RESOLUCIÓN 31 2024 OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA

Síntesis:

APRUEBA - CREACIÓN DE TRATA RESERVADA - DENUNCIA - RÉGIMEN DE INTEGRIDAD PÚBLICA - OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA - GESTIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS - SADE

Publicación:

09/01/2025

Sanción:

04/06/2024

Organismo:

OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA


VISTO: La Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 589/09, la

Resolución N° 130- SECLYT/14 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N°

21.708.927-GCABA-OFIP/24, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Resolución N° 130-SECLYT/14 y sus modificatorias se aprobó el

"Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas" el que en su Anexo II

regula el procedimiento para la generación de documentos y tratas con carácter

reservado;

Que el Sistema SADE permite a todo usuario acceder a cualquier documento que se

genere, inclusive tratándose de información producida en otros Organismos y

dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, motivo por el

cual corresponde arbitrar los medios necesarios para contar con documentación

reservada a fin de dar cumplimiento a diversas previsiones legales en el marco de la

Ley N° 6.357 de Régimen de Integridad Pública;

Que, por su parte, corresponde guardar confidencialidad en los casos donde esta

Oficina de Integridad Pública inicia actuaciones tendientes a determinar si se ha

cometido un posible incumplimiento al Régimen de Integridad Pública, que puede

referir a un delito o falta administrativa que involucre al Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, sus Organismos, Comunas, órganos de control, entre

otros;

Que, asimismo, el contenido que aportará eventualmente el requerido podría contener

información sensible o reservada la cual tiene carácter confidencial, siendo por ello

necesario garantizar dicha confidencialidad y evitar que la misma se divulgue;

Que por el artículo 62 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se

establece, entre las competencias de la Oficina de Integridad Pública, la de recibir

denuncias por presuntos incumplimientos a la presente Ley, debiendo preservarse la

identidad del denunciante;

Que, por ello, resulta necesario garantizar los principios que rigen este tipo de

procedimientos como así también la seguridad de cierta información que se pueda

requerir en dichos procesos, a fin de resguardar la integridad de la información

presentada por el/la requerido/a y preservar los procedimientos llevados a cabo por la

Oficina de Integridad Pública;

Que, en tal sentido, deviene necesario crear una trata reservada para la tramitación de

las denuncias recibidas por esta Oficina de Integridad Pública.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la normativa vigente,

EL TITULAR

DE LA OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la creación de trata reservada "Denuncia - Régimen de

integridad Pública" para la tramitación de las denuncias recibidas por esta Oficina de

Integridad Pública en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 6.357

(texto consolidado por Ley N° 6.588), con los datos consignados en el Anexo I (IF-

2024-21941384-GCABA-OFIP) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Eficiencia Administrativa. Cumplido, archívese.

Moro


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 31/OFIPP/2024 aprueba la creación de trata reservada Denuncia - Régimen de integridad Pública para la tramitación de las denuncias recibidas por esta Oficina de Integridad Pública, integrando el Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución 16-SECLYT-16.<br /> </p>