RESOLUCIÓN 214 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
AMPLÍAN LOS TÉRMINOS DEL INCISO B ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN 446-MHGC-16 - MONTO - ASIGNACIÓN DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EN CONCEPTO BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA - AGENTES - PERSONAL DE PLANTA DE GABINETE - PRESUPUESTO - EXCEDENTE - NO UTILIZADAS - PAUTAS PARA LA DISTRIBUCIÓN - LÍMITE - DOS REMUNERACIONES BRUTA NORMAL Y HABITUAL - CIERRE DE CADA EJERCICIO
Publicación:
23/01/2017
Sanción:
18/01/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
Las Leyes Nros.471 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), 5.460 y modificatoria, el
Decreto N° 363/15 y modificatorios, las Resoluciones Nros.446-MHGC/16 y 2262-
SSGRH/16, y el Expediente Electrónico N° 2017-01928094-MGEYA-DGPLYCO, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 44 de la Ley N° 471 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) establece
que el régimen de prestación de servicios de los trabajadores de Gabinete de las
Autoridades Superiores estará reglamentado por el Poder Ejecutivo;
Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria establece que corresponde el Ministro de
Hacienda "Diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la política salarial del
Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires";
Que mediante el Decreto N° 363/15 se aprueba el Régimen Modular de Plantas de
Gabinete de las Autoridades Superiores, que se integra con las Unidades Retributivas
allí indicadas;
Que la Resolución N° 446-MHGC/16, reglamenta la aplicación del excedente de
Unidades Retributivas del Régimen Modular de Plantas de Gabinete asignadas y no
utilizadas;
Que en tal sentido, la citada Resolución en su artículo 1° inciso b) establece las pautas
para la distribución del excedente de las Unidades Retributivas del Régimen Modular
asignadas y no utilizadas en los términos del mencionado Decreto, mediante el
concepto denominado "Bonificación Extraordinaria";
Que la Resolución N° 2262-SSGRH/16, aprueba el procedimiento administrativo para
la asignación de la Bonificación Extraordinaria";
Que por su parte, resulta pertinente establecer un criterio a los efectos de definir el
monto máximo a percibir por los agentes beneficiarios de la "Bonificación
Extraordinaria" en relación a la retribución mensual en cada caso;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos ha tomado intervención de su
competencia.
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Amplíanse los términos del inciso b) del Artículo 1° de la Resolución N°
446-MHGC-16, dejándose establecido que el monto de Unidades Retributivas a
asignar en concepto "Bonificación Extraordinaria", no podrá superar la suma
equivalente a 2 (dos) remuneraciones bruta normal y habitual que el agente percibiera
al momento de cierre de cada ejercicio.
Artículo 2° .-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del
Poder Ejecutivo, o equivalentes según Jurisdicción, y a los Organismos
Descentralizados y Entes Autárquicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y
remítase a la Dirección General Planificación y Control Operativo. Cumplido,
archívese. Mura