RESOLUCIÓN 303 2017 MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA
Síntesis:
SE AUTORIZA EL USO DE LAS TRATAS - GENE0123A - SUMARIO - GENE0123B - SUMARIO RESERVADO - GENE0123C - INVESTIGACIÓN PRESUMARIAL- GENE3201A - SOLICITUD DE PERMISO DE RESERVA DE DOCUMENTOS Y GENE0123D - DENUNCIA LEY 1225 Y LEY 1845 - TITULAR DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 - UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS - COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL - COMPRAS Y CONTRATACIONES
Publicación:
04/05/2017
Sanción:
28/04/2017
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA
VISTO:
Las Leyes Nros. 1.225, 1.845 y 3.304, los Decretos Nros. 3.360/68, 468/08 y 196/11, la
Resolución N° 35/PG/14, el Expediente Electrónico N° 9.821.602/UPEJOL/17 y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública
con el fin de iniciar un proceso de modernización administrativa y promover la
aplicación de nuevas tecnologías de la información y comunicación en el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del referenciado Plan, por Decreto N° 196/11 se implementó el uso del
Expediente Electrónico en el Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que la citada actuación electrónica puede ser visualizada por cualquier usuario del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE-;
Que, asimismo, se ha previsto la posibilidad de caratular tratas reservadas para
aquellos trámites que requieren confidencialidad por la sensibilidad del tema a tratar;
Que, en ese sentido, el Decreto N° 3.360/08, en su artículo 10° establece que "El
sumario será secreto hasta el momento que se formulen en forma concreta los cargos
existentes en contra del imputado. La obligación de mantener dicho secreto se
extiende al personal que intervenga en su tramitación y al que, por cualquier motivo,
tenga conocimiento de hechos o circunstancias vinculadas al mismo",
Que, por su parte, la Ley N° 1.225, en su artículo 11, dispone: "Desde el inicio y hasta
la finalización del procedimiento sancionatorio, la autoridad interviniente debe adoptar
todos los recaudos necesarios que garanticen la confidencialidad, discrecionalidad y el
resguardo absoluto de la identidad de todos los involucrados. La reserva de la
identidad del damnificado se extiende aún después de concluido el procedimiento";
Que, en este marco, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
dictó la Resolución N° 35/PG/14 mediante la cual se establece el uso de la trata
reservada para aquellos expedientes electrónicos que versen sobre sumarios,
investigaciones presumariales y denuncias relacionadas con las conductas estipuladas
en las Leyes Nros. 1.225 y 1.845;
Que, a fin de garantizar la correcta tramitación de las tratas mencionadas corresponde
dictar el acto administrativo que autorice el uso de las tratas reservadas: GENE0123A-
SUMARIO-, GENE0123B-SUMARIO RESERVADO-, GENE0123C-INVESTIGACIÓN
PRESUMARIAL-y GENE0123D-DENUNCIA LEY N° 1.225 y LEY N° 1.845- al Titular
de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires
2018 (UPEJOL), organismo fuera de nivel dentro de la órbita de este Ministerio,
conforme lo establecido en el Decreto N° 363/15;
Que, conforme se desprende del organigrama de la Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", aprobado mediante
Decreto N° 97/17, corresponde, asimismo, otorgar el uso de las referidas tratas
reservadas al Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, al Titular de la Unidad
de Coordinación Legal e Institucional y al Titular de la Unidad de Compras y
Contrataciones pertenecientes a la referidad Unidad.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Autorízase el uso de las tratas reservadas: GENE0123A -SUMARIO-,
GENE0123B - SUMARIO RESERVADO-, GENE0123C - INVESTIGACION
PRESUMARIAL-, GENE3201A - SOLICITUD DE PERMISO DE RESERVA DE
DOCUMENTOS y GENE0123D - DENUNCIA LEY N° 1225 Y LEY N° 1845-, al Titular
de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la Juventud
Buenos Aires 2018" y asimismo, al Titular de la Unidad de Administración y Finanzas,
al Titular de la Unidad de Coordinación Legal e Institucional y al Titular de la Unidad de
Compras y Contrataciones, ambas pertenecientes a la referida Unidad.
Artículo 2.-: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Técnico, Administrativa y Legal de este
Ministerio, a la Gerencia Operativa Administración de Aplicativos Informáticos (GOAAI)
dependiente de la Dirección General de Gestión Documental de la Secretaría Legal y
Técnica de la Jefatura de Gobierno y la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
"Juegos Olímpicos de la Juventur Buenos Aires 2018". Cumplido, archívese. Freire