DISPOSICIÓN 1 2017 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Síntesis:
APRUEBA PAUTAS DE ACTUACIÓN CONJUNTA - REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS Y LA DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES - CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS - CASAMIENTO - CASAMIENTOS - LA USINA DEL ARTE - CENTRO CULTURAL - SALA DE ESPECTÁCULOS - CRONOGRAMA - FECHAS Y HORARIOS - EDIFICIO HISTÓRICO
Publicación:
14/02/2017
Sanción:
06/02/2017
Organismo:
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
VISTO:
Ley Nacional N° 26.413, la Ley N° 5.460 y sus modificatorias, el Decreto N° 363/15
sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 675/16 y modificatorios, la
Disposición N° 77/DGRC/16, el Expediente N° 02986006/MGEYA-DGRC/17, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 418 del Código Civil y Comercial de la Nación, establece los requisitos
para considerar un matrimonio válido en la República Argentina, donde se prevé la
posibilidad de la celebración fuera de las oficinas del Registro Civil en los casos que
ese cuerpo normativo u otras normas específicas así lo establezcan;
Que la Ley Nacional N° 26.413 en su artículo 2° establece que el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas está organizado por los gobiernos provinciales y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estará a cargo de un Director General;
Que el mismo cuerpo normativo establece que el Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas es el organismo encargado de registrar todos los hechos
que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas en
la Ciudad Autónoma Buenos Aires, entre ellos el Matrimonio;
Que la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5460 y sus
modificatorias, en su artículo 8° establece dentro de las funciones de los Ministros, la
de coordinar con los demás Ministerios los asuntos de interés compartido de modo
que las propuestas resultantes constituyan soluciones integradas que armonicen con
la política general y sectorial del gobierno;
Que el Decreto N° 363/15 y modificatorios, asigna a la Dirección General Registro del
Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de
Gobierno, la administración del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y llevar el registro,
mantener los archivos y expedir copia de todo hecho o acto jurídico que de origen,
altere o modifique el estado civil y capacidad de las personas de acuerdo con lo
establecido en la Ley N° 14.586 y en la Ley N° 26.413, entre otras;
Que el Decreto N° 293/16, complementario del Decreto N° 363/15, establece la
estructura organizativa del Ministerio de Gobierno, determinando dentro de la órbita de
la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, a la
Gerencia Operativa de Registración, la que deberá intervenir en los asuntos relativos a
la tramitación de registros de matrimonios, oposiciones de matrimonios, uniones
civiles, expedición de partidas y libretas de matrimonio del año en curso y de años
anteriores, informaciones sumarias, coordinación de ceremonias de entrega de libretas
de matrimonio a domicilio y todos aquellos trámites en el marco de sus competencias;
Que el Decreto N° 675/16 y modificatorios, establece la estructura orgánica del
Ministerio de Cultura, determinando dentro de la órbita de la Dirección General
Festivales y Eventos Centrales, la de diseñar e implementar programas, actividades,
acciones y servicios artístico-culturales que se desarrollan en la Usina del Arte;
Que en este contexto, la Disposición N° 77/16 de la Dirección General Registro Civil y
Capacidad de las Personas, autorizó a los Oficiales Públicos de su repartición a
celebrar matrimonios fuera de las sedes de ese organismo registral, en aquellos
lugares de la Ciudad de Buenos Aires que por su valor histórico y/o cultural se
consideren emblemáticos y se habiliten a tal fin;
Que la que fuera conocida como La Usina albergó el edificio de la Ítalo Argentina de
Electricidad, en los albores del siglo XX, un "palacio de la luz" creado por el arquitecto
italiano Giovanni Chiogna de acuerdo a la estética industrial de la época. Hoy, la Usina
del Arte es un centro cultural y sala de espectáculos que ocupa una superficie de
15.000 metros cuadrados, sala para conciertos filarmónicos con capacidad para 1.200
personas y otra para orquestas de cámaras con 400 butacas;
Que siendo intención del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y de
la Dirección General Festivales y Eventos Centrales, que los ciudadanos de la Ciudad
de Buenos Aires puedan realizar la celebración de sus matrimonios y reciban las
libretas matrimoniales en la Usina del Arte, es que han convenido celebrar la presente
disposición conjunta.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las Pautas de Actuación Conjunta entre el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires y la Dirección
General Festivales y Eventos Centrales, respecto de la celebración de matrimonios en
la Usina del Arte, conforme lo establecido en el Anexo I, que a todos los efectos forma
parte de la presente (IF 2017-04000152-DGRC)
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el cronograma de fechas y horarios de las celebraciones de
matrimonios en la Usina del Arte, que como Anexo II, forma parte de la presente (IF
2017-04000152-DGRC)
ARTÍCULO 3°: Comunicar a la Gerencia Operativa Registración y a la Subgerencia
Operativa de Soporte Administrativo dependientes de la Dirección Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires y a la Gerencia
Operativa Operaciones Usina del Arte, dependiente de la Dirección General Festivales
y Eventos Centrales, para que pongan en conocimiento de lo aquí dispuesto al
personal del resto de las dependencias y a los Oficiales Públicos de ese Registro.
Cumplido lo dispuesto, oportunamente archívese. Tissembaum - Cordeiro
ANEXOS