LEY 5804 2017

Síntesis:

INCORPORA PÁRRAFO AL ANEXO I - LEY TARIFARIA - EJERCICIO 2017 - FINAL DEL INCISO 3 ARTÍCULO 61 LEY 5723 - CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA LA ADQUISICIÓN CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN EN LA CIUDAD  - VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR Y OCUPACIÓN PERMANENTE - INCORPORA ARTÍCULO 61 BIS AL ANEXO I - CÓDIGO FISCAL - TASA DEL 1,5% - PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS OTORGADOS POR ENTIDADES FINANCIERAS - EJERCICIO 2017 - IMPUESTOS - TASAS - CONTRIBUCIONES - IMPUESTO INMOBILIARIO - UNIDAD DE SUSTENTABILIDAD - CÓDIGO FISCAL - CONTRIBUCIÓN POR MEJORAS

Publicación:

11/05/2017

Sanción:

27/04/2017

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/05/2017


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Incorpórase al final del inciso 3° del Artículo 61 del Anexo I de la Ley 5723

que aprobó la Ley Tarifaria para el ejercicio del año 2017, el siguiente párrafo:

"Los créditos hipotecarios para la adquisición, construcción y/o ampliación en la

Ciudad de Buenos Aires de vivienda única, familiar y de ocupación permanente

otorgados por entidades financieras u otras instituciones sujetas al régimen de la Ley

de Entidades financieras tributaran conforme lo establece el artículo 61 bis".

Art. 2°.- Incorpórase el artículo 61 bis al Anexo I de la Ley 5723 que aprobó la Ley

Tarifaria para el ejercicio del año 2017, con el siguiente texto: "Artículo 61 bis.- De

conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal, establécese la tasa del 1,5% para la

siguiente actividad: Préstamos hipotecarios otorgados por entidades financieras u

otras instituciones sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras a personas

físicas destinados a la adquisición, construcción y/o ampliación en la Ciudad de

Buenos Aires de vivienda única, familiar y de ocupación permanente".

Art. 3°.- Las disposiciones de la presente Ley tienen vigencia a partir de su

promulgación.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5804 incorpora texto al final del inciso 3° del Artículo 61 del Anexo I de la Ley 5723.-</p><p>Art. 2.- Incorpora el artículo 61 bis al Anexo I de la Ley 5723 que aprobó la Ley Tarifaria para el ejercicio del año 2017.-</p>
PROMULGADA POR