RESOLUCIÓN 1456 2017 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

SE APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TRANSFERENCIA O TRASLADO PREVENTIVO - REGISTRO DE AGENTES EN DISPONIBILIDAD - RAD - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - AGENTES DEL GOBIERNO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - ESTATUTOS PARTICULARES - TRAMITACIÓN - TRÁMITE - REESTRUCTURACIÓN - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - FACULTADES - DICTADO DEL ACTO ADMINISTRATIVO - EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO - CALIFICACIÓN NEGATIVA - TRASLADO PREVENTIVO - SUMARIADOS - SUMARIO ADMINISTRATIVO - MINISTERIO DE HACIENDA

Publicación:

18/05/2017

Sanción:

12/05/2017

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

Las Leyes Nros. 471, 1218, 5460 (textos consolidados por Ley N° 5666) y

modificatorias; el Decreto N° 2182/03, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado

por Resolución N° 2778/MHGC/10, el Expediente Electrónico N° 8.412.438-MGEYA-

DGDSCIV/17, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 471 regula las relaciones laborales en la Administración Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en el Capítulo XIII el Régimen de

Disponibilidad;

Que el inciso k) del artículo 2° de la mencionada ley, consagra como uno de los

principios de las relaciones de empleo público, un régimen de movilidad funcional que

permita la mejor utilización de los recursos humanos sobre la base del respeto a la

dignidad personal de los trabajadores de la Ciudad, en correlación con el empleo de

métodos sistemáticos y permanentes de formación profesional;

Que en tal sentido, por Decreto N° 2182/03 se reglamenta el Capítulo XIII "Del

Régimen de Disponibilidad" aplicable a los trabajadores alcanzados por la Ley N° 471;

Que el artículo 18 del precitado Decreto faculta a la entonces Secretaría de Hacienda

y Finanzas, a dictar las normas complementarias e interpretativas que fueran

necesarias para la aplicación de lo allí dispuesto;

Que del mismo modo, el artículo 75 del Convenio Colectivo de Trabajo establece la

reubicación laboral como objetivo del régimen de disponibilidad, fijándose asimismo,

pautas a tales efectos;

Que en razón de lo expuesto y en virtud de las competencias específicas asignadas

por la Ley N° 5460 y modificatoria al Ministerio de Hacienda, para diseñar e

implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del

Gobierno de la Ciudad, resulta oportuno aprobar los procedimientos administrativos

para las transferencias o traslados preventivos de personal al Registro de Agentes en

Disponibilidad;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

de su competencia conforme a la Ley N° 1218;

Por ello y en uso de facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°. - Apruébanse los procedimientos administrativos que deberán observarse

para la tramitación de transferencias o traslados preventivos de personal comprendido

en el artículo 4° de la Ley N° 471 al Registro de Agentes en Disponibilidad, que como

Anexo I (IF-2017-08806870-DGDSCIV) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en escalafones aprobados por

Estatutos Particulares que contengan reglamentación específica en esta materia,

quedará excluido de los procedimientos que se aprueban por la presente.

Artículo 3°. - Facúltase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos de este

Ministerio, a dictar

normas aclaratorias, operativas, interpretativas y/o

complementarias a la presente.

Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todos los

organismos con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los

Organismos Descentralizados y Entes Autárquicos del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5130

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 1456-MH-17 aprueba los procedimientos administrativos que deberán observarse para la tramitación de transferencias o traslados preventivos de personal comprendido en el Art. 4 de la Ley 471, al Registro de Agentes en Disponibilidad, según lo previsto en el Art. 18 del Decreto 2182-03 que lo reglamenta.</p>