ORDENANZA 50250 1995

Síntesis:

MODIFICA EL CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - LOCALES DE BAILE - PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO - CERTIFICADO DE HABILITACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE BOMBEROS DE LA POLICÍA FEDERAL

Publicación:

17/01/1996

Sanción:

08/12/1995

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/02/1996

Estado:

No vigente


El Honorable Concejo Deliberante

de la Ciudad de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Modifícase el artículo 10.2.3, inciso a) del Código de Habilitaciones y Verificaciones (Ordenanza N° 33.266, B.M. N° 17.226) que quedará redactado de la siguiente manera:

10.2.3: Estos locales se ajustarán a los siguientes requisitos especiales:

a) No podrán funcionar hasta contar con el certificado de habilitación respectivo. Para el otorgamiento del mismo, se requerirá una certificación de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal, para la verificación del completo cumplimiento de la normativa de la Ley N° 19.587.

La certificación deberá ser renovada anualmente, y ante refacciones o cambios en el local, que puedan afectar las condiciones de seguridad aprobada por la certificación de la Repartición habilitada para ello.

Ante la falta de cumplimiento de estas condiciones, se determinará la inmediata clausura del local en infracción, por medio del organismo de competencia.

Art. 2° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ordenanza 50250, modifica el artículo 10.2.3, inciso a) del Código de Habilitaciones y Verificaciones, aprobado por Ordenanza 33266.</p>
PROMULGADA POR