RESOLUCIÓN 282 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXO I RESOLUCIÓN 484-MJYSGC-16 - PROTOCOLO DE USO DE DISPOSITIVOS DE GEOPOSICIONAMIENTO - ARRESTO DOMICILIARIO - CONVENIO SUSCRIPTO CON SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN - PROCURACIÓN GENERAL - JUECES NACIONALES - CIVIL CON ESPECIALIZACIÓN EN FAMILIA - PATROCINANTES - ABOGADOS - SERVICIO JURÍDICO A LA COMUNIDAD DEL MENCIONADO ORGANISMO - FINALIDAD - CENTRO DE MONITOREO Y GESTION - VIOLENCIA DE GENERO - ARRESTO DOMICILIARIO - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
08/05/2017
Sanción:
03/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5460 (texto consolidado Ley N° 5666), las Resoluciones Nros.
86/MJYDH/16, 484/MJYSGC/16 y 285/SSJUS/16, el Expediente Electrónico N° 2016-
25862036-MGEYA-DGTALMJYS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 484/MJYSGC/16, se aprobó el Protocolo de Uso de
Dispositivos de Geoposicionamiento ordenado por Magistrados del Fuero Penal,
Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que obra en el
Anexo I de la misma, y cuyo objeto es determinar la metodología que utilizará el
Ministerio de Justicia y Seguridad en la entrega, colocación y control de dichos
Dispositivos;
Que en ese sentido, mediante la Resolución N° 285/SSJUS/16, se aprobaron el
Instructivo Anexo al Protocolo de Uso de Dispositivos de Geoposicionamiento, el
Formulario de alta para ingreso al sistema de dispositivos Electrónicos de
Georeferencia y el Acta de Entrega del Equipamiento;
Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación oportunamente invitó
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a participar del Programa de Asistencia de
Personas bajo Vigilancia Electrónica, en el ámbito de la Dirección Nacional de
Readaptación Social;
Que entre los principales objetivos del mencionado Programa, se encuentra el de
colaborar con el Poder Judicial de la Nación mediante la evaluación de las condiciones
de viabilidad para la implementación de dispositivos de vigilancia electrónica en casos
de medidas restrictivas de la libertad;
Que en dicho contexto, mediante Resolución N° 86/MJYDH/16 del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación, se decidió ampliar el ámbito de aplicación
del Programa y su delimitación poblacional y geográfica, permitiendo destinarlo a
aquellas personas adultas condenadas o procesadas por la justicia nacional, federal o
provincial, en condiciones de acceder al arresto domiciliario, de conformidad con los
términos de los requerimientos judiciales respectivos y las posibilidades materiales de
esta jurisdicción para su implementación;
Que, por su parte, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya cuenta con el Centro
Único de Coordinación y Control que opera el sistema de geolocalización de
dispositivos electrónicos para los supuestos de medidas de prohibición de
acercamiento, impedimento de contacto y violencia de género, y de arresto y prisión
domiciliaria, que fueran ordenadas por magistrados del Fuero Penal, Contravencional
y de Faltas del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme PV-2016-26031686-SSJUS, la Subsecretaría de Relaciones con el
Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios dependiente del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos de la Nación y la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de
Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron el 11 de
octubre de 2016, el Convenio Marco de Colaboración y Cooperación entre ambas
Carteras Ministeriales, para la aplicación del "Programa de Asistencia de Personas
bajo Vigilancia Electrónica";
Que el Convenio suscripto dispuso el uso del Protocolo de Actuación para la
Implementación del mecanismo de vigilancia electrónica del arresto domiciliario,
aprobado por la Resolución N° 86/MJYDH/16;
Que en ese contexto, atento lo informado en la PV-2017-08060094-SSJUS, el día 23
de marzo de 2017, la Subsecretaría de Justicia de este Ministerio celebró con la
Procuración General de la Ciudad, un Convenio de Colaboración y Cooperación para
el "Programa del uso de dispositivos de geoposicionamiento";
Que dicho Convenio tiene por objeto ampliar el sistema de forma tal que la instalación
de los dispositivos electrónicos pueda ser dispuesta a pedido de los Jueces
Nacionales en lo Civil (Familia), en los procesos en los que actúen como letrados
patrocinantes los abogados del Servicio Jurídico a la Comunidad;
Que por ello, resulta necesario modificar el Anexo I de la Resolución N°
484/MJYSGC/16, a fin de incorporar los supuestos explicitados;
Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y
Seguridad;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5460 (texto consolidado Ley
N° 5666),
Artículo 1.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 484/MJYSGC/16 que aprobó el
"Protocolo de Uso de Dispositivos de Geoposicionamiento", por el IF 2017-10183768-
MJYSGC, que como Anexo forma parte integrante de la presente, a fin de incorporar al
mencionado Protocolo, los casos de arresto domiciliario en el marco del Convenio
suscripto con la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos
Penitenciarios dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la
Nación; así como también, en virtud del Convenio suscripto con la Procuración
General de la Ciudad, los casos que fueran requeridos por los Jueces Nacionales en lo
Civil con especialización en Familia, sólo en aquellas causas en las que actúen como
patrocinantes los abogados del Servicio Jurídico a la Comunidad del mencionado
Organismo.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para
su conocimiento a la Secretaría de Seguridad, a la Subsecretaría de Justicia, a la
Gerencia Operativa de Relaciones con el Poder Judicial, todas ellas dependientes del
Ministerio de Justicia y Seguridad, y comuníquese al Consejo de la Magistratura, al
Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ocampo