RESOLUCIÓN 669 2003 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
AUTORIZA AL INSTITUTO PRIVADO DE NATACIÓN Y DEPORTES Y A LOS INSTITUTOS DE NIVEL SUPERIOR QUE LO SOLICITEN, LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS FORMACIÓN DE ENTRENADOR O DIRECTOR TÉCNICO SUPERIOR EN DEPORTES Y ACTIVIDAD FÍSICA
Publicación:
10/04/2003
Sanción:
24/03/2003
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Carpeta N° 716/SED/02, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Art. 2° de la Resolución N° 633/SED/00 (B.O.C.B.A. N° 960, 9/6/00), se autorizó la implementación del Plan de Estudios de Formación de Entrenador o Director Técnico Superior en Deportes y Actividad Física, en el Instituto Superior de Deportes a partir del Ciclo Básico y Ciclo Medio y, a partir de 2001, para el Ciclo Superior;
Que el Instituto Privado De Natación y Deportes (A-1231) por las presentes actuaciones solicita la autorización para implementar el citado Plan de Estudios, en ese establecimiento de enseñanza privada incorporado a la enseñanza oficial;
Que la Subsecretaría de Educación consideró que, dado el carácter público de los Planes de Estudios aprobados para los establecimientos de gestión estatal corresponde acceder a lo solicitado por el Instituto Privado De Natación y Deportes (A-1231);
Que las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada, de Planeamiento y de Coordinación Legal e Institucional han tomado la intervención que les compete,
Por ello, y en uso de las facultades que surgen del Art. 1° de la Ley N° 33,
Artículo 1° - Autorízase al Instituto Privado De Natación y Deportes (A-1231) la implementación del Plan de Estudios Formación de Entrenador o Director Técnico Superior en Deportes y Actividad Física, el que se encuentra comprendido por un Ciclo Básico, un Ciclo Medio y un Ciclo Superior, destinados, respectivamente, a la formación de Instructor Monitor Técnico Deportivo, Entrenador Técnico Deportivo y Entrenador Técnico Deportivo Superior, conforme la Resolución N° 633/SED/00 (B.O.C.B.A. N° 960, 9/6/00).
Artículo 2° - Hágase extensiva la implementación autorizada en el Art. 1° de la presente, a todos los Institutos de Nivel Superior Incorporados a la Enseñanza Oficial y Supervisados por la Dirección General de Educación de Gestión Privada, que soliciten la aplicación del mencionado Plan de Estudios, los que deberán cumplimentar, a tales efectos, con los requisitos establecidos en el Régimen de Incorporación (aprobado por Decreto N° 371/64).
Artículo 3° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, a las Direcciones Generales de Educación, de Educación Superior, de Planeamiento, de Coordinación Financiera y Contable, de Coordinación Legal e Institucional. Para demás efectos y puesta en conocimiento del establecimiento interesado pase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Filmus