante el Decreto N° 251/17, se modificó la estructura orgánico funcional del

mencionado Ministerio, encontrándose bajo su órbita la Subsecretaría de Trabajo,

Industria y Comercio;

Que por el mencionado Decreto, se estableció entre las responsabilidades primarias

de la citada Subsecretaría la de "diseñar, establecer e implementar políticas, planes,

programas y proyectos inherentes al poder de policía, registros, rúbricas, relaciones y

condiciones de trabajo y de empleo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Ley N° 265 se establecen las funciones y atribuciones de la Autoridad

Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales

se encuentra la de llevar un registro de empleadores;

Que por el Decreto N° 625/09 se crea el "Registro de Empleadores On line" de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose que el período para que los

empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires den cumplimiento con la carga de información solicitada

por el Registro, será entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año calendario;

Que mediante la Resolución N° 5255/SSTIYC/15 se actualizaron las tablas de

contenido de la información requerida por el referido Registro, en virtud de la facultad

otorgada por el artículo 6° del mencionado Decreto a esta Subsecretaría;

Que por el Decreto N° 350/14 se comenzó a implementar el módulo "Registro Legajo

Multipropósito" (RLM), del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos

(SADE) como único medio de administración de los registros del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se instruyó a todos los organismos del Poder

Ejecutivo de la Ciudad a utilizar dicho módulo;

Que en este marco ha comenzado a implementarse un nuevo sistema de gestión de

base tecnológica, a fin de facilitar el vínculo con el administrado y el cumplimiento de

sus obligaciones;

Que el ingreso de los datos requeridos se realizará a través de la plataforma de

Tramitación a Distancia (TAD) creada por el Decreto N° 429/13 y que forma parte del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE);

Que las herramientas tecnológicas en uso garantizarán una mayor transparencia y

posibilitarán la obtención en tiempo real de la información requerida;

Que la utilización de la clave fiscal exigida por la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos - AGIP- como medio de validación electrónico reafirma las garantías

de seguridad del procedimiento a instaurar;

Que en este contexto resulta indispensable el reempadronamiento en el "Registro de

empleadores On Line" de todos los empleadores domiciliados en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que asimismo corresponde actualizar la información vigente en las grillas de contenido

del Registro, a los efectos de obtener información dinámica y optimizar el

procesamiento de los datos volcados en el mismo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debida

intervención en el ámbito de las competencias asignadas por la Ley N° 1218 (texto

consolidado por la Ley N° 5.666).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese el reempadronamiento en el "Registro de Empleadores On

Line" para todos los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Establécese que las empresas que tengan más de 10 empleados deberán

reempadronarse entre el 1 y el 31 de octubre del 2017. Asimismo, las empresas que

tengan entre 5 y 10 empleados deberán hacerlo entre el 1 y el 30 de noviembre de

2017. Finalmente aquellas empresas que tengan hasta 4 empleados deberán

reempadronarse entre el 1 y el 29 de diciembre de 2017.+

Artículo 3°. Determínese que el ingreso de los datos requeridos se realizará a través

de la plataforma de tramitación a distancia (TAD) creada por el Decreto N°

429/GCBA/13.

Artículo 4°.- Actualícense las grillas de contenido del "Registro de Empleadores On

Line" que como Anexo I (IF 2017-21470754-SSTIYC) forma parte integrante de la

presente.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Empleo, a la Agencia de Sistemas de

Información y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Jarvis


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5217

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1894-SSTIYC-17 establece el reempadronamiento en el Registro de Empleadores On Line, creado por Decreto 625-09.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 512-SSTIYC-19 prorroga por única vez el plazo estipulado en el Art. 2 del Decreto 625-09, correspondiente al ejercicio fiscal 2018, hasta el 30 de abril de 2019, quedando modificado el plazo establecido por Resolución 1894-SSTIYC-17.</p>
INTEGRA
<p>Art. 3 de la Resolución 1894-SSTIYC-17 determina que el ingreso de los datos requeridos se realizará a través de la plataforma de tramitación a distancia (TAD) creada por el Decreto 429-GCBA-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 5 de la Resolución 2623-SSTIYC-17 determina que todos los empleadores cualquiera sea la modalidad de<br />rubrica que utilicen y el número de empleados que tengan, solo podrán realizar las presentaciones referidas en la Resolución, una vez que hubieren cumplido con el reempadronamiento en el Registro de Empleadores On Line conforme a lo establecido en la Resolución N° 1894-SSTIYC-2017.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolucion 3024 - SSTIYC - 17 prorroga  hasta el día 31 de marzo de 2018 plazo para proceder al reempadronamiento en el Registro de Empleadores On Line</p>