DECRETO 803 1999
Síntesis:
LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE DEPOSICIONES DE ANIMALES EN ESPACIOS PÚBLICOS - APROBACIÓN DE PLIEGOS DE BASE Y CONDICIONES GENERALES
Publicación:
28/04/1999
Sanción:
23/04/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 6.325-99, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.706-97 (B.O.C.B.A. N° 338) se han puesto en vigencia artículos de la Ordenanza N° 41.831 (B.M. N° 18.053) y el Decreto N° 4.854-91 (B.M. N° 19.153), normas fundamentales para la implementación de nuevas medidas y reglamentaciones que permitan solucionar los problemas que se generan en la actualidad con respecto a las deposiciones caninas en la vía pública;
Que por Expediente N° 60.686-98 se realizó el llamado a Concurso para la Adjudicación y Contratación Bajo el Régimen del Programa de Convenios de Colaboración, para la instalación, mantenimiento y vaciado de máquinas expendedoras de bolsas especiales para la recolección y depósito de las deposiciones caninas, no prosperando dicha iniciativa;
Que es necesario iniciar un proceso paulatino de concientización de buenas costumbres y cultura urbana, sobre la base del entendimiento de la responsabilidad personal de cada ciudadano como tenedor responsable del animal;
Que los servicios propuestos, además de paliar una demanda insatisfecha de los servicios de limpieza y recolección de las deposiciones de animales en los distintos espacios públicos, posibilitarán la contratación de contenedores y elementos especiales para la recolección de las deposiciones caninas, generando en los distintos espacios públicos, el hábito de recoger los excrementos, dada la posibilidad de tener todos los elementos necesarios a su disposición;
Que a tales efectos corresponde aprobar los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán la Licitación Pública para la contratación del servicios de limplieza y recolección de deposiciones de animales en espacios públicos;
Por ello, atento lo dictaminado en estas actuaciones por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, conforme con lo dispuesto en el citado Decreto N° 1.706-97 y en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),
Artículo 1° Apruébanse los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán la Licitación Pública para la contratación del servicio de limplieza y recolección de deposiciones de animales en espacios públicos, que como Anexo I forman parte integante del presente.
Art. 2° Autorízase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública con tal objeto y conforme a la documentación que se aprueba por el artículo precedente, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000.-).
Art. 3° Del citado importe, se imputará la suma de pesos seiscientos veinticinco mil ($ 625.000.-) en la Partida C.C. 3035350 del presupuesto en vigor, tomándose nota de la suma restante en los respectivos presupuestos a regir en los años 2000 y 2001.
Art. 4° El precio de los pliegos respectivos será de pesos un mil quinientos ($ 1.500), los cuales pueden ser consultados y adquiridos en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito sita en Carlos Pellegrini 291, piso 9°, de lunes a viernes de 9 a 16 horas, donde los interesados podrán formular por escrito las consultas.
Art. 5° La presentación y apertura de ofertas se efectuará en el lugar indicado en el artículo anterior, en fecha y hora a determinar, que será publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires durante los plazos establecidos por el artículo 10 de la Ley N° 13.064.
Art. 6° La Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito adoptará los recaudos que fuere menester a los fines previstos en los artítulos 3° y 4° del presente decreto.
Art. 7° Deléganse en el Secretario de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito las facultades para emitir aclaraciones y modificaciones a la documentación aprobada pro el artículo 1°, designar miembros que constituyan la Comisión para el Análisis Técnico de las ofertas, y dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación, adjudicar y suscribir el pertinente contrato.
Art. 8° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito y de Hacienda y Finanzas.
Art. 9° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en correspondencia con el llamado, también en tres diarios de amplia circulación en el país, por el término de tres (3) días y para su conocimiento y demás efectos pase a las Secretarías de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito y de Hacienda y Finanzas.