RESOLUCIÓN 84 2017 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE APRUEBA METODOLOGÍA - CÁLCULO DEL VALOR LOCATIVO DE REFERENCIA - CÓDIGO FISCAL - 2017 - ALQUILER - LOCACIÓN - CONTRATOS DE LOCACIÓN GRAVABLES CON EL IMPUESTO DE SELLOS - CONSULTA EN PÁGINA WEB - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - PROCEDIMIENTO - INMUEBLES COMERCIALES

Publicación:

14/03/2017

Sanción:

09/03/2017

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

el artículo 438 del Código Fiscal (t.o. 2016) con las modificaciones introducidas por la

ley N° 5722 (BOCBA N° 5035), la Resolución N° 593/AGIP/2011 (BOCBA N° 3769) y

el EE. N° 2.096.622/MGEYA-DGR/2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 438 del Código Fiscal vigente faculta a la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer un valor locativo de referencia para

cada inmueble situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual debe

considerar su renta locativa mínima potencial anual, según el destino constructivo del

mismo;

Que asimismo, el citado artículo dispone que el valor locativo de referencia deberá

actualizarse anualmente y se aplicará a los contratos de locación gravables con el

Impuesto de Sellos, cuando este valor supere al precio convenido por las partes;

Que la Resolución N° 593/AGIP/2011 ha establecido los parámetros a considerar para

la determinación del valor locativo de referencia, fijando como variables la superficie

del inmueble, su ubicación geográfica (barrio, subzona barrial), los circuitos

comerciales y las vías de acceso;

Que el artículo 5 de la Resolución mencionada dispone que los intervinientes en la

operación, a los efectos de obtener el valor locativo de referencia, deben acceder a la

página Web de esta Administración Gubernamental (www.agip.gob.ar), ingresando el

domicilio catastral del inmueble o el número de Partida Matriz u Horizontal, indicando

los metros cuadrados a alquilar y el destino comercial tipificado;

Que a los fines de proceder a la actualización anual del valor locativo de referencia, se

ha implementado un plan de relevamiento permanente tendiente al análisis de la oferta

de locaciones comerciales en arterias y barrios de diferentes características,

considerando las particularidades de cada zona y los destinos de los inmuebles

locados.

Por ello, y en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 438 del Código Fiscal (t.o.

2016) con las modificaciones introducidas por la Ley N° 5722,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la Metodología de Cálculo del Valor Locativo de Referencia y

los Anexos I y II, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución a todos

sus efectos.

Artículo 2.- Actualízase el valor locativo de referencia para el ejercicio 2017, de

conformidad con la Metodología de Cálculo y los Anexos I y II que se aprueban por la

presente Resolución, el cual podrá ser consultado en la página Web de la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar).

Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas

dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido,

archívese. Ballotta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5087

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 84-AGIP-17 aprueba la Metodología de Cálculo del Valor Locativo de Referencia, según lo previsto por Art. 438 del Código Fiscal, TO por Decreto 289-16.</p><p>Art. 2 actualiza el valor locativo de referencia para el ejercicio 2017.</p>