RESOLUCIÓN 2 2017 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS

Síntesis:

APRUEBA PLAN OPERATIVO -  AMENAZA OLA DE CALOR - PLAN INUNDACIONES - PRECIPITACIONES - ACCIONES PREVENTIVAS - OPERATIVAS - FUNCIONES - RESPONSABILIDADES - JEFE OPERATIVO -  CUERPO DE BOMBEROS - SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD 

Publicación:

18/01/2017

Sanción:

10/01/2017

Organismo:

SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS

Estado:

No vigente


VISTO:

Las leyes Nros. 5460 y 5688; Decreto 695/GCABA/09, Decreto 363/GCABA/15 y

Decreto 675/GCABA/16, el Expediente N° 12680694-MGEYA-SSEMERG-2016, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5460 en su Artículo 18, inciso 15, impone al Ministerio de Justicia y

Seguridad, entre otras obligaciones, la de implementar un sistema coordinado y único

de emergencias, catástrofes y siniestros,

Que el Decreto 675/16 dispone, entre las responsabilidades de la Subsecretaría de

Emergencias, la de entender en los planes de respuesta ante emergencias dentro de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el mismo Decreto, de esta manera, estipula que la Subsecretaría de Emergencias

debe generar un programa de mejora continua del sistema coordinado y único de

emergencias;

Que en relación a ello, debe planificar, diseñar e implementar políticas, planes,

procedimientos y metodologías de control y vigilancia de emergencia y comunicarlos a

la ciudadanía;

Que, mediante el Decreto 695/09, con la finalidad de disponer de herramientas

eficaces para resolver en la práctica los problemas reales que se suscitan frente a

amenazas en la ciudad y en virtud de la existencia de un proyecto integral y

participativo para todas la aéreas involucradas ante una situación de emergencia, se

aprueba el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en la norma mencionada se estipula que la Subsecretaría de Emergencias, es la

autoridad de aplicación del Plan Director de Emergencias;

Que, asimismo, se faculta a la Subsecretaría de Emergencias a dictar las normas

complementarias y aclaratorias que sean necesarias para la implementación de dicho

Plan;

Que en el mencionado Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, las áreas integrantes de este Plan desarrollarán los Planes Operativos

correspondientes elevándolos a la autoridad de aplicación para su aprobación y

posterior incorporación definitiva;

Que en virtud de la presentación por parte del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de

Buenos Aires, creado mediante Ley N° 5688 en el marco del Sistema Integral de

Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la Subsecretaría de

Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad; de Planes Operativos

de Emergencias, correspondientes a las amenazas "Ola de Calor" y de

"Inundaciones", surge la necesidad de receptar los mismos, aprobarlos e incorporarlos

al Plan Director de Emergencias;

Que resulta de importancia primordial mantener actualizado el sistema de

emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para promover el ordenamiento

y la cooperación entre las actividades de distintas áreas del Gobierno, con el fin de

generar un modelo de atención de emergencias efectivo e inmediato;

Por ello y en uso de facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Apruébase el Plan Operativo correspondiente a la amenaza "Ola de

calor", del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la

Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, integrante del

Plan Director que como Anexo I (IF-2016-26509948-SSEMERG) se adjunta y forma

parte de la presente norma.

ARTICULO 2: Apruébase el Plan Operativo correspondiente a la amenaza

"Inundaciones", del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente

de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, integrante

del Plan Director que como Anexo II (IF-2016-26509150-SSEMERG) se adjunta y

forma parte de la presente norma.

ARTÍCULO 3: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase copia al Cuerpo

de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General Planeamiento de

Emergencia y Coordinación de Bomberos a los fines de que tomen conocimiento de la

mencionada aprobación. Cumplido, archívese. Nicolás


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5050

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 Resolución 191-SSEMERG-17 deroga Resolución 2-SSEMERG-17.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución  2-SSEMERG-2017, aprueba e incorpora el Plan Operativo Ola de Calor en el marco del Decreto 695-2009</p><p>Art. 2 aprueba el Plan Operativo Inundaciones, al Plan Director de Emergencias </p>