RESOLUCIÓN 100 2017 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTRO DE HACIENDA - APROBACIÓN - ADECUACIÓN PROVISORIA DE PRECIOS - CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA  - SERVICIOS DE MANTENIMIENTO - CONTRATACIONES - LICITACIONES - SERVICIOS PÚBLICOS - SUMINISTROS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Publicación:

02/02/2017

Sanción:

27/01/2017

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO:

Ley nacional N° 13.064, la Ley N° 2.809 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el

Decreto N° 127/GCABA/2014, la Resolución N° 601/MHGC/2014, el Expediente

Electrónico N° 3.529.340/MGEyA-DGLTACDN/2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.809 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece el Régimen de

Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública regidos por la

Ley nacional N° 13.064 y a los contratos de servicios, de servicios públicos y de

suministros en los cuales expresamente se establezca la aplicación de dicha norma;

Que a través del artículo 2° del Decreto N° 127/GCABA/2014, reglamentario de la

citada ley, se encomendó al Ministerio de Hacienda la aprobación de la Metodología

de Adecuación Provisoria y Redeterminación Definitiva de Precios, como así también

la fijación del porcentaje de variación promedio de referencia necesario para habilitar

el procedimiento de redeterminación de precios de los contratos;

Que asimismo, el artículo 6° del citado Decreto establece que el titular de la

Jurisdicción comitente podrá delegar en el Ministro de Hacienda o en funcionarios con

rango no inferior a Director General, la aprobación de las adecuaciones provisorias de

precios que deban efectuarse en los contratos de obra pública, de servicios de

mantenimiento regidos por la Ley nacional N° 13.064, de servicios, de servicios

públicos y de suministros;

Que mediante la Resolución N° 601/MHGC/2014 se establecieron las pautas básicas a

las que deberá ajustarse el procedimiento de adecuaciones provisorias y de

redeterminación definitiva de precios de los mencionados contratos;

Que la Dirección General Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de

Hacienda posee, entre sus responsabilidades primarias, actuar como autoridad de

aplicación del Sistema de Redeterminación de Precios del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que por IF N° 3.606.045/DGLTACDN/2017, obrante en el Expediente Electrónico N°

3.529.340/MGEyA-DGLTACDN/2017, la titular de la Dirección General Legal, Técnica

y Administrativa de este Consejo propicia la delegación de las adecuaciones

provisorias de precios a efectuar en los contratos de obra pública, de servicios de

mantenimiento regidos por la Ley nacional N° 13.064, de servicios, de servicios

públicos y de suministros de este Organismo en el Ministro de Hacienda, en virtud de

lo establecido en el Decreto indicado;

Que en consideración de la competencia asignada al Ministro de Hacienda, y a los

fines de lograr una mayor eficacia en los trámites de aprobación de adecuaciones

provisorias de precios en los referidos contratos, resulta conveniente delegar en el

mencionado órgano tal función;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo por medio del

cual se aprueba la delegación de las adecuaciones provisorias de precios a efectuar

en los contratos de obra pública, de servicios de mantenimiento regidos por la Ley

nacional N° 13.064, de servicios, de servicios públicos y de suministros de este

Organismo en el Ministro de Hacienda, en virtud de lo establecido en el Decreto N°

127/GCABA/2014;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado por

Ley N° 5.666) y el Decreto N° 32/AJG/2016,

LA PRESIDENTE

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Delégase en el Sr. Ministro de Hacienda la aprobación de las

adecuaciones provisorias de precios que deban efectuarse en los contratos de obra

pública, de servicios de mantenimiento regidos por la Ley nacional N° 13.064, de

servicios, de servicios públicos y de suministros de este Consejo de los Derechos de

Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de

Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo. Cumplido, archívese.

Leguizamón

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 100-CDNNYA-17 delega en el Ministro de Hacienda, la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios que deban efectuarse en los contratos de obra pública, cuya regulación estableciera la Resolución 601-MHGC-14.</p>