DECRETO 1856 1998

Síntesis:

RATIFICA LA DESIGNACIÓN DE LAS PERSONAS NOMINADAS EN EL ANEXO I, QUE INTEGRA EL DECRETO, COMO "VOLUNTARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES", QUE FUERAN AFECTADAS AL EVENTO BUENOS AIRES NO DUERME, ENTRE LOS DÍAS 23 DE JULIO Y 2 DE AGOSTO DE 1998.

Publicación:

29/10/1998

Sanción:

22/09/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 778/96 (B.O. N° 138), y su modificatoria; y

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma se creó en el ámbito de este Gobierno la figura de Voluntario de la Ciudad de Buenos Aires como forma de encauzar diversas manifestaciones de personas y empresas en el sentido de colaborar en forma desinteresada en diversas actividades;

Que a su vez se estableció que el desempeño efectivo como Voluntario estará sujeto a la aprobación de programas sociales, culturales, deportivos y de cuidado y prevención de la vía pública y que su asignación será por medio de Decreto del Sr. Jefe de Gobierno;

Que entre los días 23 de julio y 2 de agosto del corriente año, se realizó el evento Buenos Aires No Duerme que contó con la participación de jóvenes artistas de la ciudad y de más de un millón de concurrentes;

Que la Subsecretaría de Acción Cultural y la Dirección General de Promoción Cultural dependientes de la Secretaría de Cultura entrevistaron y seleccionaron entre Voluntarios -estudiantes de carreras universitarias y/o de formación artística- a las personas que desempeñaron dicha función;

Que los mencionados voluntarios participaron en las tareas de organización y producción del evento interactuando con el personal de las citadas dependencias;

Que en virtud de lo expuesto, resulta aconsejable proceder a la ratificación de lo actuado en relación a la designación de los seleccionados como Voluntarios de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello y en uso de facultades legales que le son propias;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Ratifícanse las designaciones como Voluntarios de la Ciudad de Buenos Aires de las personas que se nominan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente, las que fueron afectadas al evento Buenos Aires No Duerme, entre el día 23 de julio y 2 de agosto de 1998.

Art. 2° Establécese la asignación Desempeño Voluntario en las sumas que en cada caso se indican en el Anexo I.

Art. 3° El gasto total de pesos cincuenta y nueve mil ciento quince ($ 59.115.-) será imputado a la correspondiente partida del presupuesto en vigor, y atendido con los fondos con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión oportunamente entregados mediante Resolución Nro. 3.155-SHyF-98.

Art. 4° El presente decreto será refrendado por los señores Secretario de Cultura y de Hacienda y Finanzas.

Art. 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a las Direcciones Generales de Promoción Cultural, de Contaduría y de Tesorería. Cumplido archívese.


ANEXOS


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