DISPOSICIÓN 787 2018 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA
Síntesis:
SE CREAN TRATAS - CONSULTA DE USO - CONSULTA DE MORFOLOGÍA URBANA - CONSULTA DE PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA
Publicación:
18/05/2018
Sanción:
09/05/2018
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA
VISTO:
La Ley N° 3304/09, los Decretos 1510/97, 429/AJG/2013, 363/GCABA/2015, 008-AJG-
2018 y la Resolución N° 5- SECPLAN-2014 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3304/09 estableció el Plan de Modernización de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso
de modernización administrativa.
Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la
Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de
canales efectivos de participación y control ciudadano" y "promover e introducir el uso
de las nuevas tecnologías de información y comunicación de manera de responder
con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.".
Que en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha ley plantea
como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la
normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los
fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la
reducción de los plazos en las tramitaciones".
Que mediante Decreto N° 2013/429/AJG, entró en vigencia el Sistema de Tramite a
Distancia (TAD) el cual permite la presentación y gestión de trámites vía informática y
a distancia ante esta Dirección General.
Que mediante Resolución N° 5-SECPLAN-2014, el Señor Secretario de Planeamiento
Urbano resolvió "Artículo 1°.- Establézcase que toda documentación que se presente
ante las distintas dependencias de esta Secretaría, deberá realizarse en formato
digital, según las especificaciones establecidas, las cuales serán publicadas en la
página web de esta Secretaria, bajo el link www.ssplan.gob.ar.", considerando que el
expediente electrónico contribuye a dotar a los procesos de mayores niveles de
eficiencia, transparencia y accesibilidad para su control, así como realizar aplicaciones
mucho más complejas en relación al expediente en formato papel; tales como permitir,
vincular documentos que resulten relevantes para la comprensión de un asunto, de
modo de acceder a toda la información que directa e inmediatamente están
relacionados con aquel, independientemente de su localización.
Que para ello instruyó a todas las Direcciones Generales a su cargo a establecer los
procedimientos que correspondieren a los efectos de que todos los trámites que se
realicen ante las mismas, puedan llevarse a cabo bajo la modalidad del Sistema de
Tramite a Distancia (TAD), y que toda la documentación que se presente en sus
dependencias se realice en formato digital.
Que el sistema TAD permite una comunicación directa con el iniciador del trámite,
facilitando las notificaciones de observaciones, su cumplimiento mediante la
agregación a distancia de documentación y/o otras circunstancias inherentes a la
tramitación contribuyendo a la celeridad de las tramitaciones.
Que actualmente existe una única trata para tres trámites de características muy
diversas;
Que es necesaria la segmentación de estos trámites para ordenar el trabajo de las
gerencias operativas con el fin de permitir un mayor control en la gestión de los
expedientes;
Que es menester separar los mismos dadas sus diferencias en cuanto a
documentación, metodología de trabajo y duración de cada uno de dichos trámites;
Que cada una de las tratas posee circuitos de registro, control y emisión de
documentación para certificar o informar al ciudadano diferentes;
Que actualmente son caratulados de manera externa más de 2000 expedientes por
año para los trámites en cuestión;
Que considerando el carácter particular de este tipo de trámites y teniendo en cuenta
que los ciudadanos son quienes inician los mismos el tipo de caratulación deberá ser
de carácter externo y los mismos ingresarán vía TAD (sistema de tramitación a
distancia);
Que, por lo expuesto, la Secretaría General solicita la creación de las tratas "Consulta
de Uso", "Consulta de Morfología Urbana" y "Consulta de Patrimonio Arquitectónico"
para la DGIUR (Dirección General de Interpretación Urbanística),
Artículo 1°.- Creasen las tratas "Consulta de Uso", "Consulta de Morfología Urbana" y
"Consulta de Patrimonio Arquitectónico".-
Artículo 2°.- Dese intervención a la Secretaria de Legal y Técnica a los efectos del
artículo 1° de la presente.-
Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Copola