DISPOSICIÓN 787 2018 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

Síntesis:

SE CREAN TRATAS - CONSULTA DE USO  - CONSULTA DE MORFOLOGÍA URBANA - CONSULTA DE PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

Publicación:

18/05/2018

Sanción:

09/05/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA


VISTO:

La Ley N° 3304/09, los Decretos 1510/97, 429/AJG/2013, 363/GCABA/2015, 008-AJG-

2018 y la Resolución N° 5- SECPLAN-2014 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3304/09 estableció el Plan de Modernización de la Administración

Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso

de modernización administrativa.

Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la

Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de

canales efectivos de participación y control ciudadano" y "promover e introducir el uso

de las nuevas tecnologías de información y comunicación de manera de responder

con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.".

Que en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha ley plantea

como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los

fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la

reducción de los plazos en las tramitaciones".

Que mediante Decreto N° 2013/429/AJG, entró en vigencia el Sistema de Tramite a

Distancia (TAD) el cual permite la presentación y gestión de trámites vía informática y

a distancia ante esta Dirección General.

Que mediante Resolución N° 5-SECPLAN-2014, el Señor Secretario de Planeamiento

Urbano resolvió "Artículo 1°.- Establézcase que toda documentación que se presente

ante las distintas dependencias de esta Secretaría, deberá realizarse en formato

digital, según las especificaciones establecidas, las cuales serán publicadas en la

página web de esta Secretaria, bajo el link www.ssplan.gob.ar.", considerando que el

expediente electrónico contribuye a dotar a los procesos de mayores niveles de

eficiencia, transparencia y accesibilidad para su control, así como realizar aplicaciones

mucho más complejas en relación al expediente en formato papel; tales como permitir,

vincular documentos que resulten relevantes para la comprensión de un asunto, de

modo de acceder a toda la información que directa e inmediatamente están

relacionados con aquel, independientemente de su localización.

Que para ello instruyó a todas las Direcciones Generales a su cargo a establecer los

procedimientos que correspondieren a los efectos de que todos los trámites que se

realicen ante las mismas, puedan llevarse a cabo bajo la modalidad del Sistema de

Tramite a Distancia (TAD), y que toda la documentación que se presente en sus

dependencias se realice en formato digital.

Que el sistema TAD permite una comunicación directa con el iniciador del trámite,

facilitando las notificaciones de observaciones, su cumplimiento mediante la

agregación a distancia de documentación y/o otras circunstancias inherentes a la

tramitación contribuyendo a la celeridad de las tramitaciones.

Que actualmente existe una única trata para tres trámites de características muy

diversas;

Que es necesaria la segmentación de estos trámites para ordenar el trabajo de las

gerencias operativas con el fin de permitir un mayor control en la gestión de los

expedientes;

Que es menester separar los mismos dadas sus diferencias en cuanto a

documentación, metodología de trabajo y duración de cada uno de dichos trámites;

Que cada una de las tratas posee circuitos de registro, control y emisión de

documentación para certificar o informar al ciudadano diferentes;

Que actualmente son caratulados de manera externa más de 2000 expedientes por

año para los trámites en cuestión;

Que considerando el carácter particular de este tipo de trámites y teniendo en cuenta

que los ciudadanos son quienes inician los mismos el tipo de caratulación deberá ser

de carácter externo y los mismos ingresarán vía TAD (sistema de tramitación a

distancia);

Que, por lo expuesto, la Secretaría General solicita la creación de las tratas "Consulta

de Uso", "Consulta de Morfología Urbana" y "Consulta de Patrimonio Arquitectónico"

para la DGIUR (Dirección General de Interpretación Urbanística),

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

DISPONE:

Artículo 1°.- Creasen las tratas "Consulta de Uso", "Consulta de Morfología Urbana" y

"Consulta de Patrimonio Arquitectónico".-

Artículo 2°.- Dese intervención a la Secretaria de Legal y Técnica a los efectos del

artículo 1° de la presente.-

Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Copola

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 Disposición 787-DGIUR-18 crea  tratas Consulta de Uso, Consulta de Morfología Urbana y Consulta de Patrimonio Arquitectónico, en el marco del nomenclador aprobado por Resolución 16-SECLYT-16.</p>