RESOLUCIÓN 28 1999 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA. REGLAMENTO DE CONCURSOS. AGREGASE TEXTO COMO ART. 40 DE LA RESOLUCIÓN N° 4/98, (B.O. N° 603)

Publicación:

12/05/1999

Sanción:

04/05/1999

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 31 en su redacción no ha previsto ningún procedimiento de revisión de las decisiones del Consejo de la Magistratura;

Que dentro de las singulares y específicas competencias asignadas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra la de selección de los magistrados del Poder Judicial que debe realizarse por el respectivo concurso;

Que este Consejo se encuentra próximo a efectivizar dicho llamado;

Que por tanto resulta aconsejable sobre la base de lo ya dispuesto en la Ley N° 54, referida al Jurado de Enjuiciamiento y a la impugnación de sus decisiones, agregar un artículo en el reglamento de concurso de este Consejo que prevea tal circunstancia;

Por ello,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° Agrégase como artículo 40 del Reglamento de Concurso (Resolución N° 4/98 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5 de enero de 1999) el siguiente texto: Art. 40 Las decisiones del Plenario a que se refiere el artículo anterior sólo son recurribles en los casos de mediar arbitrariedad manifiesta. El/la afectado/a puede impugnarlas dentro de los cinco (5) días de notificado/a mediante recurso fundado que se interpone ante el Plenario el que toma conocimiento y lo traslada al Tribunal Superior para su resolución, salvo que la improcedencia del agravio resulte palmaria. El recurso no tendrá efectos suspensivos.

RESOLUCION N° 28


ANEXOS

ANEXO

Dra. María Luisa Casas de Chamorro Vanasco Dr. Juan Octavio Gauna
Dra. Gloria Elvira Bonatto Dr. Carlos María Cárcova
Dr. Arístides Horacio María Corti Dr. Julio Cueto Rúa

RESOLUCION N° 28

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Res. 28-CMCABA-99 agrega a la Res. 4-CMCABA-98 el Art. 40