RESOLUCIÓN 33 2017 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
CREACIÓN - PROGRAMA DE FORMACIÓN ACADÉMICA EN CONTROL INTERNO GUBERNAMENTAL - FUNCIONARÁ EN LA ÓRBITA DE LA ESCUELA DE AUDITORES DEL ESTADO DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - OBJETIVOS - FORTALECER LA FORMACIÓN ACADÉMICA - FOMENTAR LA FORMACIÓN CONTINUA DE LOS NIVELES GERENCIALES - PROMOVER LA EXCELENCIA EN LA CAPACITACIÓN - INCENTIVAR EL PROCESO EDUCATIVO DEL PERSONAL - INTEGRADA POR - LAS CARRERAS DE ESTADO CON FORMATO DE DIPLOMATURA O ESPECIALIZACIÓN IMPARTIDAS POR LA ESCUELA DE AUDITORES DEL ESTADO O DICTADAS EN CONVENIO CON UNIVERSIDADES O ASOCIACIONES DE PROFESIONALES - EL PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO DE AUDITORES INTERNOS -PEAI- LOS CURSOS SEMINARIOS JORNADAS Y OTRAS ACTIVIDADES ORGANIZADAS POR - SINDICATURA GENERAL - Y OTRAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ACTIVIDADES DE FORMACIÓN OFRECIDAS POR UNIVERSIDADES INSTITUTOS UNIVERSITARIOS Y OTROS CENTROS DE ESTUDIOS - ASOCIACIONES PROFESIONALES - CENTROS DE INVESTIGACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS - Y TODA OTRA ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL QUE OFREZCA ACTIVIDADES QUE GUARDEN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA
Publicación:
08/05/2017
Sanción:
09/03/2017
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70 (BOCBA
N° 539), la Resolución N° 31-SGCBA/17, el Expediente Electrónico N° 6.270.390-
MGEYA-SGCBA/17, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad consagra a esta Sindicatura
General como el órgano rector de las normas de control interno de la administración
pública, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que conforme el artículo citado, la Sindicatura General de la Ciudad "tiene a su cargo
el control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y
de gestión (...) de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen
la administración central y descentralizada (...)", siendo "(...) el órgano rector de las
normas de control interno (...)", ejerciendo por ello " (...) la fiscalización del
cumplimiento y aplicación de las mismas";
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fijó los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que el artículo 119 de la Ley citada establece que la Ciudad cuenta con un modelo de
control integral e integrado fundado en los principios de economía, eficiencia y
eficacia;
Que, a su vez, el artículo 121 de dicha Ley dispone que el Sistema de Control Interno
de la Ciudad queda conformado por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos
Aires --órgano normativo, de supervisión y coordinación-- y por las Unidades de
Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidades que dependan del Poder Ejecutivo,
estas últimas coordinadas técnicamente por esta Sindicatura General;
Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada en los considerandos precedentes, otorga
al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento
interno de esta Sindicatura General, en sus aspectos operativos, funcionales y de
administración de personal;
Que la implantación de un Sistema de Control Interno, de las características previstas
en la Ley N° 70, exige un enfoque interdisciplinario para el logro de una gestión
eficiente y eficaz;
Que esta política de estado exige el fortalecimiento permanente del Sector Público
siendo necesario para ello, asegurar el perfeccionamiento y la actualización
permanente de los agentes públicos tanto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires como del personal asignado a las Unidades de Auditoría Interna, de esta
Sindicatura General y de los demás organismos que, por las atribuciones que tienen
asignadas, cumplen funciones de control en las distintas jurisdicciones y entidades
dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que mediante la Resolución N° 31-SGCBA/17 se creó la Escuela de Auditores del
Estado, en el ámbito de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que en dicho marco, resulta conveniente, la creación de un Programa de Formación
Académica en Control Interno Gubernamental a fin de desarrollar distintas ofertas
académicas;
Que la creación del mencionado Programa, procura constituir el ámbito institucional
adecuado que facilite la formación teórica y práctica, así como también, la
organización y coordinación de la oferta de capacitación que ofrecen las distintas
dependencias y organismos del Gobierno de la Ciudad, Asociaciones Profesionales e
instituciones educativas del ámbito público y privado;
Que por lo tanto, deviene necesario la creación del Programa de Formación
Académica en Control Interno Gubernamental, dentro de la órbita de la Escuela de
Auditores del Estado dependiente de esta Sindicatura General;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 6.361.743-
GGTALSGCBA/17.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 130 inciso 2), de la Ley
N° 70,
Artículo 1°.- Créase el "Programa de Formación Académica en Control Interno
Gubernamental", que funcionará en la órbita de la Escuela de Auditores del Estado de
la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- El Programa creado por el artículo 1° de la presente Resolución, tendrá
como objetivos:
a. Fortalecer la formación académica aplicada de los agentes de la Sindicatura
General.
b. Fomentar la formación continua de los niveles gerenciales del organismo.
c. Promover la excelencia en la capacitación en busca de buenas prácticas de
gobierno.
d. Incentivar el proceso educativo del personal de la institución.
Artículo 3°.- La oferta académica del "Programa de Formación Académica en Control
Interno Gubernamental" estará integrada por:
a. Las Carreras de Estado con formato de Diplomatura o Especialización impartidas
por la Escuela de Auditores del Estado o dictadas en convenio con Universidades o
Asociaciones de Profesionales.
b. Los cursos, seminarios, jornadas y otras actividades organizadas por esta
Sindicatura General.
c. El Programa de Entrenamiento de Auditores Internos --PEAI--.
d. Los cursos, seminarios, jornadas y otras actividades organizadas por otras
dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que resulten de
interés.
e. Actividades de formación ofrecidas por Universidades, Institutos Universitarios y
otros centros de estudios, Asociaciones Profesionales, Centros de Investigación de
Políticas Públicas, y toda otra organización de la sociedad civil que ofrezca actividades
que guarden relación con los objetivos del Programa.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y
entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
al/la Síndico/a General Adjunto/a, a las Gerencias Generales Auditoría Jurisdicción I y
II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Relaciones
Institucionales y a la Unidad Auditoría Interna de esta Sindicatura General, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y
Legal. Cumplido, archívese. Freda