RESOLUCIÓN 208 2016 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA

Síntesis:

CREA EL SUBPROGRAMA DE CESIÓN DE DERECHOS POSESORIOS SOBRE CONSTRUCCIONES DE LA VILLA 31 Y 31 BIS Y SAN MARTÍN - LEY 3343 - URBANIZACIÓN - PLAN MAESTRO DE URBANIZACIÓN INTEGRAL RETIRO PUERTO - INTEGRACIÓN - VILLA 31 Y 31 BIS - SAN MARTIN - ZONA PORTUARIA - DISEÑO DE ESTRATEGIAS - PLANES POLÍTICAS - PROYECTOS - PROGRAMA INTEGRAL DE MEJORAMIENTO PARTICIPACIÓN Y GESTIÓN DE LOS BARRIOS - SECRETARIA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - READECUACIÓN ESPACIOS HABITACIONALES - OBRAS DE URBANIZACIÓN - NUEVA TRAZA DE AUTOPISTA ARTURO ILLIA - INMUEBLES - ÁREAS ESTRATEGICAS - FUNCIONES GUBERNAMENTALES - ASISTENCIALES - MODELO DE CONVENIO DE CESIÓN DE DERECHOS POSESORIOS - AFECTACIÓN DE FONDOS - SECRETARIA DE INTEGRACIÓN SOCIAL

Publicación:

02/01/2017

Sanción:

26/12/2016

Organismo:

SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 3.343 (Texto

consolidado por Ley N° 5.454) y 5.460, el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, la

Resolución N° 442-MJGGC/16 y el Expediente N° 27512814-SSPYGC/16, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 3.343, se dispuso la urbanización del polígono correspondiente a la

Villa 31 y 31 bis, según plano que integra su Anexo I, con criterios de radicación

definitiva;

Que, por su parte, la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires, y, por el Decreto N° 363/GCABA/15 se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

creándose en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría de

Integración Social y Urbana, la cual tiene entre sus responsabilidades primarias, la

coordinación del plan maestro de urbanización integral Retiro Puerto, promoviendo la

interconectividad e integración del entramado urbano entre las Villas 31 y 31 bis y San

Martín, la zona portuaria y la Ciudad, asi como el diseño de estrategias, planes,

políticas y proyectos vinculados a la integración urbana, y económicas de las

mencionadas Villas;

Que, mediante Resolución N° 442-MJGGC/16 se creó el "Programa Integral de

Mejoramiento, Participación y Gestión de los Barrios 31, 31 Bis y San Martín", en el

ámbito de la Secretaría de Integración Social y Urbana de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con el objeto de

cumplir con las responsabilidades primarias asignadas a este nivel de organización;

Que, en tal contexto y en razón a las prescripciones de la Ley N° 3.343, corresponde

al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la realización de las actividades tendientes

al cumplimiento de los objetivos de la misma, hasta tanto se efectivice la transferencia

dominial de los predios alcanzados por la norma;

Que, en orden a ello, el artículo 9° de la mentada Ley, dispone que su implementación

deberá garantizar una solución habitacional de características similares, dentro del

polígono establecido en su Artículo 1°, a los actuales habitantes cuyas viviendas

necesiten ser relocalizadas;

Que, en orden a la necesidad de readecuar los espacios habitacionales a las obras de

urbanización en actual ejecución y a ejecutarse, deviene necesario crear un

Subprograma en el marco del Programa creado por la Resolución N° 442-MJGGC/16,

mediante el cual se posibiliten cesiones de derechos posesorios sobre viviendas

actualmente existentes en el polígono establecido en el Artículo 1° de la Ley N° 3.343,

por parte de sus actuales poseedores;

Que, dicha medida responde a la necesidad de no resentir ni dilatar las acciones

previstas en la norma precitada, permitiendo abordar una urgente solución a diversas

problemáticas no previstas oportunamente en la Ley N° 3.343, ya que por su

naturaleza, a la fecha constituyen un obstáculo para el cumplimiento de la misma;

Que, entre tales circunstancias, es dable señalar la situación de aquellos habitantes

afectados por la nueva traza prevista para la Autopista Arturo Illia, los cuales deben

ser relocalizados, principalmente dentro del sector, así como también, la situación de

los inmuebles que, a la fecha, se encuentran en áreas estratégicas definidas por esta

administración, para el cumplimiento de funciones gubernamentales y o asistenciales

publicas dentro de la Villa 31 y 31 bis y San Martín, todos ellos extremos que requieren

del diseño de mecanismos extraordinarios que complementen los previstos por la

normativa vigente a fin de poder concretar los objetivos de la ley.

Por ello y en uso de las facultades previstas en la Resolución N° 442-MJGGC/16,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el Subprograma de Cesión de Derechos Posesorios sobre

Construcciones de la Villa 31 y 31 Bis y San Martín, conforme el Anexo I (IF-

27553106-SSPYGC/16), en el marco del "Programa Integral de Mejoramiento,

Participación y Gestión de los Barrios 31, 31 Bis y San Martín" creado por Resolución

N° 442-MJGGC/16, el cual, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruebase el modelo de Convenio de Cesión de Derechos Posesorios a

suscribir en el marco del Subprograma creado en el artículo precedente, el cual, como

Anexo II (IF-27553890-SSPYGC/16), forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Previo a la suscripción de cada uno de los Convenios de Cesión de

Derechos Posesorios, conforme el modelo aprobado por el artículo precedente, deberá

efectuarse la afectación de fondos con cargo al ejercicio presupuestario

correspondiente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretarías de Infraestructura Urbana y Coordinación

Gubernamental y de Planeamiento y Gestión Comunitaria, y para su conocimiento y

demás efectos, remítase al área administrativa de la Secretaría de Integración Social y

Urbana. Cumplido, archívese. Fernández


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5038

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 208-SECISYU-2016, crea el Subprograma de Cesión de Derechos Posesorios sobre Construcciones de la Villa 31 y 31 bis y San Martin, en el marco del Programa aprobado por la Resolución 442-MJGGC-2016.</p>