RESOLUCIÓN 1456 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TRANSFERENCIA O TRASLADO PREVENTIVO - REGISTRO DE AGENTES EN DISPONIBILIDAD - RAD - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - AGENTES DEL GOBIERNO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - ESTATUTOS PARTICULARES - TRAMITACIÓN - TRÁMITE - REESTRUCTURACIÓN - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - FACULTADES - DICTADO DEL ACTO ADMINISTRATIVO - EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO - CALIFICACIÓN NEGATIVA - TRASLADO PREVENTIVO - SUMARIADOS - SUMARIO ADMINISTRATIVO - MINISTERIO DE HACIENDA
Publicación:
18/05/2017
Sanción:
12/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
Las Leyes Nros. 471, 1218, 5460 (textos consolidados por Ley N° 5666) y
modificatorias; el Decreto N° 2182/03, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado
por Resolución N° 2778/MHGC/10, el Expediente Electrónico N° 8.412.438-MGEYA-
DGDSCIV/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 regula las relaciones laborales en la Administración Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en el Capítulo XIII el Régimen de
Disponibilidad;
Que el inciso k) del artículo 2° de la mencionada ley, consagra como uno de los
principios de las relaciones de empleo público, un régimen de movilidad funcional que
permita la mejor utilización de los recursos humanos sobre la base del respeto a la
dignidad personal de los trabajadores de la Ciudad, en correlación con el empleo de
métodos sistemáticos y permanentes de formación profesional;
Que en tal sentido, por Decreto N° 2182/03 se reglamenta el Capítulo XIII "Del
Régimen de Disponibilidad" aplicable a los trabajadores alcanzados por la Ley N° 471;
Que el artículo 18 del precitado Decreto faculta a la entonces Secretaría de Hacienda
y Finanzas, a dictar las normas complementarias e interpretativas que fueran
necesarias para la aplicación de lo allí dispuesto;
Que del mismo modo, el artículo 75 del Convenio Colectivo de Trabajo establece la
reubicación laboral como objetivo del régimen de disponibilidad, fijándose asimismo,
pautas a tales efectos;
Que en razón de lo expuesto y en virtud de las competencias específicas asignadas
por la Ley N° 5460 y modificatoria al Ministerio de Hacienda, para diseñar e
implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del
Gobierno de la Ciudad, resulta oportuno aprobar los procedimientos administrativos
para las transferencias o traslados preventivos de personal al Registro de Agentes en
Disponibilidad;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia conforme a la Ley N° 1218;
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°. - Apruébanse los procedimientos administrativos que deberán observarse
para la tramitación de transferencias o traslados preventivos de personal comprendido
en el artículo 4° de la Ley N° 471 al Registro de Agentes en Disponibilidad, que como
Anexo I (IF-2017-08806870-DGDSCIV) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en escalafones aprobados por
Estatutos Particulares que contengan reglamentación específica en esta materia,
quedará excluido de los procedimientos que se aprueban por la presente.
Artículo 3°. - Facúltase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos de este
Ministerio, a dictar
normas aclaratorias, operativas, interpretativas y/o
complementarias a la presente.
Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todos los
organismos con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados y Entes Autárquicos del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura
ANEXOS