RESOLUCIÓN 917 2017 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE INCORPORA PROGRAMA DE ESCUELAS PRIMARIAS - JORNADA COMPLETA CON INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO - EDUCACIÓN FÍSICA - ESCUELA 13 DEL DISTRITO ESCOLAR 2 - REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN - CARGOS - CICLO LECTIVO 2017 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
27/03/2017
Sanción:
03/03/2017
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO
La Ley de Ministerios N°5460 y su modificatoria, el Decreto N°363/16 y sus
modificatorias Nros. 328/16 y 675/16, la Resolución N° 565-SED/15 y el Expediente
Electrónico N°28190433-DGEGE-16, y
CONSIDERANDO
Que por las presentes actuaciones tramita la propuesta efectuada por la Dirección de
Educación Primaria para que la escuela de Jornada Simple N° 13 del Distrito Escolar
2° "República Islámica de Iran", pase a la modalidad de Jornada Completa y se la
incluya en el Programa de Escuelas Primarias de Jornada Completa con
Intensificación en un campo del conocimiento: Educación Física;
Que la ley de Ministerios N° 5.460 y sus modificatorias de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires establecen que el Jefe de gobierno es asistido en sus funciones por los
Ministerios de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios de aprobó la estructura organizativa
del poder ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se
modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;
Que por Resolución N°565/SED/05 se aprobó el Programa de Escuelas Primarias de
Jornada completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento", en el ámbito de
la entonces Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que implica la inclusión de manera sistemática y continua de nuevas propuestas
de formación en la escuela primaria como las que proponen la intensificación en Artes
y en educación Física;
Que la Dirección de Educación Primaria propone que la escuela de Jornada Simple N°
13 del Distrito Escolar 2° "Rca. Islámica de Iran", pase a la modalidad de Jornada
Completa y se la incluya en el Programa de Escuelas primarias de Jornada Completa
con Intensificación en un campo del conocimiento: Educación Física;
Que asimismo, corresponde dar aprobación a la planta Orgánica Funcional de la
Escuela N° 13 del Distrito Escolar 2° con intensificación en un campo del
conocimiento: Educación Física;
Que han tomado la correspondiente intervención la Dirección General de Educación
de Gestión Estatal y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1.- Incorpórase a la Escuela N° 13 del Distrito Escolar 2° "República. Islamica
de Iran", en el "Programa de Escuelas Primarias de Jornada Completa con
Intensificación en un campo del Conocimiento: Educación Física", a partir del ciclo
lectivo 2017.
Artículo 2.- Modifícase ad referéndum del Jefe de Gobierno la Planta Orgánica
Funcional de la Escuela Primaria de Jornada completa con Intensificación en un
Campo del Conocimiento: Educación Física" N° 13 del Distrito Escolar 2° "República.
Islamica de Iran" de acuerdo al Anexo (IF-2017-05171970-DGCLEI) que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Establézcase "ad referéndum" del Jefe de Gobierno que los alcances del
Decreto N°2166/06 se extenderán a los maestros de grado, tanto interinos como
suplentes de la Escuela mencionada en el artículo 1.
Artículo 4.- Déjase constancia que la mayor erogación presupuestaria que demande la
implementación y puesta en marcha de las medidas que se aprueban en este acto,
serán imputadas a Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.
Artículo 5 - Determínase que los cargos transformados conforme el artículo 1° de la
presente, serán ofrecidos al personal docente titular que se halle en situación activa.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense
las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, a las Direcciones generales de Educación de
Gestión Estatal y de administración de Recursos, a la dirección de Educación Primaria
y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes. Cumplido archívese.
Acuña
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5095