RESOLUCIÓN 73 2017 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
SE PROHÍBE EL ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS DURANTE LAS 24 HS. JUNTO AL CORDÓN DE LA ACERA DERECHA EN AV. CÓRDOBA ENTRE AV. LEANDRO N. ALEM Y AV. MEDRANO
Publicación:
06/03/2017
Sanción:
24/02/2017
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Estado:
No vigente
VISTO:
la Ley N° 2148 (texto consolidado según ley N° 5666) y el Expediente EX-2017-
05221841- -MGEYA-DGTYTRA; y
CONSIDERANDO:
Que en función de la puesta en valor de los carriles preferenciales para el transporte
público de pasajeros de la Av. Córdoba, se propicia la prohibición de estacionamiento
general de vehículos junto al cordón de la acera derecha, durante las 24 hs., en el
tramo comprendido de la Av. Córdoba entre las Avenidas Leandro N. Alem y Av.
Medrano;
Que, asimismo, y teniendo en cuenta la disminución del ancho de calzada y los
inconvenientes con la geometría de la traza de la Av. Córdoba, en el tramo
comprendido entre las calles Reconquista y Esmeralda, se propicia la prohibición junto
a la acera izquierda durante las 24 hs;
Que se ha efectuado el relevamiento pertinente y se ha estimado la viabilidad de lo
anteriormente manifestado, toda vez que dicha medida coadyuva con el ordenamiento
del tránsito y la fluidez vehicular del área aludida;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte
se encuentra el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones como la
anteriormente planteada;
Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió
opinión favorable al respecto;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que disponga la
prohibición general de estacionamiento de vehículos según lo manifestado
precedentemente;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;
Art. 1°- Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo por el término de (90) días
corridos, el estacionamiento general de vehículos durante las 24 hs. junto al cordón de
la acera derecha, en la Av. Córdoba en el tramo comprendido entre las Avenidas
Leandro N. Alem y Av. Medrano.
Art. 2°- Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo por el término de (90) días
corridos, el estacionamiento general de vehículos durante las 24 hs. junto al cordón de
la acera izquierda de la Av. Córdoba en el tramo comprendido entre Reconquista y
Esmeralda.
Art. 3°- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente
señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará y ejecutará la Dirección
General de Tránsito y Transporte.
Art. 4°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la
Dirección General de Tránsito y Transporte quien notificará y comunicará a la Policía
de la Ciudad, a las Direcciones Generales de Planificación de la Movilidad, Cuerpo de
Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de
Planeamiento y Ordenamiento de Tránsito para los fines propuestos en el artículo
anterior, cumplido, Archívese. Méndez