RESOLUCIÓN 31 2017 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
MODIFICA ART 2 RESOLUCIÓN 444-SSTRANS-13 - CONSTITUYE ZONA DE INFLUENCIA - PLAYA SUBTERRÁNEA 9 DE JULIO SUR - POLÍGONO DELIMITADO POR CALLES CERRITO AVENIDA DE MAYO CARLOS PELLEGRINI Y CÓRDOBA - SERVICIO DE OFERTA LIBRE Y-O TURISMO - SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Publicación:
20/02/2017
Sanción:
16/02/2017
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Resolución N° 444/SSTRANS/13 y el Expediente N° EX-2017-03906161- -MGEYA-
DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo N° 2 de la Resolución N° 444/SSTRANS/13 establece como zona
influencia de la Playa subterránea "9 de Julio Sur" al polígono delimitado por las
siguientes arterias Cerrito, Perón, Carlos Pellegrini y por la Av. Córdoba;
Que en virtud de la experiencia recolectada y los aspecto técnicos del ordenamiento
del tránsito y fluidez vehicular se considera que dicha norma no establece un polígono
suficientemente amplio;
Que desde el dictado de la Resolución mencionada precedentemente, el parque
automotor de las empresas que realizan el servicio de Oferta Libre y/o Turismo ha
variado en cantidad y porte de vehículos;
Que se observa que los vehículos de mayor porte que hoy en día circulan por la zona
generan congestión vehicular e inconvenientes en la fluidez del tránsito;
Que por lo expuesto se considera necesario dictar el acto administrativo que amplie la
zona de influencia establecida en el artículo 2° de la Resolución N° 444/SSTRANS/13
al polígono delimitado por las arterias Cerrito, Av. de Mayo, Carlos Pellegrini y por la
Av. Córdoba.
Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modificar la Resolución N° 444/SSTRANS/13 en su artículo 2°, el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Constitúyase como zona de
influencia de la Playa Subterránea "9 de Julio Sur" al polígono delimitado por las
arterias Cerrito, Av. de Mayo, Carlos Pellegrini y por la Av. Córdoba".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Dirección General de
Planificación de la Movilidad, a la Dirección General Cuerpo de Agentes del Tránsito y
Seguridad Vial, a la Policía de la Ciudad, a la Comisión Nacional de Regulación del
Transporte, ya las cámaras y empresas prestadoras del Servicio de Oferta Libre y/o
Turismo que operan en la terminal. Cumplido, archívese. Méndez