RESOLUCIÓN 959 2017 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE RECTIFICA LA RESOLUCIÓN 1657-MEGC-16 - ESCUELAS DE NIVEL SECUNDARIO - NIVEL MEDIO - ESCUELAS MEDIAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - REQUISITOS PARA LA DESIGNACIÓN DE DOCENTES - PROFESORES - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL -  EDUCACIÓN SUPERIOR

Publicación:

28/03/2017

Sanción:

03/03/2017

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El Decreto 1510/97, consolidado por Ley N° 5.666, la Resolución N° 1657-MEGC/16,

el Expediente Electrónico N° 4.801.748/MGEYA-DGPLEDU/17, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 1657-MEGC/16 se establecen los requisitos para la

designación en las escuelas de nivel secundario de la Dirección General de Educación

de Gestión Estatal, de docentes del establecimiento para desempeñarse en los

Espacios de Definición Institucional, conforme los Diseños Curriculares del Ciclo

Básico, la Formación General del Ciclo Orientado y los Diseños Curriculares de la

Formación Específica en Arte Arte-Teatro, Arte Artes Visuales y Arte Arte-Música, en

Comunicación, en Ciencias Naturales, en Ciencias Sociales y Humanidades, en

Economía y Administración, en Educación Física, en Lenguas, en Informática, en

Turismo, en Agraria/Agro y Ambiente, en Literatura, en Matemática y Física,

aprobados por la Resolución N° 321-MEGC/15 y sus rectificatorias Resoluciones Nros.

1189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15 y en función del desarrollo del proyecto educativo

institucional propio de cada escuela;

Que habiéndose omitido involuntariamente incluir en los artículos 2 y 5 de la

mencionada Resolución los establecimientos dependientes de la Dirección General de

Educación Superior, corresponde rectificar la misma conforme lo mencionado;

Que asimismo, el dicho artículo 2 de la Resolución establece que el equipo de

conducción de cada institución educativa con acuerdo de la Supervisión, designará a

profesores del establecimiento para desempeñarse en los citados Espacios;

Que el artículo 4 de la referida norma establece que en los casos en que no fuera

posible la designación por falta de aceptación de los profesores, conforme lo

establecido en el artículo 3, la conducción escolar designará a otro profesor de la

Institución aunque éste no cumpla con los requisitos establecidos;

Que sin perjuicio de ello, cuando no fuera posible tal designación por falta de

aceptación de los profesores, es necesario adoptar un criterio que ofrezca otras

alternativas;

Que en consecuencia corresponde también que se rectifique el artículo 4 de la

Resolución N° 1657-MEGC/16, permitiendo a la conducción escolar, en todos los

casos con previa constancia expresa y por escrito de esta circunstancia, designará a

otro docente de la Institución aunque éste no cumpla con los requisitos establecidos, y

en el caso que no fuera posible el nombramiento en este último caso, se seleccionará

a un profesor o docente externo, con la intervención previa de la Supervisión

correspondiente;

Que siendo errores subsanables por no afectar en su sustancia el acto administrativo,

resulta de aplicación el artículo 124 del Decreto 1510/97, consolidado por Ley N°

5.666;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que les compete.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Rectifícase el artículo 2 de la Resolución N° 1657-MEGC/16, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Establézcase que en las escuelas de nivel

secundario dependientes de las Direcciones Generales de Educación de Gestión

Estatal y de Educación Superior, el equipo de conducción, con acuerdo de la

Supervisión, designará a profesores del establecimiento para desempeñarse en los

Espacios de Definición Institucional. Las designaciones serán a término por el ciclo

lectivo, conforme los Diseños Curriculares del Ciclo Básico y para la Formación

General del Ciclo Orientado y los Diseños Curriculares de la Formación Específica en

Arte Arte-Teatro, Arte Artes Visuales y Arte Arte-Música, en Comunicación, en

Ciencias Naturales, en Ciencias Sociales y Humanidades, en Economía y

Administración, en Educación Física, en Lenguas, en Informática, en Turismo, en

Agraria/Agro y Ambiente, en Literatura, en Matemática y Física, en Educación para

nivel secundario, aprobados por la Resolución N° 321-MEGC/15 y sus rectificatorias

Resoluciones Nros. 1189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15 y en función del desarrollo del

proyecto educativo institucional propio de cada escuela".

Artículo 2.- Rectifícase el artículo 4 de la Resolución N° 1657-MEGC/16, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Establézcase que en los casos en que no

fuera posible la designación por falta de aceptación de los profesores, conforme lo

establecido en el artículo 3, la conducción escolar, en todos los casos con previa

constancia expresa y por escrito de esta circunstancia, designará a otro docente de la

Institución aunque éste no cumpla con los requisitos establecidos, y en el caso que no

fuera posible el nombramiento en este último caso, se seleccionará a un profesor o

docente externo. La designación de un profesor o docente externo debe efectuarse

siempre con la intervención previa de la Supervisión correspondiente".

Artículo 3.- Rectifícase el artículo 5 de la Resolución N° 1657-MEGC/16, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Déjase constancia que las direcciones

escolares y consejos consultivos, conjuntamente en los establecimientos dependientes

de las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación

Superior, podrán modificar anualmente la oferta de contenidos según necesidades

pedagógicas inherentes a la dinámica del Proyecto Escuela del establecimiento".

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Planeamiento e Innovación

Educativa, de Carrera Docente y de Gestión Económico Financiera y Administración

de Recursos, a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación

de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Educación Superior, de

Personal Docente y No Docente y de Administración de Recursos, y a las Direcciones

de Educación Media, de Educación Técnica, de Educación Artística y de Formación

Docente y a las Gerencias Operativas de Currículum y de Títulos y Legalizaciones.

Cumplido, archívese. Acuña

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 959-ME-17, rectifica el Art. 2 de la Resolución 1657-ME-16.</p><p>Art. 2, rectifica el Art. 4.</p><p>Art. 3, rectifica el Art. 5.</p>