DISPOSICIÓN 77 2019 DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO - APLICAR POLÍTICAS - ESTABLECER CONDICIONES JURÍDICAS Y CONTRACTUALES - GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA - ORIGEN RENOVABLE - USUARIOS DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN - SE CREA - TRATA - GESTIÓN DE SUMINISTRO ENERGÍA DISTRIBUIDA - SE DA INTERVENCION - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Publicación:
26/06/2019
Sanción:
21/06/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO la Ley N° 3304/09, EL Decreto N° 589/09, Ley Nacional N° 27424 y sus
reglamentarias y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 3304/09 estableció el Plan de Modernización de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administración;
Que, entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: "Orientar la
Administración al servicio de los ciudadanos a través de una gestión transparente y de
canales efectivos de participación y control ciudadano" y "promover e introducir el uso
de las nuevas tecnologías de información y comunicación de manera de responder
con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad";
Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha ley plantea
como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la
normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los
fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la
reducción de los plazos en las tramitaciones";
Que, por el Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de
caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las
actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, la ley Nacional N° 27.424 y su modificatoria tiene por objeto fijar las políticas y
establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía
eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su
autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red, y establecer la
obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha
inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución;
Que, en el Art. 40 de la Ley de referencia se invita a las provincias y a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley y dictar las normas
reglamentarias para la aplicación de la misma en el ámbito de su competencia;
Que, en tal sentido resulta oportuno aprobar un procedimiento que permita aplicar y
llevar adelante las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para
la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red
de distribución;
Que, a tales efectos, es necesario crear la Trata para la tramitación de las actuaciones
relacionadas con el referido procedimiento;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Apruébese el procedimiento que permita aplicar y llevar adelante las
políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de
energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, el
que como ANEXO (IFGRA-2019-20006406-DGTALMEF) forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Créase la trata "Gestión de suministro- energía distribuida" las cuales
tramitarán ante ésta Dirección General.-
Artículo 3°.- Dese intervención a la Secretaría Legal y Técnica a los efectos del artículo
1° de la presente.-
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Delgado