ORDENANZA 50250 1995
Síntesis:
MODIFICA EL CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - LOCALES DE BAILE - PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO - CERTIFICADO DE HABILITACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE BOMBEROS DE LA POLICÍA FEDERAL
Publicación:
17/01/1996
Sanción:
08/12/1995
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
08/02/1996
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícase el artículo 10.2.3, inciso a) del Código de Habilitaciones y Verificaciones (Ordenanza N° 33.266, B.M. N° 17.226) que quedará redactado de la siguiente manera:
10.2.3: Estos locales se ajustarán a los siguientes requisitos especiales:
a) No podrán funcionar hasta contar con el certificado de habilitación respectivo. Para el otorgamiento del mismo, se requerirá una certificación de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal, para la verificación del completo cumplimiento de la normativa de la Ley N° 19.587.
La certificación deberá ser renovada anualmente, y ante refacciones o cambios en el local, que puedan afectar las condiciones de seguridad aprobada por la certificación de la Repartición habilitada para ello.
Ante la falta de cumplimiento de estas condiciones, se determinará la inmediata clausura del local en infracción, por medio del organismo de competencia.
Art. 2° - Comuníquese, etcétera.