DECRETO 803 1999

Síntesis:

LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE DEPOSICIONES DE ANIMALES EN ESPACIOS PÚBLICOS - APROBACIÓN DE PLIEGOS DE BASE Y CONDICIONES GENERALES

Publicación:

28/04/1999

Sanción:

23/04/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 6.325-99, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.706-97 (B.O.C.B.A. N° 338) se han puesto en vigencia artículos de la Ordenanza N° 41.831 (B.M. N° 18.053) y el Decreto N° 4.854-91 (B.M. N° 19.153), normas fundamentales para la implementación de nuevas medidas y reglamentaciones que permitan solucionar los problemas que se generan en la actualidad con respecto a las deposiciones caninas en la vía pública;

Que por Expediente N° 60.686-98 se realizó el llamado a Concurso para la Adjudicación y Contratación Bajo el Régimen del Programa de Convenios de Colaboración, para la instalación, mantenimiento y vaciado de máquinas expendedoras de bolsas especiales para la recolección y depósito de las deposiciones caninas, no prosperando dicha iniciativa;

Que es necesario iniciar un proceso paulatino de concientización de buenas costumbres y cultura urbana, sobre la base del entendimiento de la responsabilidad personal de cada ciudadano como tenedor responsable del animal;

Que los servicios propuestos, además de paliar una demanda insatisfecha de los servicios de limpieza y recolección de las deposiciones de animales en los distintos espacios públicos, posibilitarán la contratación de contenedores y elementos especiales para la recolección de las deposiciones caninas, generando en los distintos espacios públicos, el hábito de recoger los excrementos, dada la posibilidad de tener todos los elementos necesarios a su disposición;

Que a tales efectos corresponde aprobar los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán la Licitación Pública para la contratación del servicios de limplieza y recolección de deposiciones de animales en espacios públicos;

Por ello, atento lo dictaminado en estas actuaciones por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, conforme con lo dispuesto en el citado Decreto N° 1.706-97 y en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Apruébanse los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán la Licitación Pública para la contratación del servicio de limplieza y recolección de deposiciones de animales en espacios públicos, que como Anexo I forman parte integante del presente.

Art. 2° Autorízase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública con tal objeto y conforme a la documentación que se aprueba por el artículo precedente, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000.-).

Art. 3° Del citado importe, se imputará la suma de pesos seiscientos veinticinco mil ($ 625.000.-) en la Partida C.C. 3035350 del presupuesto en vigor, tomándose nota de la suma restante en los respectivos presupuestos a regir en los años 2000 y 2001.

Art. 4° El precio de los pliegos respectivos será de pesos un mil quinientos ($ 1.500), los cuales pueden ser consultados y adquiridos en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito sita en Carlos Pellegrini 291, piso 9°, de lunes a viernes de 9 a 16 horas, donde los interesados podrán formular por escrito las consultas.

Art. 5° La presentación y apertura de ofertas se efectuará en el lugar indicado en el artículo anterior, en fecha y hora a determinar, que será publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires durante los plazos establecidos por el artículo 10 de la Ley N° 13.064.

Art. 6° La Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito adoptará los recaudos que fuere menester a los fines previstos en los artítulos 3° y 4° del presente decreto.

Art. 7° Deléganse en el Secretario de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito las facultades para emitir aclaraciones y modificaciones a la documentación aprobada pro el artículo 1°, designar miembros que constituyan la Comisión para el Análisis Técnico de las ofertas, y dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación, adjudicar y suscribir el pertinente contrato.

Art. 8° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito y de Hacienda y Finanzas.

Art. 9° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en correspondencia con el llamado, también en tres diarios de amplia circulación en el país, por el término de tres (3) días y para su conocimiento y demás efectos pase a las Secretarías de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito y de Hacienda y Finanzas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA