RESOLUCIÓN 155 2018 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

CREACIÓN DE TRATA AGIP PROYECTOS DE RESOLUCIÓN - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - TRATA RESERVADA - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES - GEDO - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA - SADE - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA - RENTAS - ANÁLISIS FISCAL - DE RELACIONES INSTITUCIONALES - DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL - DE ESTADÍSTICA Y CENSOS Y UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBDIRECCIONES GENERALES TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN OPERATIVA Y DE COMUNICACIÓN - NUEVOS MEDIOS - CALIDAD DE RESPUESTA

Publicación:

12/06/2018

Sanción:

08/06/2018

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

LOS TÉRMINOS DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 1510/97 Y SUS

MODIFICATORIAS (TEXTO CONSOLIDADO POR LEY N° 5666 - BOCBA N° 5014),

LAS LEYES N° 2603 Y N° 3304 (TEXTOS CONSOLIDADOS POR LEY N° 5666), EL

(BOCBA N° 4371), Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 59 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado

según Ley N° 5666) contempla la existencia de actuaciones, diligencias, informes o

dictámenes de carácter reservado o secreto;

Que el citado carácter reservado se declara mediante decisión fundada del respectivo

Subsecretario del Ministerio o del titular del ente descentralizado de que se trata,

previo asesoramiento del servicio jurídico correspondiente;

Que por medio de la Ley N° 2603 se procedió a la creación de la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), como el ente autárquico de

administración y gestión del Sistema Estadístico y Tributario del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con las políticas y normas vigentes;

Que por otra parte, por medio de la Ley N° 3304 se ha creado un Plan de

Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, promoviéndose el denominado "Gobierno Electrónico" y la aplicación de

nuevas tecnologías de la información y comunicación;

Que mediante el Decreto N° 196/2011 se procedió a la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos del apartado 4 del punto 6.3. "Digitalización

de Procesos Administrativos", contenido en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley

N° 3.304, relativo al "Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y

Comunicación";

Que complementariamente, la Resolución N° 130/SECLYT/2014 prevé en su Anexo el

Procedimiento para la Generación de Documentos y Tratas con carácter reservado;

Que en el ejercicio de sus facultades de recaudación, determinación y fiscalización,

esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos dicta normas generales

obligatorias para los responsables y terceros, reglamentando la situación de aquellos

frente a la administración tributaria;

Que asimismo, en uso de las atribuciones de organización y reglamentación del

funcionamiento interno conferidas por el artículo 13, inciso e), de la Ley N° 2603, este

Organismo dicta normas vinculadas con su estructura orgánico funcional, modifica

circuitos administrativos y realiza ceses y designaciones en los diversos cargos de

conducción;

Que en virtud de la tramitación de los proyectos normativos por medio de los Módulos

Expediente Electrónico (EE) y Generador Electrónico de Documentos Oficiales

(GEDO), resulta eventualmente posible el conocimiento previo de las condiciones,

modalidades y requisitos que eventualmente impondrá este Organismo en ejercicio de

sus funciones por parte de sujetos ajenos a su ámbito;

Que en determinadas circunstancias, el acceso y potencial divulgación discrecional de

dicha información en forma previa a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad

de Buenos Aires, podría afectar los resultados económicos de las mismas e implicar

una afectación del principio de igualdad de los contribuyentes, el cual se halla

consagrado en el artículo 16 de la Constitución Nacional de la República Argentina y

en el artículo 51 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

Que es objetivo de esta Administración Gubernamental asegurar el acceso a la

información por parte de los contribuyentes en condiciones de igualdad y equidad,

propendiendo al máximo respeto de los principios y garantías constitucionales y

afianzando el vínculo Fisco - Contribuyente.

Por ello y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Creáse la trata "AGIP Proyectos de Resolución" para los Expedientes

Electrónicos mediante los cuales tramitan proyectos de Resolución que revistan las

características enunciadas en CONSIDERANDO.

Artículo 2.- Establécese con carácter de reservado el uso de la trata "AGIP Proyectos

de Resolución" para la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y sus

Direcciones Generales Legal y Técnica, de Rentas, de Análisis Fiscal, de Relaciones

Institucionales, de Planificación y Control, de Estadística y Censos y Unidad de

Auditoría Interna y sus Subdirecciones Generales Técnica Administrativa y de Gestión

Operativa y de Comunicación, Nuevos Medios y Calidad de Respuesta.

Artículo 3.- Requiérase de los Organismos pertinentes las gestiones necesarias a fin

de implementar la trata solicitada en los artículos precedentes y de habilitar a los

usuarios SADE que deberán intervenir en la citada trata con la correspondiente

autorización de visualización de dichos expedientes electrónicos por Sector o por

Repartición.

Artículo 4.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Administración Gubernamental

de Ingresos Públicos. Pase a las Direcciones Generales Legal y Técnica, de Rentas,

de Análisis Fiscal, de Relaciones Institucionales, de Planificación y Control, de

Estadística y Censos y Unidad de Auditoría Interna y a las Subdirecciones Generales

Técnica Administrativa y de Gestión Operativa y de Comunicación, Nuevos Medios y

Calidad de Respuesta para su conocimiento y demás efectos. Cumplido archívese.

Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 155-AGIP-18 crea la trata AGIP Proyectos de Resolución, para los Expedientes<br />Electrónicos mediante los cuales tramitan proyectos de Resolución que revistan las características enunciadas, en el marco del Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución 16-SECLYT-16.</p>