DECRETO 514 2003

Síntesis:

REFACCIÓN DEL HOGAR DR. GUILLERMO RAWSON. APRUEBA LA CONTRATACIÓN DIRECTA N° 23/02, ADJUDICA A LA FIRMA DEL RÍO CONSTRUCCIONES S.R.L. LA REPARACIÓN DE LOCALES SANITARIOS PARA RESIDENTES EN EL PABELLÓN MODELO

Publicación:

09/05/2003

Sanción:

29/04/2003

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 38.562/2002, la Ley de Obras Públicas N° 13.064 (B.O. 28/10/1947), el Decreto N° 8.828/78 (B.M. N° 19.591 - A.D. 351.46), y su modificatorio Decreto N° 608/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 439), y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones precitadas tramita la contratación de la ejecución de la Obra Menor de Reparaciones de Locales Sanitarios para Residentes en el Pabellón Modelo del Hogar Dr. Guillermo Rawson, de la Dirección General de Tercera Edad dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social;

Que se practicó la pertinente imputación contable correspondiente a los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que mediante Disposición N° 228/DGTAYL-SDSOC/02- se realizó el llamado a Contratación Directa N° 23/02, estableciéndose como fecha de apertura de ofertas el día 23 de octubre de 2002 a las 12 hs.;

Que tal como luce en el Acta de Apertura de propuestas N° 24/02 se recibió una (1) oferta de la firma Del Río Construcciones S.R.L.;

Que la Comisión de Preadjudicaciones y Análisis técnico de Ofertas de la Secretaría de Desarrollo Social, preadjudicó a la empresa Del Río Construcciones S.R.L., por resultar única oferta basándose en el Inc. 74 única oferta del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones;

Que la oferta económica de !a firma Del Río Construcciones S.R.L. supera el tope previsto en el Art. 3° punto I del Decreto N° 8.828/78, modificado por el Art. 1° del Decreto N° 608/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 439),

Que en razón de !a situación descripta en el considerando precedente, se requirió la intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries, toda vez que la realización de la obra de marras reviste carácter urgente puesto que tiene por finalidad satisfacer un servicio social impostergable en los términos del Art. 9, Inc. c) de la Ley N° 13.064 (B.O. 28/10/1947);

Que el mencionado Órgano Asesor emitió su opinión mediante Dictamen N° 12.769/PG, en el cual se manifiesta que con sustento en los antecedentes obrantes en las actuaciones podría adjudicarse la obra conforme los términos del Decreto N° 608/GCBA/98, fundado en las razones de urgencia invocadas y las especiales características del mercado actual;

Que asimismo, tramitar un nuevo procedimiento de contratación podría provocar consecuencias gravosas al erario público y, dado que resulta imprescindible realizar en forma urgente la obra mencionada por las razones expuestas precedentemente, se torna necesario acudir a la aplicación de la normativa señalada por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 8.828/78 (B.M. N° 19.591 - A.D. 351.46), y su Decreto modificatorio N° 608/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 439), parte in fine de su artículo 3° y de conformidad a lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la Contratación Directa N° 23/02 y adjudícase a la firma Del Río Construcciones S.R.L., la ejecución de la Obra Menor de Reparaciones de Locales Sanitarios para Residentes en el Pabellón Modelo del Hogar Dr. Guillermo Rawson sito en la avenida Amancio Alcorta 1402, Capital Federal, por la suma de pesos ciento dos mil trescientos veinte con veintiún centavos ($ 102.320,21).

Artículo 2° - Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 3° - Delégase en la Secretaria de Desarrollo Social la facultad para suscribir la pertinente contrata.

Artículo 4° - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Desarrollo Social, el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cumplimiento del Art. 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 y su modificatorio Decreto N° 1.583/GCBA/2001, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. IBARRA - González Gass - Pesce - Fernández

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