RESOLUCIÓN 309 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

REGISTRO ÚNICO DEL SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO. MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 87/SPYS/96, (B.M. N° 20.289), REFERENTE A LA PARTICIPACIÓN DE GESTORES INDEPENDIENTES EN LOS TRÁMITES DE RENOVACIÓN DE LICENCIAS DEL REGISTRO DE TAXIS.

Publicación:

02/05/2003

Sanción:

11/04/2003

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Expediente N° 47.190/2002, los términos del Decreto N� 132/96, la Resolución N� 87/SPYS/96, y

CONSIDERANDO:

Que en oportunidad del dictado del Decreto N° 132/96 se establecieron las misiones esenciales del Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro;

Que entre estas misiones no se previó la participación de gestores independientes en la realización de los distintos trámites ante dicho Registro;

Que sin embargo, al dictarse la Resolución N° 87/SPYS/96 se autorizó la participación de gestores independientes, lo cual no encuentra sustento normativo alguno;

Que por ello corresponde modificar los términos del Punto 11 de la Resolución N° 87/SPYS/96, suprimiendo la figura de los gestores independientes, toda vez que esta desnaturaliza las funciones que debe desempeñar el Registro, principalmente la de aquellas personas que tienen acceso al mismo;

Que no obstante ello y a fin de evitar perjuicios a aquellos gestores independientes que hubiesen obtenido la renovación de su tarjeta magnética, se prevé que podrán intervenir en los distintos trámites hasta el vencimiento de la indicada tarjeta, con las mismas atribuciones y responsabilidades previstas en el Punto 11 de la Resolución N° 87/SPYS/96 en su antigua redacción;

Que asimismo corresponde establecer las atribuciones y responsabilidades de aquellas personas autorizadas por una entidad empresarial o sindical del sector para efectuar trámites ante el Registro, como así también establecer el modo en que se efectuarán aquellos que encomienden a estas entidades los titulares de licencia;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debida intervención emitiendo Dictamen N° 14.996;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Incorpórase el Punto 7.9. al Punto 7 de la Resolución N� 87/SPYS/96, el que quedara redactado de la siguiente forma:

7.9 Los trámites de renovación de licencia podrán ser efectuados por su titular o representante legal o por intermedio de una de las entidades comprendidas en el punto 5.5.

7.9.1. Cuando el titular de una licencia efectúe su renovación por intermedio de una de las entidades comprendidas en el punto 5.5., ésta deberá acompañar la correspondiente orden de gestión.

7.9.2. La orden de gestión deberá ser solicitada al registro por el titular o representante legal y contendrá los datos y medidas de seguridad que establezca la autoridad de aplicación.

Artículo 2° - Modifícase el Punto 11 de la Resolución N� 87/SPYS/96, el que quedará redactado de la siguiente forma:

11 - DE LOS AUTORIZADOS

11.1. Las entidades comprendidas en el punto 5.5. podrán autorizar a personas físicas para efectuar ante el registro los trámites que determine la presente Resolución y los que autorice la autoridad de aplicación.

11.2. La administración, control y registro de autorizados por las entidades comprendidas en el punto 5.5. será responsabilidad del administrador del Registro.

11.3. Las entidades comprendidas en el punto 5.5. y los autorizados por éstas serán responsables ante el Registro de los trámites en los que intervengan.

11.4. El registro facilitará un puesto de atención especial para aquellos trámites que efectúen los autorizados por las entidades comprendidas en el punto 5.5.

Sólo podrán efectuarse en este puesto de atención aquellos trámites que no puedan ser realizados directamente en la sede de la entidad a mediante una orden de gestión.

Artículo 3° - Los gestores independientes que hubiesen obtenido la renovación de su correspondiente tarjeta magnética antes de la entrada en vigencia de la presente Resolución, podrán realizar trámites con las mismas atribuciones y responsabilidades previstas en el Punto 11 de la Resolución N� 87/SPYS/96 en su antigua redacción, hasta el vencimiento de sus respectivas tarjetas magnéticas, fecha a partir de la cual caducan de pleno derecho.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los términos del Decreto N� 1.583/2001, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Dirección General de Educación Vial y Licencias y a la empresa concesionaria SACTA S.A. Cumplido, archívese. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 309-SOYSP/03 incorpora el Punto 7.9. al Punto 7 de la Resolución N° 87/SPYS/96.</p><p>Artículo 2 modifica el Punto 11.</p>