RESOLUCIÓN 78 2017 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

APRUEBA METODOLOGÍA CÁLCULO DE VALUACIÓN FISCAL HOMOGÉNEA - CÓDIGO FISCAL - PROCEDIMIENTO - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - TABLAS DE COEFICIENTES - ACTUALIZACIÓN DEL VALOR DE INMUEBLES - TABLAS DE VALORES - TERRENOS - TABLA INDICATIVA DEL VALOR REAL DE EDIFICACIÓN - MÉTODO - VALOR REAL DE EDIFICACION - VRE - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Publicación:

08/03/2017

Sanción:

03/03/2017

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

EL ARTÍCULO 277 DEL CÓDIGO FISCAL (T.O. 2016) CON LAS MODIFICACIONES

INTRODUCIDAS POR LA LEY N° 5722 (BOCBA N° 5035), Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo citado encomienda a esta Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos la fijación de los valores de los parámetros integrantes de la fórmula de la

Valuación Fiscal Homogénea de los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por su parte, el artículo 276 define la fórmula de cálculo de la Valuación Fiscal

Homogénea, la cual comprende diversos parámetros vinculados con el valor de la

tierra y el valor del edificio;

Que en consecuencia, se ha procedido a realizar un relevamiento de las distintas

zonas de la Ciudad de Buenos Aires a los efectos de determinar el valor de la tierra

según su ubicación geográfica, comprendiendo la cercanía con centros comerciales,

lugares de esparcimiento, espacios verdes, vías de acceso y, asimismo, las

condiciones desfavorables;

Que complementariamente, se ha efectuado un relevamiento de la disposición

arquitectónica de los materiales utilizados, destino constructivo, metros cuadrados

edificados y valor real de la edificación por metro cuadrado, con el objeto de definir los

parámetros vinculados con el valor del edificio;

Que reunidos los elementos mencionados precedentemente, esta Administración

Gubernamental procedió a la elaboración del proyecto de Valuación Fiscal

Homogénea para el ejercicio 2017;

Que el día 31 de julio de 2016, en cumplimiento del plazo establecido por el artículo

277 del Código Fiscal (t.o. 2016), el citado proyecto fue remitido a la Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Dirección General de Asuntos Legislativos

dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos del

Ministerio de Gobierno;

Que el citado artículo dispone, asimismo, que la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos publicará la información relativa a los valores de incidencia y del

Valor Real de Edificación (VRE) para la consulta de los contribuyentes y/o

responsables;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 277 del Código

Fiscal vigente,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase la metodología para el cálculo de la Valuación Fiscal

Homogénea, incluyendo la tabla indicativa del Valor Real de Edificación según

categoría y destino de los inmuebles, la que como Anexo I se acompaña.

Artículo 2.- Apruébanse las tablas de coeficientes necesarias para la actualización de

la Valuación Fiscal Homogénea, las que como Anexo II se acompañan.

Artículo 3.- Apruébanse las tablas de valor de los terrenos segmentados por Barrio,

Sección y Manzana, las que como Anexos III y IV se acompañan.

Artículo 4.- Establécese que los Anexos I a IV forman parte integrante de la presente

Resolución a todos sus efectos.

Artículo 5.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas

dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido,

archívese. Ballotta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5083

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Resolución 78-AGIP-17 aprueba la Metología para el cálculo de la Valuación Fiscal Homogénea, incluyendo la tabla indicativa del Valor Real de Edificación, según lo previsto por Art. 277 del Código Fiscal, TO 2016.</p><p>Art. 2 aprueba las tablas de coeficientes necesarias para la actualización de la Valuación Fiscal Homogénea.</p><p>Art. 3  aprueba las tablas de valor de los terrenos segmentados por Barrio, Sección y Manzana.</p>