RESOLUCIÓN 31 2017 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

MODIFICA ART 2 RESOLUCIÓN 444-SSTRANS-13 - CONSTITUYE ZONA DE INFLUENCIA - PLAYA SUBTERRÁNEA 9 DE JULIO SUR - POLÍGONO DELIMITADO POR  CALLES CERRITO AVENIDA DE MAYO CARLOS PELLEGRINI Y CÓRDOBA - SERVICIO DE OFERTA LIBRE Y-O TURISMO - SECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

20/02/2017

Sanción:

16/02/2017

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO:

La Resolución N° 444/SSTRANS/13 y el Expediente N° EX-2017-03906161- -MGEYA-

DGTYTRA, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo N° 2 de la Resolución N° 444/SSTRANS/13 establece como zona

influencia de la Playa subterránea "9 de Julio Sur" al polígono delimitado por las

siguientes arterias Cerrito, Perón, Carlos Pellegrini y por la Av. Córdoba;

Que en virtud de la experiencia recolectada y los aspecto técnicos del ordenamiento

del tránsito y fluidez vehicular se considera que dicha norma no establece un polígono

suficientemente amplio;

Que desde el dictado de la Resolución mencionada precedentemente, el parque

automotor de las empresas que realizan el servicio de Oferta Libre y/o Turismo ha

variado en cantidad y porte de vehículos;

Que se observa que los vehículos de mayor porte que hoy en día circulan por la zona

generan congestión vehicular e inconvenientes en la fluidez del tránsito;

Que por lo expuesto se considera necesario dictar el acto administrativo que amplie la

zona de influencia establecida en el artículo 2° de la Resolución N° 444/SSTRANS/13

al polígono delimitado por las arterias Cerrito, Av. de Mayo, Carlos Pellegrini y por la

Av. Córdoba.

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Modificar la Resolución N° 444/SSTRANS/13 en su artículo 2°, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Constitúyase como zona de

influencia de la Playa Subterránea "9 de Julio Sur" al polígono delimitado por las

arterias Cerrito, Av. de Mayo, Carlos Pellegrini y por la Av. Córdoba".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Dirección General de

Planificación de la Movilidad, a la Dirección General Cuerpo de Agentes del Tránsito y

Seguridad Vial, a la Policía de la Ciudad, a la Comisión Nacional de Regulación del

Transporte, ya las cámaras y empresas prestadoras del Servicio de Oferta Libre y/o

Turismo que operan en la terminal. Cumplido, archívese. Méndez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 31-SECTRANS -17 modifica el art. 2 Resolución 444-SSTRANS-13</p>