RESOLUCIÓN 399 2017 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
ESTABLECE VIGENCIA - RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO - PERÍODO 10 DE MARZO AL 31 DE MAYO DE 2017- REQUISITOS - ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE INCENTIVO - EXCEPCIONES - MINISTERIOS - HACIENDA - GOBIERNO - SALUD - DIRECCIONES GENERALES - COMPRAS Y CONTRATACIONES - REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CPACIDAD DE LAS PERSONAS - LEGAL Y TÉCNICA - RECURSOS FÍSICOS EN SALUD - -PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Publicación:
27/03/2017
Sanción:
09/03/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO:
El Decreto N° 547/2016, la Resolución N° 3620/MHGC/2016 y el Expediente
Electrónico N° 2017-06248618-DGPLYCO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 547/2016 se creó un régimen de retiro voluntario, que
contempla la percepción de un incentivo no remunerativo, para aquellos trabajadores
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que reúnan las condiciones
establecidas en dicho Decreto;
Que la Resolución N° 3620-MHGC/2016 determinó que la vigencia del referido
régimen será establecida por repartición, mediante acto administrativo emitido por la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, previo análisis de dotación de dicha
área efectuado por la Dirección General de Planificación y Control Operativo;
Que en tal sentido y de acuerdo al análisis realizado por la Dirección General de
Planificación y Control Operativo, mediante el IF-2017-6369844-DGPLYCO no se
presentan objeciones, desde el punto de vista de la dotación, para la implementación
del régimen de retiro voluntario en las reparticiones allí mencionadas;
Que en consecuencia, corresponde propiciar el mencionado régimen por el período
comprendido entre el 10 de marzo de 2017 y el 31 de mayo de 2017 para las
reparticiones mencionadas en el IF-2017-6377800-SSGRH.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N°
3620/MHGH/2016,
Artículo 1°.- Establécese la vigencia del régimen de retiro voluntario, creado por el
Decreto N° 547/2016, para las reparticiones mencionadas en el IF-2017-6377800-
SSGRH que como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución, por el
período comprendido entre el 10 de marzo de 2017 y el 31 de mayo de 2017.
Artículo 2°.- Determínase que los agentes que alcanzaren los requisitos para obtener
un beneficio jubilatorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 3° del Decreto N°
547/2016, podrán adherir al régimen de incentivo hasta la notificación de la intimación
que se practique en los términos del artículo 66 de la Ley N° 471 (Texto consolidado
según Ley N° 5.666). No podrán adherir los agentes que hubieran cumplido los
requisitos para la intimación antes de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos,
comuníquese a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de
Hacienda, a la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las
Personas del Ministerio de Gobierno, a la Dirección General Recursos Físicos en
Salud y Dirección General Legal y Técnica, pertenecientes al Ministerio de Salud, a la
Unidad de Auditoría Interna de la Procuración General de la Ciudad, y a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Hacienda. Cumplido
archívese. Domeniconi
ANEXOS