RESOLUCIÓN 39 2017 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
INCORPORA CARRERA DIPLOMATURA CONTROL INTERNO GUBERNAMENTAL - PROGRAMA FORMACIÓN ACADÉMICA EN CONTROL INTERNO GUBERNAMENTAL - PERFIL - ESTRUCTURA - OBJETIVOS - CURRICULUM - ESCUELA DE AUDITORES DEL ESTADO - SINDICATURA GENERAL - APRUEBA MARCO GENERAL ACADÉMICO - ORGANIZACIÓN
Publicación:
08/05/2017
Sanción:
17/03/2017
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70 (BOCBA
N° 539), las Resoluciones N° 31-SGCBA/17 y N° 33-SGCBA/17, y el Expediente
Electrónico N° 6.842.764-MGEYA-SGCBA/17, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad consagra a esta Sindicatura
General como el órgano rector de las normas de control interno de la administración
pública, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fijó los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada, otorga al/la Síndico/a General las
atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;
Que mediante la Resolución N° 31-SGCBA/17 se creó la Escuela de Auditores del
Estado, en el ámbito de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que dicha Escuela tiene como objeto, el desarrollo de programas de formación
académica y perfeccionamiento técnico en materia de control interno y auditoría
gubernamental para el personal vinculado a organismos públicos;
Que por Resolución N° 33-SGCBA/17 se creó el "Programa de Formación Académica
en Control Interno Gubernamental", en la órbita de la Escuela de Auditores del Estado
de esta Sindicatura General, con la finalidad de fortalecer la formación académica de
los agentes de esta Sindicatura General;
Que la oferta académica de dicho Programa está integrada por las Carreras de Estado
con formato de Diplomatura o Especialización impartidas por la Escuela de Auditores
del Estado o dictadas en convenio con Universidades o Asociaciones de
Profesionales;
Que atento la normativa vigente y a fin de lograr la excelencia académica y profesional
en las tareas de control interno y auditoría gubernamental, deviene necesario
incorporar al "Programa de Formación Académica en Control Interno Gubernamental",
la Carrera de Estado con formato de Diplomatura denominada "Diplomatura en Control
Interno Gubernamental";
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 6.930.530-
GGTALSGCBA/17.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 130 inciso 2) de la Ley N°
70,
Artículo 1°.- Incorpórase al "Programa de Formación Académica en Control Interno
Gubernamental" de la Escuela de Auditores del Estado de la Sindicatura General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Carrera de Estado con formato de Diplomatura,
denominada "Diplomatura en Control Interno Gubernamental".
Artículo 2°.- Apruébase el Marco General Académico y de Organización de la
"Diplomatura en Control Interno Gubernamental" que como Anexo I, IF N° 6.945.936-
GGTALSGCBA/17, forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y
entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
al/la Síndico/a General Adjunto/a, a las Gerencias Generales Auditoría Jurisdicción I y
II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas y a la Gerencia Relaciones
Institucionales, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General
Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5122