RESOLUCIÓN 156 2016 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Síntesis:
INSTRUYE A AGENTES - GERENTES - GERENCIAS OPERATIVAS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - FUNCIONES PARA MODIFICAR EL PADRÓN AUTOMOTOR - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES -SAI - CONTROL DE TRÁMITES DE AGENTES A SU CARGO - INGRESADO EN SOLAPA DOCUMENTAR TRANSFERENCIAS - RESPONSABILIDAD DE CADA ÁREA RESGUARDAR DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO - TÉRMINO CINCO AÑOS - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
Publicación:
06/01/2017
Sanción:
21/03/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
VISTO:
la Resolución N° 28-SSJUS-2014 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad los trámites de modificación al padrón automotor en el Sistema
de Administración de Infracciones (SAI) realizados por las distintas áreas de la
Dirección General de Administración de Infracciones son controlados y registrados por
el Departamento Padrón Automotor, Discapacidad y Reclamos, dependiente de la
Gerencia Operativa de Gestión de Operaciones;
Que dicho Departamento no posee injerencia en el control de las gestiones realizadas
por el personal de otras subgerencias sino que corresponde a los responsables de
cada área la instrucción respecto a los procedimientos y el control de los trámites
realizados por los agentes a su cargo, debiendo velar y resguardar el correcto
desarrollo de las misiones y funciones del área en cuestión;
Que por ello, con el objeto de establecer mecanismos para una mejor organización y
trazabilidad, resulta necesario modificar el procedimiento para el adecuado control y
registración de los trámites de modificación al padrón automotor en el Sistema de
Administración de Infracciones (SAI);
Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Instrúyase a los señores gerentes de las Gerencias Operativas de la
Dirección General de Administración de Infracciones con funciones para modificar el
padrón automotor en el Sistema de Administración de Infracciones (SAI), a realizar el
control de trámites de los agentes a su cargo que se realizaren en dicho sentido, el
que deberá ser ingresado en la solapa "Documentar Transferencias".
Artículo 2°.-Será responsabilidad de cada área el resguardo de la documentación de
respaldo por un término de cinco (5) años.
Artículo 3°.- Regístrese y gírese al Sr. Director de Administración de Infracciones para
su cumplimiento. Fecho, archívese. Enríquez