RESOLUCIÓN 506 2017 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

APRUEBA - PROTOCOLO DE EVALUACIÓN - REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS - ADOPTIVO - ENTRVISTA - ENCUENTRO - CARACTERÍSTICAS GENERALES - CATEGORÍAS A EVALUAR - PROCEDIMIENTO - PROCESOS DE EVALUACIÓN - REQUISITOS - INFORME - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - RUAGA - PUNTAJE - CARACTERÍSTICAS PSICOLÓGICAS - ADOPCIÓN - APTITUD ADOPTIVA MÍNIMA - NNA - TRABAJO SOCIAL - LEY NACIONAL 25854 - AÑO 2017

Publicación:

23/06/2017

Sanción:

08/06/2017

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes nacionales Nros. 25.854 y 26.994, las Leyes locales Nros. 114 y 1.417

(textos consolidados por Ley N° 5.666), la Resolución N° 353/CDNNyA/17, el

Expediente Electrónico N° 07.334.110/MGEyA-DGGPP/2017, y

CONSIDERANDO:

Que el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) fue

creado por la Ley nacional N° 25.854, la cual establece que su objeto es formalizar

una lista de aspirantes a guarda con fines de adopción;

Que dicho Registro se instrumentó en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires bajo la órbita del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,

mediante la Ley N° 1.417 (texto consolidado por Ley N° 5.666), siendo facultad del

mismo evaluar la idoneidad de los aspirantes para ser admitidos, pudiendo aceptar o

denegar las solicitudes de inscripción, así como también decidir sobre la procedencia

de la continuidad o revocación de las inscripciones;

Que por la Resolución N° 353/CDNNyA/2017 se creó el Programa de Niñas, Niños y

Adolescentes Sin Cuidados Parentales, bajo la órbita de la Dirección General de

Gestión de Políticas y Programas, el cual comprende, entre otras, al Área de Registro

Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA);

Que asimismo, mediante dicho acto administrativo se delegó en la titular de la

Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, la facultad de aprobar o

modificar mediante disposición, el Protocolo de Evaluación del mencionado Registro;

Que sin perjuicio de ello, toda vez que actualmente el cargo de Director/a General de

la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas se encuentra vacante, y a fin

de garantizar el normal desenvolvimiento de la mencionada Dirección General y el

cumplimiento de las funciones que le fueron asignadas, corresponde dictar el acto

administrativo por el que se aprueba el Protocolo de Evaluación del Registro Único de

Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.417 (texto consolidado

por Ley N° 5.666) y el Decreto N° 32/AJG/2016,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar el Protocolo de Evaluación del Registro Único de Aspirantes a

Guarda con fines Adoptivos, que como Anexo IF N° 13166377/CDNNyA/2017 forma

parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección Operativa de Programas Especiales de Protección para Niñas,

Niños y Adolescentes Sin Cuidados Parentales, dependiente de la Dirección General

de Gestión de Políticas y Programas. Cumplido, archívese. Leguizamón


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 419-CDNNYA-20 deroga la Resolución 506-CDNNYA/17.</p>
COMPLEMENTA
<p> Art. 1  Resolución 506-CDNNYA-17 aprueba Protocolo de Evaluación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos en el marco del art. 5 Resolución 353-CDNNYA-17.</p>