LEY 1022 2003
Síntesis:
PRORROGA HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2004 EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA TRANSITORIA DE LA LEY 591 - VIGENCIA EN FUNCIONES DE LOS CONTROLADORES ADMINISTRATIVOS DE FALTAS
Publicación:
20/05/2003
Sanción:
29/04/2003
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
16/05/2003
Artículo 1° - Prorrógase hasta el 30 de abril de 2004 el plazo establecido en la cláusula transitoria de la Ley N° 591 en lo referente a la duración en sus funciones de los Controladores Administrativos que conforman la primera integración de la Unidad Administrativa de Control de Faltas.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. Caram - Alemany.
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1022, prorroga hasta el 30 de abril de 2004, el plazo establecido en la cláusula transitoria de la Ley 591, en lo referente a la duración en sus funciones de los Controladores Administrativos que conforman la primera integración de la Unidad Administrativa de Control de Faltas.</p>
PROMULGADA POR